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Documento BOE-B-2015-30582

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 14 de octubre de 2015, páginas 42736 a 42736 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2015-30582

TEXTO

Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto:

Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 12.ª planta.

Numero de Asunto.- Concurso voluntario 277/2015 6

Tipo de Concurso.- Voluntario

Entidad Instante del Concurso y NIF.- DAD25 GESTION, S.L. NIF B 62802921

Fecha del auto de aclaración.- 24 de julio de 2015

Administradores concursales.- ERNST&YOUNG ABOGADOS S.L.P. que designa a don Jordi Gras Sagrera, abogado, con domicilio profesional en Avda. Sarria, n.º 102-106, 08017 Barcelona, con número de teléfono 93.366.37.00, con dirección electrónica Jordi.grasisagrera@es.ey.com

Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador.

Régimen de suspensión las facultades de la concursada llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como loa relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicación resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del titulo o documentos relativos al crédito.

El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones.

Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse.

Por auto de fecha 24 de julio de 2015 se ha declarado la apertura de la fase de liquidación.

Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Se declara disuelta la sociedad concursada y se ordena que cesen en el ejercicio de sus cargos sus administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal.

Barcelona, 28 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.

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