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Documento BOE-A-2022-10105

Resolución de 14 de junio de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Administración de Justicia, por el que se formalizan los criterios de distribución y el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito asignado en el año 2022 y en el año 2023 por el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y se formalizan los compromisos financieros resultantes.

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 18 de junio de 2022, páginas 84704 a 84736 (33 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2022-10105

TEXTO ORIGINAL

La Conferencia Sectorial de Justicia, en su reunión el día 27 de mayo de 2022, ha aprobado el acuerdo por el que se distribuye el crédito destinado a las Comunidades Autónomas, para la financiación de proyectos, dentro de las inversiones del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para los años 2022 y 2023.

Para general conocimiento, esta Secretaría de Estado de Justicia dispone recoger en una única resolución de manera conjunta:

Primero.

La publicación del citado acuerdo como anexo a la presente Resolución.

Segundo.

Acordar la efectiva distribución de los créditos a las respectivas Comunidades Autónomas conforme al apartado primero y formalizar en la presente Resolución los compromisos financieros contenidos en el citado acuerdo de la Conferencia Sectorial, todo ello, una vez cumplidos los trámites preceptivos previos y de acuerdo con la regla cuarta del artículo 86.2 de la citada Ley 47/2003, General Presupuestaria, los artículos 62 y 151 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Orden JUS/1037/2020, de 4 de noviembre, sobre fijación de límites para administrar los créditos para gasto.

Madrid, 14 de junio de 2022.–El Secretario de Estado de Justicia, Antonio Julián Rodríguez Esquerdo.

ANEXO
Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Administración de Justicia, por el que se formalizan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las Comunidades Autónomas, del crédito asignado en los años 2022 y 2023 por el mecanismo de recuperación y resiliencia en el Ministerio de Justicia

El instrumento financiero Next Generation EU, aprobado por el Consejo Europeo el pasado 21 de julio de 2020, incluye, como elemento central, un Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia (MRR) cuya finalidad es apoyar la inversión y las reformas en los Estados miembros para lograr una recuperación sostenible y resiliente, al tiempo que permitirá una serie de reformas de Justicia tanto a nivel nacional como en cogobernanza con las comunidades autónomas con competencias transferidas.

Para el desarrollo de Justicia 2030/PRTR se han definido los Proyectos prioritarios 2022-2023 sobre los que se desarrolla el trabajo común y se hace la distribución financiera (acuerdo de la Conferencia Sectorial de 25 de junio de 2021). Hay que tener en cuenta que hay tres de ellos que no tienen asignación económica, los proyectos 3, 11 y 12. Los Proyectos prioritarios son el marco del proyecto tractor para todo el periodo de asignación (2020-23) y de ejecución (2020-25). Se recogen en el Cuadro n.º 1:

Cuadro n.º 1. Proyectos Prioritarios

Proyecto
PROYECTO 0. INFRAESTRUCTURAS DIGITALES.
PROYECTO 1. INTEROPERABILIDAD.
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS.
PROYECTO 3. ESTADÍSTICA JUDICIAL AUTOMATIZADA (*).
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD.
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA.
PROYECTO 6.  INMEDIACIÓN DIGITAL.
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN.
PROYECTO 8. MASC.
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL.
PROYECTO 10. IMPLANTACIÓN.
PROYECTO 14. CEJ.
PROYECTO 15. JUSTICIA RECUPERACIÓN ECONÓMICA.

Su distribución económica para los ejercicios 2022 y 2023 es la siguiente:

 

I. Total asignación (II+III)

2022-2023

Euros

I. (Ámbito CC. AA.) con competencias asumidas

Euros

II. (Ámbito Ministerio)

+

MJUS

Euros

PROYECTO 0. 88.973.934 69.543.492 19.430.442
PROYECTO 1. INTEROPERABILIDAD (A+B). 102.009.761 59.795.991 42.213.770
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 87.009.761 48.927.034 38.082.727
PROYECTO 1B. OPTIMIZACIÓN DE SISTEMAS. 15.000.000 10.868.957 4.131.043
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 11.556.197 2.732.764 8.823.433
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD. 4.204.110 665.364 3.538.746
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. 13.753.750 9.595.631 4.158.119
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 6.488.692 4.988.692 1.500.000
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 17.813.708 9.505.588 8.308.119
PROYECTO 8. MASC. 2.286.627 536.627 1.750.000
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 38.977.580 21.849.403 17.128.177
PROYECTO 10. IMPLANTACIÓN. 10.930.620 0 10.930.620
PROYECTO 14. CEJ. 2.475.367 0 2.475.367
PROYECTO 15. JUSTICIA RECUPERACIÓN ECONÓMICA. 3.429.046 0 3.429.046
 TOTAL. 302.899.390 179.213.551 123.685.839

La transferencia de créditos a las CC. AA. que se plantean en el presente documento dependerá del proyecto a desarrollar. Para ello se establecen tres criterios de reparto:

A) Proyecto 0.

B) Servicios Homogéneos.

C) Proyectos específicos consensuados.

A) Proyecto 0

El 70 % de los fondos se repartirá de forma proporcional al número de expedientes judiciales que se tramitan en el respectivo ámbito territorial (datos de entrada de asuntos en el último año anterior a la pandemia según la estadística judicial).

Este criterio supone el 70 % del total de puntuación del reparto y se calcula de manera proporcional en función de la entrada de asuntos en el último año, de acuerdo con los datos del Consejo General del Poder Judicial para 2019.

El 20 % de los fondos se repartirá de manera variable en atención a: (1) pendencia, (2) número de funcionarios, (3) n.º partidos judiciales y (4) densidad de población. La asignación ser realizará de acuerdo con la siguiente fórmula:

– Cada Comunidad Autónoma recibirá un «porcentaje proporcional» para cada indicador aprobado por la Conferencia Sectorial. La Comunidad Autónoma que presente una mayor desventaja en relación al indicador evaluado recibirá un mayor porcentaje.

– Se totalizarán las puntuaciones recibidas y se procederá a la distribución proporcional en función del resultado alcanzado por cada una de ellas.

La suma de las anteriores puntuaciones, arrojará el valor del total del criterio 2, y se asignará a cada Comunidad Autónoma su respectivo valor en proporción directa de su puntuación obtenida respecto al sumando de todas las Comunidades Autónomas.

El 10 % de los fondos se distribuirá por partes iguales para cada Comunidad Autónoma y para el propio Ministerio de Justicia.

Sumando todos los criterios anteriores, para cada Comunidad Autónoma se obtiene el importe total que corresponde a cada Comunidad Autónoma.

B) Servicios Homogéneos

Se financiarán las necesidades de los sistemas de gestión procesal (SGP) para poder alcanzar un nivel de prestación de servicios homogéneos en todo el territorio del Estado.

Este criterio de financiación corresponde a los siguientes proyectos:

– Proyecto 1A. Interoperabilidad.

– Proyecto 2. Justicia orientada y basada en datos.

– Proyecto 7. Textualización.

– Proyecto 9. Registro Civil.

A continuación, se muestra la relación de los Sistemas de Gestión Procesal (7) por cada una de las CC. AA., considerando al Ministerio de Justicia como una CC. AA. adicional:

– Minerva: Ministerio de Justicia.

– Justicia.Cat: Cataluña.

– Adriano 2: Andalucía.

– IUSMadrid: Comunidad de Madrid.

– Atlante: Canarias.

– Justa: Comunidad Valenciana.

– Avantius: Comunidad Foral de Navarra, Cantabria, Aragón.

Como regla general, a cada SGP se le asignará el mismo importe permitiendo la correcta interoperabilidad de los diferentes sistemas con el nodo central. En este sentido, el reparto se realizará de la siguiente manera:

El importe se entregará al titular del SGP quien se encargará de realizar la licitación y gestión, coordinando las actuaciones con las comunidades autónomas usuarias del sistema.

Como excepción a la premisa expuesta en el párrafo anterior, el importe asignado al Sistema de Gestión Procesal «Avantius», que afecta a las Comunidades Autónomas de Aragón, Cantabria, la Comunidad Foral de Navarra y País Vasco (a partir de 2022), se realizará de la siguiente manera:

– Proyecto 1A. Interoperabilidad:

• Agenda de Señalamientos: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

• Proyecto Común de Comunicaciones electrónicas base del nuevo «LEXNET»: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a la Comunidad Foral de Navarra.

• Gestión de archivos judiciales electrónicos archive: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a la Comunidad Autónoma de Aragón.

• Gestión sistematizada y digitalizada de los efectos judiciales, depósitos y piezas de convicción: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

• Gestión de personal: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a partes iguales entre las cuatro comunidades autónomas.

– Proyecto 2. Justicia orientada y basada en datos:

• Modelo de calidad: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

– Proyecto 7. Textualización:

• Anonimización: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a la Comunidad Foral de Navarra.

• Clasificación documental: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a la Comunidad Foral de Navarra.

• Buscador Inteligente: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a la Comunidad Foral de Navarra

– Proyecto 9. Registro Civil:

• DICIREG: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a la Comunidad Autónoma de Aragón.

Interoperabilidad Avantius. En el proceso de distribución de 2021 el SGP no recibió la totalidad del importe asignado a cada SGP para realizar algunas interoperabilidades1. Estas pueden desarrollarse en este momento por lo que se incrementa su presupuesto para los desarrollos pendientes, por la misma cantidad que dejó de recibir en dicho ejercicio.

1 Interoperabilidad (SIR, DEHú, IIPP), Carpeta Justicia y MASC.

La ejecución de las diferentes integraciones se realizará conforme a las indicaciones de la Comunidad «Avantius» de la siguiente manera:

– Proyecto 1A. Interoperabilidad: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará en dos terceras partes (2/3) a la Comunidad Autónoma de Aragón y una tercera parte (1/3) a la Comunidad Autónoma del País Vasco.

– Proyecto 5. Carpeta Justicia: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a la Comunidad Autónoma de Cantabria.

– Proyecto 8. MASC: el importe asignado para la ejecución del proyecto se asignará a la Comunidad Foral de Navarra.

C) Específicos consensuados por proyecto

Se aplican a aquellos que requieren criterio propio, pactado previamente, por sus características específicas:

C.1.) Proyectos de ámbito con competencias asumidas.

– Inmediación digital en instituciones penitenciarias y cuerpos y fuerzas de seguridad.

Se reparte una cantidad fija a las Comunidades de Cataluña, País Vasco y Navarra.

C.2.) Proyectos de ámbito Ministerio de Justicia.

Se trata una cantidad de créditos fija cuya ejecución le corresponde manera íntegra al Ministerio de Justicia a excepción de la Oficina de Transformación Pedagógica (OTP) que será desarrollada por el Centro de Estudios Jurídicos, constan entre otros:

– Nodos Centrales de los proyectos País.

– Implantación. Para la realización de las actuaciones que permitan la implantación, en todo el territorio del Estado, de los Tribunales de Instancia, de la Oficina Judicial y de las Oficinas de Justicia en los municipios previstos en la Ley de Eficiencia Organizativa.

– Despliegue e implantación del Registro Civil.

– Integraciones. Para la realización de las integraciones con el nodo común.

– Nodos comunes: Estos nodos se refieren a los proyectos de interoperabilidad y optimización de SGP, justicia orientada y basada en datos, carpeta justicia, inmediación digital, textualización y expediente MASC.

– Laboratorio de datos.

– OTP que desarrollará el Centro de Estudios Jurídicos.

– Registro de Titularidades Reales.

– Registro de tercero neutral. La cantidad total es de 500.000 euros.

– Otros: cabinas almacenamiento, licencias en la nube, monitorización red, archivo judicial electrónico...

El apartado 2 del artículo 86 de la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria establece que cuando el importe total a distribuir fuera superior a 12 millones de euros, deberá recabarse con carácter previo a la convocatoria de la Conferencia Sectorial, la autorización del Consejo de Ministros. La citada autorización no conllevará la aprobación del gasto, que corresponderá al órgano competente en cada caso. A efectos de recabar la autorización, se remitirá propuesta de distribución a someter a la Conferencia Sectorial. La aprobación del gasto deberá realizarse por el órgano competente con carácter previo a la celebración de la Conferencia Sectorial. Por ello, con fechas de 17 y 26 de mayo de 2022, fue recabada la autorización de Consejo de Ministros y aprobado el gasto respectivamente.

Por otro lado, y de acuerdo con lo previsto en el apartado cinco de la Disposición Adicional primera de La Ley 22/2021 de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022, el informe favorable, preceptivo y vinculante a emitir por el Ministerio de Hacienda con motivo de transferencia de recursos desde la Administración central a las Comunidades Autónomas «..será sustituido por una comunicación preceptiva y previa al Ministerio de Hacienda, a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos, que incorpore la información relativa a la actuación a realizar.« Con base en lo anterior, con fecha 7 de abril de 2022 se comunicó a Hacienda a través de la Secretaría de Estado de Presupuestos y Gastos los criterios de distribución de créditos y la distribución de créditos a realizar con motivo de la Conferencia Sectorial que se convocaría a esos efectos.

Por todo lo anterior, y de acuerdo con el apartado 1 del artículo 14 del Reglamento de la Conferencia Sectorial de Administración de Justicia, el Pleno de la Conferencia Sectorial,

ACUERDA:

Primero. Aprobación.

Aprobar los criterios de distribución, así como efectuar la distribución del crédito de 179.213.551,00 euros del servicio 50 del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (MRR), para los ejercicios 2022 y 2023 conforme a los criterios de distribución expuestos anteriormente, y resultando la siguiente distribución:

Entidad ejecutora

Total importes a transferir 2022-2023

Euros

Año 2022 Año 2023

Importe transferencia

Euros

Porcentaje que se transfiere

%

Importe transferencia

Euros

Porcentaje que se transfiere

%

ANDALUCÍA. 37.379.317 33.641.385 90,0 3.737.932 10,0
ARAGÓN. 7.530.794 6.777.715 90,0 753.079 10,0
ASTURIAS, PRINCIPADO. 5.591.203 5.032.083 90,0 559.120 10,0
CANARIAS. 15.079.522 13.571.570 90,0 1.507.952 10,0
CANTABRIA. 5.056.478 4.550.830 90,0 505.648 10,0
CATALUÑA. 31.628.125 28.465.312 90,0 3.162.813 10,0
COMUNIDAD VALENCIANA. 22.269.688 20.042.719 90,0 2.226.969 10,0
GALICIA. 10.748.559 9.673.703 90,0 1.074.856 10,0
COMUNIDAD DE MADRID. 27.195.765 24.476.189 90,0 2.719.576 10,0
NAVARRA, COMUNIDAD FORAL. 5.856.631 5.270.968 90,0 585.663 10,0
PAÍS VASCO. 8.130.617 7.317.555 90,0 813.062 10,0
LA RIOJA. 2.746.852 2.472.167 90,0 274.685 10,0
 I. SUBTOTAL (ÁMBITO CC. AA.). 179.213.551 161.292.196 90,0 17.921.355 10,0

Las transferencias previstas se imputarán a la aplicación presupuestaria creada al efecto en el Ministerio de Justicia 13.50.11KB.754 «A Comunidades Autónomas. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia», que, de acuerdo a lo establecido en la regla quinta el artículo 7 de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, solo podrán ejecutarse con la finalidad de financiar actuaciones que resulten elegibles conforme a su marco regulatorio.

No obstante lo anterior, los importes asignados para las diferentes Comunidades Autónomas y para los ejercicios 2022 y 2023 señalados en la tabla anterior, podrán modificarse mediante Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Justicia, para asegurar el máximo grado de ejecución del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

En el anexo del presente documento se relaciona el importe asignado por proyecto y Comunidad Autónoma que participa en el mismo. No obstante, con carácter excepcional, si por imposibilidad desde un punto de vista material o técnico un proyecto no pudiera ser desarrollado por una Comunidad Autónoma, o en el caso que existiera remanente por haber cumplido el objetivo del proyecto, se podrá compensar destinando la parte sobrante a otro proyecto, previa autorización del Ministerio de Justicia.

Segundo. Hitos y objetivos.

El Mecanismo de Transformación y Resiliencia, establecido por Reglamento (UE) 214/2021, de 12 de febrero, se ha configurado como un instrumento en el que los pagos se realizarán por la Comisión Europea tras el cumplimiento de los hitos y objetivos previamente fijados.

Esta transferencia de créditos no afecta a los compromisos adquiridos respecto del gasto verde y digital y tampoco afecta al cumplimiento del principio de no realizar un daño significativo al medio ambiente «Do No Significant Harm».

Dado el carácter finalista de estos fondos, los objetivos a cumplir con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia son los siguientes:

– Hitos y/u objetivos de acuerdo con la terminología CID (Council Implementing Decision):

•  N.º 164: Procedimiento judicial electrónico.

○ Descripción: Al menos el 70 % de los 4.056 órganos judiciales existentes dispondrá de la infraestructura necesaria para poder celebrar electrónicamente al menos el 30 % de los procedimientos. Esto implica llevar a cabo acciones judiciales telemáticas en los diferentes órganos jurisdiccionales con plena seguridad jurídica. Para alcanzar este objetivo, todos los participantes deben poder acceder a las salas de audiencia por videoconferencia. Además, permitirá la creación de salas de audiencia totalmente virtuales, a las que todos los participantes podrán acceder por videoconferencia. Se creará una plataforma inmediata para establecer nuevos modelos de relaciones y tratamientos no presenciales. Esto mejorará el acceso a distancia de los ciudadanos a los servicios prestados por la Administración Pública.

○ Calendario: La fecha prevista de cumplimiento del objetivo será el cuarto trimestre de 2023.

• N.º 165: Adjudicación de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado.

○ Descripción: Publicación en el BOE o en la plataforma de contratación pública de la adjudicación de los proyectos.

○ Calendario: La fecha prevista de cumplimiento del objetivo será el cuarto trimestre de 2023.

• N.º 166: Finalización de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado.

○ Descripción: Finalización de los proyectos en consonancia con el objetivo prioritario 165.

○ Calendario: La fecha prevista de cumplimiento del objetivo será el cuarto trimestre de 2025.

– Hitos y/u objetivos acuerdo con la terminología OA (Operational Arrangement):

• N.º 164.1: Procedimiento judicial electrónico.

○ Descripción: Al menos el 15 % de los órganos judiciales existentes dispondrá de la infraestructura necesaria para poder celebrar electrónicamente los procedimientos.

○ Calendario: La fecha prevista de cumplimiento del objetivo será el segundo trimestre de 2022.

• N.º 165.1: Adjudicación de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado.

○ Descripción: Informe de progreso (individualizado por Ministerios), incluyendo el número de proyectos adjudicados y el gasto comprometido en proyectos de apoyo a la transformación digital de la administración.

○ Calendario: La fecha prevista de cumplimiento del objetivo será el cuarto trimestre de 2022.

• N.º 166.2: Finalización de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado.

○ Descripción: Completados los proyectos de apoyo a la transformación digital de la administración de Justicia.

○ Calendario: La fecha prevista de cumplimiento del objetivo será el tercer trimestre de 2025.

El proyecto 0 descrito en el expositivo está íntimamente vinculado a la realización del objetivo CID y OA 164 y 164.1 respectivamente. Mientras que el resto de proyectos se relacionan directamente con los objetivos CID y OA 165, 166, 165.1 y 166.2.

– Mecanismo de verificación de los hitos.

• N.º 164:

Documento resumido que justifique debidamente cómo se cumplió satisfactoriamente el objetivo (incluidos los elementos relevantes, enumerados en la descripción del objetivo y de la medida correspondiente en el anexo del CID).

Este documento incluirá como anexo una relación de los órganos judiciales y de una indicación para cada uno de ellos de a) porcentaje de los procedimientos que pueden celebrarse por medios electrónicos; b) disponibilidad de instalaciones para videoconferencias; c) disponibilidad de salas de audiencias totalmente virtuales para todos los participantes.

El documento resumido deberá acompañarse también de la prueba documental de la existencia de varias plataformas que permitan su tramitación no presencial y acreditar la interoperabilidad entre todas y cada una de ellas.

A partir de una muestra seleccionada por la Comisión, la siguiente documentación deberá ser remitida para cada una de las unidades (órganos judiciales) seleccionadas: copia del documento oficial describiendo el inventario de los órganos judiciales que permita acreditar el cumplimiento con la descripción del objetivo e inversión del anexo CID.

• N.º 165:

Documento resumido que justifique debidamente cómo se cumplió satisfactoriamente el objetivo (incluidos los elementos relevantes, enumerados en la descripción del objetivo y de la medida correspondiente en el anexo del CID).

El documento resumen debe incluir como anexo una hoja de cálculo con los siguientes elementos y documentación de evidencia: código oficial y denominación de los proyectos, y para cada uno de ellos, a) lista con la publicación oficial de las adjudicaciones en el Diario Oficial o en la Plataforma de Contratación Pública o del documento que transfiere la ejecución a otra institución para implementarla con sus propios medios; b) cantidad de adjudicación (excluido el IVA); c) información sobre el área de transformación digital al que el proyecto está relacionado.

En la base de una muestra seleccionada por la Comisión, la siguiente documentación de evidencia será remitida por cada una de las unidades (proyectos) seleccionados:

a) Copia de la publicación de la adjudicación en el Diario Oficial o en la Plataforma de Contratación Pública o del documento que transfiere la ejecución a otra institución para implementarla con sus propios medios,

b) Documento oficial describiendo el proyecto y demostrando su alineación con la descripción del objetivo y la inversión en el CID.

• N.º 166:

Documento resumido que justifique debidamente cómo se cumplió satisfactoriamente el objetivo (incluidos los elementos relevantes, enumerados en la descripción del objetivo y de la medida correspondiente en el anexo del CID).

Este documento incluirá como anexo una hoja de cálculo que contendrá la siguiente información: código oficial y nombres de los proyectos y para cada uno de ellos la referencia del certificado oficial expedido de acuerdo con la legislación nacional o procedimientos internos que evalúen y certifiquen la finalización del proyecto.

A partir de una muestra seleccionada por la comisión, se presentará la siguiente prueba documental para cada una de las unidades (proyectos) seleccionadas: Copia del certificado oficial emitido por el organismo competente de la administración pública de acuerdo con la legislación nacional o los procedimientos internos que evalúan y certifican la finalización del proyecto y su alineación con las condiciones del contrato o acuerdo de transferencia.

– Consideración de cómo cada CC. AA. participa o se responsabiliza de la parte del indicador de los hitos a cada contribución contribuyen:

• N.º 164 y 164.1: Procedimiento judicial electrónico.

Los porcentajes mínimos en los que cada Comunidad autónoma contribuye a la consecución de este objetivo CID y OA son los siguientes:

CC. AA. N.º salas vistas Unidades judiciales % Mínimo a alcanzar de infraestructuras necesarias para realizar juicios telemáticos
OA: 164.1 CID: 164
ANDALUCÍA. 462 752 > 15 % > 70 %
ARAGÓN. 81 120
ASTURIAS, PRINCIPADO. 85 116
CANARIAS. 208 213
CANTABRIA. 50 60
CATALUÑA. 477 635
COMUNIDAD VALENCIANA. 445 441
GALICIA. 196 275
COMUNIDAD DE MADRID. 398 544
NAVARRA, COMUNIDAD FORAL. 37 48
PAÍS VASCO. 101 196
LA RIOJA. 19 29

• N.º 165, 165.1, 166 y 166.2.: Adjudicación y Finalización de proyectos de apoyo a los proyectos tractores de digitalización de la Administración General del Estado

La contribución de cada Comunidad autónoma a estos hitos y objetivos vendrá determinada por los créditos que recibe cada Comunidad autónoma.

Tercero. Libramiento.

Los créditos que corresponda gestionar a cada Comunidad Autónoma se librarán de una sola vez y se harán efectivos de acuerdo con lo previsto por la Ley 47/2003 de 26 de noviembre, General Presupuestaria, la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022 y el Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y de conformidad con los compromisos financieros que se describen a continuación, que se formalizarán mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Justicia.

Cuarto. Beneficiarios y destinatarios finales.

Las beneficiarias y destinatarios finales de estas líneas de financiación, cuyo carácter es finalista, son las comunidades autónomas para las medidas previstas en el expositivo del presente acuerdo.

Quinto. Gastos de implementación.

Las comunidades autónomas beneficiarias podrán incluir los costes de implementación que admita la normativa europea que regule el MRR, como, de conformidad con la Guía de la Comisión Europea, los costes de las actuaciones preparatorias previas que fueran necesarias para establecer la prestación de servicios, suministro de bienes o la realización de las actividades correspondientes, o el coste de asistencias técnicas externas cuando sean contratadas directamente, como consultores, si están directamente relacionadas y son esenciales para el desarrollo de las actuaciones, siempre que estén bien justificadas, y no implique una externalización de tareas gubernamentales esenciales relacionadas con la consecución de los hitos y objetivos.

A este respecto siempre se deberán tener en cuenta las obligaciones en virtud del artículo 5 del Reglamento (UE) 2021/241 de no sustituir el gasto presupuestario nacional (salvo en casos debidamente justificados), el artículo 9 de dicho Reglamento de respetar el principio de adicionalidad de la financiación de la Unión y en el artículo 22 de dicho Reglamento, en particular en lo que respecta a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses.

No tendrán la consideración de costes indirectos imputables los gastos de gestión correspondientes a gastos de constitución, funcionamiento o estructura permanente o habitual de las entidades que se encarguen de la gestión de las actuaciones objeto de este acuerdo.

Sexto. Incompatibilidad de las ayudas.

La financiación aportada por estas ayudas es compatible con la cofinanciación por otros fondos estructurales de la Unión Europea, siempre que se garantice que no hay doble financiación.

Las medidas incluidas en el PRTR deben cumplir con el principio horizontal establecido en el artículo 9 del Reglamento (UE) 241/2021, así como con lo previsto en el apartado 3 del artículo 7 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. En consecuencia, dichas medidas deben respetar el principio de adicionalidad y la necesidad de establecer mecanismos que eviten la doble financiación, de manera que las inversiones financiadas con fondos del MRR podrán recibir ayudas de otros programas e instrumentos de la Unión, siempre que dicha ayuda no cubra el mismo coste, y en todo caso de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018, sobre las normas financieras aplicables al Presupuesto General de la Unión (Reglamento Financiero).

En caso de que exista financiación de otros fondos de la UE, se deben poner en conocimiento del Ministerio de Justicia, así como establecer proyectos y convocatorias diferenciadas. Para garantizar el no incurrir en doble financiación, se deberá regular y convocar con carácter independiente la financiación a cargo del PRTR, de las otras fuentes de financiación, especialmente procedentes de otros fondos europeos.

Cuando los destinatarios finales de los fondos sean entidades jurídicas privadas, será de aplicación la normativa comunitaria en materia de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Séptimo. Requisitos técnicos de los proyectos financiables.

De acuerdo con el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), componente 11, inversión 2, los equipos que se utilicen cumplirán con los requisitos relacionados con el consumo energético y eficiencia de materiales establecidos de acuerdo con la Directiva 2009/125 / EC para servidores y almacenamiento de datos, o computadoras y servidores de computadoras o pantallas electrónicas. Para la instalación de las infraestructuras IT, se seguirá la versión más reciente del Código de conducta europeo sobre eficiencia energética de centros de datos, o en el documento CEN-CENELEC CLC TR50600-99-1 “Instalaciones e infraestructuras de centros de datos - Parte 99-1: Prácticas recomendadas para la gestión energética.

Los equipos no contendrán las sustancias restringidas enumeradas en el anexo II de la Directiva 2011/65 / UE, excepto cuando los valores de concentración en peso en materiales homogéneos no superen los enumerados en dicho anexo. Al final de su vida útil, el equipo se someterá a una preparación para operaciones de reutilización, recuperación o reciclaje, o un tratamiento adecuado, incluida la eliminación de todos los fluidos y un tratamiento selectivo de acuerdo con el anexo VII de la Directiva 2012/19/UE.

Las actuaciones que se propongan deberán cumplir con los siguientes requisitos:

– Alineamiento con los Planes estratégicos: Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Agenda Española Digital 2025 y Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas.

– Interoperabilidad entre servicios. Se facilitará la integración con proyectos, plataformas e iniciativas de similar naturaleza, especialmente con las de la Administración General del estado.

– Reutilización. Los proyectos desarrollados podrán ser objeto de reutilización por otras Administraciones que lo requieran si su naturaleza lo permite.

– Las Administraciones receptoras de fondos se comprometen a aportar datos para facilitar la oferta de servicios a la ciudadanía a través de «Mi carpeta ciudadana», con el objetivo de conformar un espacio de datos eficiente y eficaz para la ciudadanía y las empresas.

– Las Administraciones facilitarán la integración de información en las plataformas comunes de gestión de contratación pública electrónica y de subvenciones que se indiquen.

Octavo. Plazos.

Será obligatorio que los créditos estén comprometidos antes del 31 de diciembre de 2023 y totalmente ejecutados antes del 30 noviembre de 2025, esto implica que las inversiones han de estar finalizadas.

Como excepción, los créditos asignados para el Proyecto 0 que impliquen el equipamiento de las salas de vista deberán estar totalmente ejecutados antes del 30 noviembre de 2023.

Noveno. Obligaciones.

Las comunidades autónomas objeto de la presente transferencia, y en su caso el Ministerio de Justica, cumplirán las siguientes obligaciones:

– Los ingresos que las Comunidades Autónomas reciban procedentes de esta línea de financiación están legalmente afectados a financiar los proyectos acordados en Conferencia Sectorial (Interoperabilidad, Justicia Orientada al Dato, Ciberseguridad, Carpeta Justicia, Inmediación digital, Textualización, Servicios MASC), previéndose el reintegro total o parcial de los mismos en caso de no ejecutarse materialmente el gasto o en caso de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos, de acuerdo con lo previsto en el art. 37.4 del RD Ley 36/2020.

– Las Comunidades Autónomas serán responsables del seguimiento de las inversiones a través del seguimiento contable de los gastos imputados a las medidas financiadas con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (art. 46 RD-Ley 36/2020).

– Las Comunidades Autónomas deberán ejecutar y mantener una adecuada pista de auditoría de la ejecución del gasto, los respectivos objetivos, hitos e indicadores que se vaya fijando para la correcta ejecución de los créditos.

– En cumplimiento de lo dispuesto en el PRTR, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión Guía técnica (2021/C 58/01) sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo», así como de lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (CID) y su documento anexo, las comunidades autónomas garantizarán el respeto al principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH) y el etiquetado climático.

Ello incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas en el componente 11, inversión 2, en la que se enmarcan dichas actuaciones, tanto en lo referido al principio DNSH como al etiquetado climático y digital, y especialmente las recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento del Componente del Plan y en el anexo a la CID.

– Las comunidades autónomas y el Ministerio de Justicia tienen la obligación de sometimiento a las actuaciones de la autoridad de control o de las entidades que actúen bajo su coordinación o responsabilidad.

– Las comunidades autónomas quedan sometidas a la corresponsabilidad en el cumplimiento de los objetivos tanto CID como OA, su calendario, así como facilitar los indicadores que permitan valorar su cumplimiento.

– De acuerdo con el artículo 7.séptima de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, los ingresos por transferencias recibidas de la Administración General del Estado, procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia están legalmente afectados a financiar los proyectos o líneas de acción que se integren dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, por lo que en caso de no realizarse el gasto o en caso de incumplimiento total o parcial de los objetivos previstos, las citadas entidades deberán reintegrar los fondos recibidos al Tesoro Público.

– En todo caso, se cumplirá con lo establecido en la normativa nacional reguladora de la protección de datos, conforme al Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

– En la medida en que lo permitan los instrumentos jurídicos en ejecución de los créditos, las Comunidades Autónomas velarán por la inclusión de procedimientos que favorezcan la participación de las PYMES, a través de criterios de simplificación de los requisitos de solvencia económica y técnica, en especial para las empresas de nueva creación, división de los contratos en lotes como regla general, plazos de garantía proporcionales, entre otros.

– En la medida en que lo permitan los instrumentos jurídicos en ejecución de los créditos, de acuerdo con la normativa aplicable, las CC. AA. procurarán que se incentive la creación de empleo en España, y que las nuevas tecnologías que se usen en la digitalización a desplegar provengan de proveedores ubicados en la Unión Europea.

– Para el seguimiento del cumplimento anterior, y sin perjuicio del cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la normativa anterior, además las comunidades autónomas deberán:

1. Remitir al Ministerio de Justicia, antes del 15 de junio de 2022, el anexo II de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, en aquellas comunidades autónomas en las que el riesgo sea medio o alto, se deberán establecer un Plan de Medidas Correctoras, encaminadas para que en el plazo de un mes se trasforme en riesgo bajo. En caso de que se incumpla este precepto la Comunidad Autónoma deberá devolver íntegramente las cantidades transferidas por el presente Acuerdo.

2. Remitir al Ministerio de Justicia, durante el primer trimestre del 2022, los cuestionarios cuyo responsable sea la «entidad ejecutora» del anexo III.A. de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación durante el primer trimestre del 2022. Estos cuestionarios serán analizados por el Ministerio de Justicia, proponiendo a las comunidades autónomas medidas correctoras en el caso que sean necesarias que serán de obligado cumplimiento por parte de éstas.

3. Remitir al Ministerio de Justicia, durante el primer trimestre del 2022, el anexo III.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación.

4. Para garantizar el respeto al principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH) y el etiquetado climático, las comunidades autónomas preverán mecanismos de verificación del cumplimiento del principio DNSH y medidas correctoras para asegurar su implementación. En caso de incumplimiento del principio DNSH, del etiquetado climático o de las condiciones recogidas en el componente 11 y en el anexo a la CID, las comunidades autónomas deberán reintegrar las cuantías percibidas.

5. Se asegurará que las instalaciones de infraestructuras IT no afectarán negativamente a las buenas condiciones y la resiliencia de los ecosistemas, tampoco al estado de conservación de los hábitats y las especies, en particular los espacios de interés de la Unión. Por ello, cuando sea preceptivo, se realizará la Evaluación de Impacto medioambiental, de acuerdo con lo establecido en la Directiva 2011/92/EU

6. De acuerdo con el artículo 6 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación toda entidad, decisora o ejecutora, que participe en la ejecución de las medidas del PRTR deberá disponer de un «Plan de medidas antifraude» que le permita garantizar y declarar que, en su respectivo ámbito de actuación, los fondos correspondientes se han utilizado de conformidad con las normas aplicables, en particular, en lo que se refiere a la prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses. A estos efectos, deberán remitir dicho Plan para conocimiento del Ministerio de Justicia antes del 15 de junio de 2022.

7. Incorporar en sus procedimientos de licitaciones y encargos/encomiendas los datos contenidos en el artículo 5 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, así como los anexos IV.B y IV.C.

8. Suministrar trimestralmente, en los términos que defina la Oficina de Informática Presupuestaria de la IGAE, toda la información relativa al perceptor final de los fondos, en los términos establecidos en el artículo 8 de la mencionada Orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública, refiriéndose tanto a convocatorias de ayudas e información de beneficiarios de las mismas, como a procedimientos de licitación e información de contratistas y subcontratistas.

9. Respetar las obligaciones que en materia de comunicación señala el artículo 9 de la Orden HFP 1030/2021, en particular, respetar las obligaciones de uso de logotipos y emblemas de la UE, así como hacer referencia, en toda licitación, convocatoria, convenio y resto de instrumentos jurídicos desarrollados en el ámbito de los proyectos que figuran en el presente Acuerdo, a su financiación mediante el PRTR-Financiado por la Unión Europea-Next Generation EU. Para garantizar el cumplimiento de estas obligaciones, cada entidad gestora debe designar un responsable de comunicación.

Décimo. Incumplimientos.

En caso de cualquier incumplimiento de la Comunidad Autónoma puesto de manifiesto en el desarrollo de las actuaciones de control de la autoridad nacional o de instituciones comunitarias que dé lugar a una merma en el retorno de Fondos, esta se trasladará a la Comunidad Autónoma en aplicación de lo señalado en el artículo 7 de la Ley General de Subvenciones, relativa a la Responsabilidad financiera derivada de la gestión de fondos procedentes de la Unión Europea.

Procederá el reintegro, total o parcial, de los fondos recibidos por parte de las Comunidades Autónomas, cuando:

1. No se puedan cumplir los objetivos, hitos e indicadores fijados en el desarrollo de ejecución de los créditos por causa imputable a la Comunidad Autónoma, en la parte de los mismos no cumplidos.

2. Cualquier irregularidad que afecte a medidas bajo la responsabilidad de la Comunidad Autónoma determinada en cualquier control desarrollado por autoridades nacionales o comunitarias que recaiga sobre aquellas.

3. La no utilización de las cantidades recibidas para las medidas para las que se transfirieron.

Undécimo. Justificación y verificación.

Las comunidades autónomas velarán por que los proyectos adjudicados sean ejecutados conforme a los requisitos exigibles.

Las actuaciones se pondrán en funcionamiento con plena sujeción a lo señalado en el Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia (PRTR), definiendo los correspondientes instrumentos jurídicos de manera que permitan la consecución de los hitos y objetivos marcados en el PRTR. Se asegurará el cumplimiento de la normativa europea y nacional aplicable, en especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses. Los créditos recibidos se ajustarán a los principios de gestión específicos del PRTR establecidos en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y a lo establecido en la Orden HFP/1031/2021, de 20 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

En cumplimiento de lo dispuesto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, y su normativa de desarrollo, en particular la Comunicación de la Comisión Guía técnica (2021/C 58/01) sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo», así como de lo requerido en la Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España (CID) y su documento anexo, las Comunidades Autónomas garantizarán el respeto al principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH) y el etiquetado climático.

Ello incluye el cumplimiento de las condiciones específicas asignadas en la Componente 11, inversión 2, en la que se enmarcan dichas actuaciones, tanto en lo referido al principio DNSH como al etiquetado climático y digital, y especialmente las recogidas en los apartados 3, 6 y 8 del documento del Componente del Plan y en el anexo CID.

Serán las Comunidades autónomas las responsables de la recopilación y valoración de la documentación e información presentada por los adjudicatarios o destinatarios finales, para comprobar la adecuación de los proyectos a las condiciones de financiación, así como de la elaboración y del envío de los informes al Ministerio de Justicia.

Duodécimo. Seguimiento e informes justificativos trimestrales.

Las actuaciones se pondrán en funcionamiento con plena sujeción a lo señalado en el PRTR, definiendo los correspondientes instrumentos jurídicos de manera que permitan la consecución de los hitos y objetivos marcados en el PRTR. Se asegurará el cumplimiento de la normativa europea y nacional aplicable, en especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses. Los créditos recibidos se ajustarán a los principios de gestión específicos del PRTR establecidos en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y a lo establecido en la Orden HFP/1031/2021, de 20 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Trimestralmente, y para que se pueda comprobar la evolución del gasto realizado y la adecuación de los expedientes a los objetivos establecidos para los distintos proyectos financiados, las comunidades autónomas enviarán al Ministerio de Justicia a través de los medios habilitados al efecto informes trimestrales.

Las fechas de presentación de dichos informes se establecerán de manera que permitan el cumplimiento de las obligaciones impuestas por la normativa interna y de la Unión Europea para el MRR, así como la verificación de los hitos de ejecución establecidos.

Igualmente, las comunidades autónomas deberán cumplir en tiempo y forma con los requisitos de suministro de información establecidos en la Orden HFP/1031/2021, de 29 de septiembre, por la que se establece el procedimiento y formato de la información a proporcionar por las Entidades del Sector Público Estatal, Autonómico y Local para el seguimiento del cumplimiento de hitos y objetivos y de ejecución presupuestaria y contable de las medidas de los componentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Además, deberá presentar un informe justificativo final, a efectos de la liquidación donde se evalúen los anteriores datos, así como otros que sean solicitados por las autoridades nacionales y comunitarias.

La no presentación de los informes conllevará la devolución total o parcial de la ayuda adjudicada. Las correcciones ejecutadas que no se ajusten a los requisitos aprobados por el Ministerio de Justicia no serán tenidas en cuenta a la hora de la justificación de las cantidades transferidas.

Decimotercero. Reajuste de plazos acordados en Conferencias Sectoriales de 2021 para la ejecución de créditos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

La Conferencia Sectorial de Justicia en su reunión del 30 de abril de 2021 acordó la distribución de 20.604.610 euros, que de acuerdo con el punto tercero del mismo debían comprometerse antes del 31 de diciembre de 2021 y ser totalmente ejecutados antes del 1 de junio de 2022.

Debido a la imposibilidad material de ser ejecutados en el plazo señalado, y en aras, del cumplimiento de los objetivos CID, los créditos deberán estar totalmente ejecutados antes del 30 noviembre de 2023.

La Conferencia Sectorial de Justicia en su reunión del día 3 de diciembre de 2021, acordó la distribución de 63.304.990 euros, que de acuerdo con el punto octavo los créditos deben estar comprometidos antes del 31 de diciembre de 2022 y totalmente ejecutados antes del 30 noviembre de 2023 para el proyecto 0 y 31 de diciembre de 2023 para el resto de proyectos.

Para dar coherencia con los plazos acordados en este documento, los plazos anteriores, quedan dispuestos de igual manera que los acordados en el punto octavo del presente Acuerdo.

ANEXO
Criterios de reparto

En relación con los criterios de reparto de fondos con cargo al PRTR en el marco del proyecto Justicia 2030, se han tenido en consideración criterios objetivos de reparto, atendiendo a las necesidades reales para cada proyecto. Además, se han aplicado los mismos criterios a la totalidad de los fondos que gestiona el Ministerio de Justicia, dotando de absoluta transparencia y objetividad a la partida que el Ministerio va a ejecutar.

Criterio de Reparto Explicación
Proyecto 0

El 70 % de los fondos se repartirá de forma proporcional al número de expedientes judiciales que se tramitan en el respectivo ámbito territorial (datos de entrada de asuntos en el último año anterior a la pandemia según la estadística judicial).

El 20 % de los fondos se repartirá de manera variable en atención a: (1) pendencia, (2) número de funcionarios, (3) n.º partidos judiciales y (4) densidad de población.

El 10 % de los fondos se distribuirá por partes iguales para cada Comunidad Autónoma y para el propio Ministerio de Justicia.

Este criterio se aplica en varios proyectos, en particular, en el Proyecto 0, así como en proyectos específicos que cada Comunidad Autónoma ha decidido realizar, que se imputan a distintos proyectos, pero la distribución económica se ha realizado conforme a este criterio.

Servicios homogéneos: Sistema de Gestión Procesal (SGP)

Como regla general, a cada SGP se le asignará el mismo importe permitiendo la correcta interoperabilidad de los diferentes sistemas con el nodo central. Se aplica a aquellos proyectos en los que es necesario actuar en el Sistema de Gestión Procesal, por la estimación del coste se realiza por criterio de intervención en dicho SGP.

Los SGP son: Minerva (Ministerio de Justicia), Justicia.Cat (Cataluña), Adriano 2 (Andalucía), IUSMadrid (Comunidad de Madrid), Atlante (Canarias), Justa (Comunidad Valenciana), Avantius ( Comunidad Foral de Navarra, Cantabria, Aragón y País Vasco a partir de 2022).

Como excepción a la premisa expuesta en el párrafo anterior, el importe asignado al Sistema de Gestión Procesal «Avantius», que afecta a las Comunidades Autónomas de Aragón, Cantabria, la Comunidad Foral de Navarra y País Vasco (a partir de 2022), se asignará a la Comunidad que hayan acordado que va a desarrollar la interoperabilidad de cada apartado ( ejemplo, Cantabria para la Agenda de señalamientos, Gestión electrónica de archivos Aragón, etc.).

Otros Criterios específicos consensuados por proyecto

Este criterio se aplica a aquellos proyectos o partes de proyecto que por sus características específicas requieren criterio propio, pactado previamente con las CC. AA.

Se aplica, por ejemplo, a algunas actuaciones que corresponde ejecutar al Ministerio de Justicia, como es la creación de nodos centrales.

También se aplica criterio específico para proyectos que únicamente se van a ejecutar por CC. AA. que tienen competencias atribuidas para ello, y no para todas las CC. AA. con competencias transferidas en el ámbito de Justicia ( por ejemplo, ámbito penitenciario).

En el cuadro que figura abajo se señalan los criterios de reparto aplicados para cada proyecto propuesto por el Ministerio de Justicia, lo que se denomina «Proyectos País».

Proyectos por asignar 2022-23 por criterios SGP y común (Proyecto-País) Nuevas propuestas Proponente Criterios de reparto
PROYECTO 0. REMANENTE. MINISTERIO JUSTICIA. PROYECTO 0.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. AGENDA SEÑALAMIENTOS. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. PROYECTO COMÚN DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS BASE DEL NUEVO «LEXNET». MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. GESTIÓN DE ARCHIVOS JUDICIALES ELECTRÓNICOS ARCHIVE. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. GESTIÓN SISTEMATIZADA Y DIGITALIZADA DE LOS EFECTOS JUDICIALES, DEPÓSITOS Y PIEZAS DE CONVICCIÓN. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. GESTIÓN DE PERSONAL. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. INFORME COHESIÓN. MINISTERIO JUSTICIA. Criterios específicos (MJUS).
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. MODELO CALIDAD. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. IA: ANONIMIZACIÓN. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. IA: CLASIFICACIÓN DOCUMENTAL. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. IA: BUSCADOR INTELIGENTE 360. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 8. MASC. TERCERO NEUTRAL. MINISTERIO JUSTICIA. Criterios específicos (MJUS).
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. DIGITALIZACIÓN + SOFTWARE. MINISTERIO JUSTICIA. PROYECTO 0.
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. DICIREG. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 15. JUSTICIA RECUPERACIÓN ECONÓMICA. RETIR. MINISTERIO JUSTICIA. Criterios específicos (MJUS).
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. IIPP + CCSSFFSSEE. MINISTERIO JUSTICIA. Criterios específicos (MJUS).
PROYECTO 10. IMPLANTACIÓN. CAMPAÑAS PUBLICIDAD + REFUERZO. MINISTERIO JUSTICIA. Criterios específicos (MJUS).
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. PARTE PDTE SEGUNDO REPARTO. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. PARTE PDTE SEGUNDO REPARTO. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. PARTE PDTE SEGUNDO REPARTO. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.
PROYECTO 8. MASC. PARTE PDTE SEGUNDO REPARTO. MINISTERIO JUSTICIA. SISTEMA GESTIÓN PROCESAL.

Asimismo, en el marco del proceso de cogobernanza en la gestión de los proyectos de PRTR, se ha realizado un reparto de parte de la financiación para proyectos o actuaciones de iniciativa autonómica, que se enmarcan dentro de cada uno de los proyectos acordados en Justicia 2030, pero que cada Comunidad Autónoma ha tenido capacidad para decidir en qué proyecto destinarlo, lo que se denomina «Proyectos de Iniciativa Autonómica».

El criterio de reparto ha sido el de Proyecto 0. El siguiente cuadro muestra los subproyectos escogidos por cada Comunidad Autónoma, y el proyecto en el que se encuadran.

Proyectos por asignar 2022-23 por criterios SGP y común (Proyecto-Iniciativa Autonómica) Nuevas propuestas Proponente
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 1. SISTEMA DE GESTIÓN DE PERSONAL (INCLUIDO SOFTWARE PRODUCTIVIDAD). ASTURIAS, PRINCIPADO.
PROYECTO 0. 2. SUMINISTRO E IMPLEMENTACION DE SOFTWARE DE GESTIÓN DE SOPORTE ONLINE PARA PROYECTOS JUSTICIA 2030 PARA PERSONAL AL SERVICIO DE LA A.J. ASTURIAS, PRINCIPADO.
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. 3. SOFTWARE DE GESTIÓN DE RELACIONES CON CIUDADANOS Y PROFESIONALES. ASTURIAS, PRINCIPADO.
PROYECTO 0. 4. FACTORÍA DE SOFTWARE DE AUTOMATIZACIÓN DE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES. ASTURIAS, PRINCIPADO.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 1. EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO EN LA JURISDICCIÓN PENAL. CATALUÑA.
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 2. HERRAMIENTAS DE SOPORTE AL USUARIO BASADAS EN LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL. CATALUÑA.
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 3. EXPLOTACIÓN DEL DATO. SISTEMAS BUSINESS INTELLIGENT. CATALUÑA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 4. INTEROPERABILIDAD CON SERVICIOS PENITENCIARIOS. CATALUÑA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 1. SISTEMA DE GESTIÓN DE PROCESO DENTRO DE LOS IMLCF INTEROPERABLE CON EL SISTEMA DE GESTIÓN PROCESAL. CANARIAS.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 2. GESTIÓN DEL CAMBIO E IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE GESTIÓN TELEMÁTICA Y ROBOTIZACIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LOS ÓRGANOS GUBERNATIVOS DEL PODER JUDICIAL. CANARIAS.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 3. IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE GESTIÓN TELEMÁTICA DE EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. CANARIAS.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 4. MODERNIZACIÓN Y DIGITALIZACIÓN DE LOS ARCHIVOS JUDICIALES FÍSICOS Y SU TRANSFORMACIÓN EN EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS. CANARIAS.
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. 1. @SEDE: NUEVA SEDE JUDICIAL ELECTRÓNICA. ANDALUCÍA.
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 2. HERRAMIENTA DE ACCESO AL EJE PARA CIUDADANÍA Y PROFESIONALES. ANDALUCÍA.
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 3. PANELES SSVV: PANELES INFORMATIVOS DE VISTAS JUDICIALES PARA TODAS LAS SEDES. ANDALUCÍA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 4. DIGITALIZACIÓN DE EXPEDIENTES JUDICIALES EN SOPORTE PAPEL. ANDALUCÍA.
PROYECTO 0. 5. LICENCIASW: ADQUISICIÓN DE LICENCIAS DE WINDOWS PARA LOS THIN CLIENTS. ANDALUCÍA.
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 6. RPA-J: AUTOMATIZACIÓN DE ACCEDA Y SIMILARES POR RPA (ROBOT PROCESS AUTOMATION). ANDALUCÍA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 7- DIGIPIEZAS: SERVICIO DE DEPÓSITO DE PIEZAS DE CONVICCIÓN DIGITALES. ANDALUCÍA.
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 1. DIGITALIZACIÓN DEL REGISTRO CIVIL. CANTABRIA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 2. DIGITALIZACION DE LOS EXPEDIENTES JUDICIALES EN PAPEL. CANTABRIA.
PROYECTO 0. 1. GRABACIÓN DE ACTOS PROCESALES. GALICIA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 2. EVOLUCIÓN DE SISTEMA DE GESTIÓN PROCESAL E INTEGRACIÓN CON INICIATIVAS ESTATALES. GALICIA.
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 3. SERVICIOS DIGITALES PARA LA ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA. GALICIA.
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 5. ORIENTACIÓN AL DATO Y A LA AUTOMATIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DIGITALES PRESTADOS POR LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. GALICIA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 4. SISTEMA DE GESTIÓN DEL PERSONAL EMPLEADO PÚBLICO Y DE EMPLEO PÚBLICO. GALICIA.
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 1. SISTEMA DE DIGITALIZACIÓN PARA REGISTRO CIVIL. NAVARRA, COMUNIDAD FORAL.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 2. SISTEMA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS PARA EL PERSONAL DE JUSTICIA. NAVARRA, COMUNIDAD FORAL.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 3. SISTEMA INTELIGENTE DE GESTIÓN DE EFECTOS JUDICIALES. NAVARRA, COMUNIDAD FORAL.
PROYECTO 8. MASC. 4. SISTEMAS DE GESTIÓN PARA EL SERVICIO DE JUSTICIA RESTAURATIVA Y EJECUCIÓN PENAL. NAVARRA, COMUNIDAD FORAL.
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 5. MEJORA PORTAL DE SERVICIOS DE JUSTICIA. NAVARRA, COMUNIDAD FORAL.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 6. EVOLUCIÓN MEJORAS SISTEMA DE GESTIÓN PROCESAL. NAVARRA, COMUNIDAD FORAL.
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD. 7. PROYECTOS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y CIBERSEGURIDAD. NAVARRA, COMUNIDAD FORAL.
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 1. DIGITALIZACIÓN REGISTROS CIVILES. LA RIOJA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 2. SISTEMA DE GESTIÓN DE PERSONAL. LA RIOJA.
PROYECTO 0. 1. MODERNIZACIÓN SALAS DE VISTAS. COMUNIDAD DE MADRID.
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 2. PROYECTO REGISTRO CIVIL DIGITAL CM. COMUNIDAD DE MADRID.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 3. GESTIÓN DE ARCHIVOS ELECTRÓNICOS. COMUNIDAD DE MADRID.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 4. DESARROLLO E IMPLANTACIÓN DE UN SISTEMA DE GESTIÓN DE EFECTOS JUDICIALES. COMUNIDAD DE MADRID.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 5. AGILIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO JUDICIAL. COMUNIDAD DE MADRID.
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 1. DIGITALIZACIÓN REGISTROS CIVILES MUNICIPALES DE PROVINCIAS DE HUESCA Y ZARAGOZA. ARAGÓN.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 2. DIGITALIZACIÓN DE EXPEDIENTES JUDICIALES EN SOPORTE PAPEL. ARAGÓN.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 3. MEJORAS INTEROPERABILIDAD DE SEDE JUDICIAL ELECTRÓNICA (PSP) CON COLECTIVOS PROFESIONALES E INTERVINIENTES ESPECIALES. ARAGÓN.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 4. EVOLUCIÓN DEL SISTEMA DE GESTIÓN PROCESAL. ARAGÓN.
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD. 5. PROYECTOS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN Y CIBERSEGURIDAD. ARAGÓN.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 1. SISTEMA DE INFORMACIÓN A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO Y FISCALÍA EUROPEA. CC. AA. - MINISTERIO JUSTICIA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 2. TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE LA JUSTICIA MILITAR. CC. AA. - MINISTERIO JUSTICIA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 3. TRANSFORMACIÓN DIGITAL DE ÓRGANOS CENTRALES: TRIBUNAL SUPREMO Y AUDIENCIA NACIONAL. CC. AA. - MINISTERIO JUSTICIA.
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 4. INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y ROBOTIZACIÓN. CC. AA. - MINISTERIO JUSTICIA.
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 5. ORIENTACIÓN AL DATO Y DIGITALIZACIÓN DE LA JUSTICIA. CC. AA. - MINISTERIO JUSTICIA.
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. 6. MEJORA DE LA CARPETA JUSTICIA Y SERVICIOS AL CIUDADANO. CC. AA. - MINISTERIO JUSTICIA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 7. REGISTRO DE TRADUCTORES E INTÉRPRETES. CC. AA. - MINISTERIO JUSTICIA.
PROYECTO 15. JUSTICIA RECUPERACIÓN ECONÓMICA. 8. PROTECCIÓN DE INFORMANTES. CC. AA. - MINISTERIO JUSTICIA.
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD. 9. AMPLIACIÓN DE CIBERSEGURIDAD. CC. AA. - MINISTERIO JUSTICIA.
PROYECTO 0. 1. RENOVACIÓN DE EQUIPOS E INFRAESTRUCTURA PARA ACTUACIONES Y JUICIOS DIGITALES. PAÍS VASCO.
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 2. DIGITALIZACIÓN DE REGISTROS CIVILES MUNICIPALES DE ÁLAVA, GIPUZKOA Y BIZKAIA. PAÍS VASCO.
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 3. DESARROLLO DE 3 PILOTOS E IMPLANTACIÓN DE UN PROYECTO EN MATERIA DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL. PAÍS VASCO.
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 4. CHATBOT. DESARROLLO DE UN MÓDULO DE INFORMACIÓN SOBRE CARTERA DE SERVICIOS EN EL SISTEMA DE JUSTICIA EN LA CAE (IA). PAÍS VASCO.
PROYECTO 0. 5. INFRAESTRUCTURA COMO SERVICIO EN LA NUBE PARA APOYO DE LA GESTIÓN DE JUSTICIA. PAÍS VASCO.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 6. DESARROLLOS EVOLUTIVOS EJE AVANTIUS PARA CAE: AYUDA TRAMITACIÓN BILINGÜE, INTEGRACIÓN SISTEMA DE TEXTUALIZACIÓN, IVML MEJORAS DE AGENDA, MEJORAS MÓDULO DE SECRETARÍA DE GOBIERNO. PAÍS VASCO.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 7. EVOLUCIÓN MEJORAS EJE AVANTIUS. PAÍS VASCO.
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 8. BI. MEJORA AVANTIUS APOYO A LA TOMA DE DECISIONES. PAÍS VASCO.
PROYECTO 0. 1. PUESTO DE TRABAJO DESLOCALIZADO. COMUNIDAD VALENCIANA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 2. DIGITALIZACIÓN ARCHIVOS. COMUNIDAD VALENCIANA.
PROYECTO 0. 3. EQUIPOS VIDEOCONFERENCIA JUZGADOS DE PAZ Y SERVICIOS COMUNES. COMUNIDAD VALENCIANA.
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 4. EVOLUCIÓN EVID. COMUNIDAD VALENCIANA.
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD. 5. EVOLUCIÓN CIBERSEGURIDAD. COMUNIDAD VALENCIANA.
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 6. HERRAMIENTAS SOPORTE AL USUARIO BASADAS EN IA. COMUNIDAD VALENCIANA.
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 7. DESARROLLO PILOTOS BASADOS EN IA. COMUNIDAD VALENCIANA.
PROYECTO 0. 8. TOTEMS PARA GESTIÓN DE COLAS. COMUNIDAD VALENCIANA.
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 9. AUTOMATIZACIÓN Y REINGENIERÍA DE PROCEDIMIENTOS JUDICIALES. COMUNIDAD VALENCIANA.

La transferencia de créditos a las CC. AA. por importe de 179.213.551 euros para los años 2022 y 2023 que se plantean en el presente documento dependerá del proyecto a desarrollar. Para ello se establecen tres criterios de reparto:

A) Proyecto 0 (151.598.934 euros).

B) Servicios Homogéneos (26.520.000 euros).

C) Proyectos específicos consensuados (1.094.617 euros).

A) Proyecto 0

El 70% de los fondos se repartirá de forma proporcional al número de expedientes judiciales que se tramitan en el respectivo ámbito territorial (datos de entrada de asuntos en el último año anterior a la pandemia según la estadística judicial).

Este criterio supone el 70 % del total de puntuación del reparto y se calcula de manera proporcional en función de la entrada de asuntos en el último año, de acuerdo con los datos del Consejo General del Poder Judicial para 2019.

Importe del criterio: 0,7 x 195.270.353 = 136.689.247,00 euros.

En la siguiente tabla se muestran los datos por Comunidad Autónoma:

Administración prestacional Criterio de entrada de asuntos

Importes asignados

Euros

Número de asuntos

(1)

% sobre total

(2)

A. Criterio proporcional por carga de trabajo

(3)

  ÁMBITO CC. AA. CON COMPETENCIAS ASUMIDAS.
ANDALUCÍA. 1.276.130 20,2 % 27.648.315
ARAGÓN. 158.199 2,5 % 3.427.500
PRINCIPADO DE ASTURIAS. 142.712 2,3 % 3.091.963
CANARIAS. 374.247 5,9 % 8.108.343
CANTABRIA. 78.217 1,2 % 1.694.630
CATALUÑA. 1.016.800 16,1 % 22.029.736
COMUNITAT VALENCIANA. 661.833 10,5 % 14.339.109
GALICIA. 330.956 5,2 % 7.170.411
COMUNIDAD DE MADRID. 888.286 14,1 % 19.245.384
COMUNIDAD FORAL NAVARRA. 64.667 1,0 % 1.401.059
PAÍS VASCO. 214.716 3,4 % 4.651.983
LA RIOJA. 28.272 0,4 % 612.534
 I. SUBTOTAL (ÁMBITO CC. AA.). 5.235.035 83,0 % 113.420.967
  ÁMBITO MINISTERIO DE JUSTICIA.
CEUTA. 15.966 0,3 % 345.915
MELILLA. 13.908 0,2 % 301.327
ILLES BALEARS. 159.765 2,5 % 3.461.429
CASTILLA Y LEÓN. 277.247 4,4 % 6.006.764
CASTILLA-LA MANCHA. 222.955 3,5 % 4.830.488
EXTREMADURA. 110.669 1,8 % 2.397.727
REGIÓN DE MURCIA. 201.942 3,2 % 4.375.225
ÓRGANOS CENTRALES. 71.514 1,1 % 1.549.405
 II. SUBTOTAL (ÁMBITO MINISTERIO). 1.073.966 17,0 % 23.268.280
  TOTALES. 6.309.001 100,0 % 136.689.247

En la columna (1) se detalla el número de asuntos que entró en 2019 repartido por Comunidad Autónoma.

En la columna (2) se representa la proporción que representa la entrada de asuntos en %, aunque sólo se refleja un decimal hay que tener en cuenta que será para cada Comunidad Autónoma su número de entrada dividido por el total, 6.309.001.

En la columna (3) se refleja el importe que se distribuye por el criterio 1.º, y se corresponde con el producto de la columna (2) con el importe total del criterio 1: 136.689.247,00 euros.

El 20% de los fondos se repartirá de manera variable en atención a: (1) pendencia, (2) número de funcionarios, (3) n.º partidos judiciales y (4) densidad de población. La asignación ser realizará de acuerdo con la siguiente fórmula:

– Cada CC. AA. recibirá un «porcentaje proporcional» para cada indicador aprobado por la Conferencia Sectorial. La CC. AA. que presente una mayor desventaja en relación al indicador evaluado recibirá un mayor porcentaje.

– Se totalizarán las puntuaciones recibidas y se procederá a la distribución proporcional en función del resultado alcanzado por cada una de ellas.

La suma de las anteriores puntuaciones, arrojará el valor del total del criterio 2, y se asignará a cada Comunidad Autónoma su respectivo valor en proporción directa de su puntuación obtenida respecto al sumando de todas las Comunidades Autónomas.

Importe del criterio: 0,2 x 195.270.353 = 39.054.071,00 euros.

  Total Total Funcionarios Partidos Judiciales Despoblación Pendencia Fuente: CGPJ 2019 Fuente: INE Fuente: CGPJ 2019
Partidos Jud. Datos población Pendencia

Población

(a)

Superficie km2

(b)

Densidad km2

c=a/b

ANDALUCÍA. 11,7 % 0,47 0,17 0,20 0,06 0,05 85,00 8.482.705,00 87.599,00 96,84 0,49
ARAGÓN. 3,8 % 0,15 0,02 0,04 0,06 0,03 16,00 1.331.316,00 47.720,00 27,90 0,32
P. DE ASTURIAS. 3,9 % 0,16 0,03 0,04 0,06 0,03 18,00 1.015.425,00 10.604,00 95,76 0,32
CANARIAS. 4,7 % 0,19 0,05 0,04 0,05 0,04 19,00 2.244.480,00 7.447,00 301,39 0,37
CANTABRIA. 3,2 % 0,13 0,01 0,02 0,06 0,04 8,00 582.353,00 5.321,00 109,44 0,37
CATALUÑA. 9,4 % 0,38 0,15 0,11 0,05 0,05 49,00 7.655.499,00 32.113,00 238,39 0,50
C.VALENCIANA. 7,1 % 0,29 0,10 0,08 0,05 0,05 36,00 5.036.278,00 23.255,00 216,57 0,45
GALICIA. 6,7 % 0,27 0,06 0,10 0,06 0,05 45,00 2.698.718,00 29.575,00 91,25 0,48
C.MADRID. 7,2 % 0,29 0,14 0,05 0,05 0,05 21,00 6.755.609,00 8.028,00 841,51 0,43
C.F. NAVARRA. 2,8 % 0,11 0,01 0,01 0,06 0,03 5,00 657.216,00 10.391,00 63,25 0,31
PAIS VASCO. 4,4 % 0,18 0,04 0,03 0,05 0,05 14,00 2.189.490,00 7.234,00 302,67 0,43
LA RIOJA. 3,0 % 0,12 0,01 0,01 0,06 0,05 3,00 316.137,00 5.045,00 62,66 0,47
CEUTA. 1,8 % 0,07 0,00 0,00 0,04 0,03 1,00 83.999,00 20,00 4.199,95 0,26
MELILLA. 1,8 % 0,07 0,00 0,00 0,03 0,04 1,00 84.284,00 12,00 7.023,67 0,36
ILLES BALEARS. 3,7 % 0,15 0,02 0,01 0,05 0,06 6,00 1.215.174,00 4.992,00 243,42 0,52
C- LEON. 6,2 % 0,25 0,06 0,09 0,06 0,04 41,00 2.391.308,00 94.224,00 25,38 0,39
C-LA MANCHA. 5,8 % 0,23 0,04 0,07 0,06 0,07 31,00 2.043.128,00 79.461,00 25,71 0,64
EXTREMADURA. 4,3 % 0,17 0,02 0,05 0,06 0,05 21,00 1.059.310,00 41.634,00 25,44 0,46
R. MURCIA. 4,3 % 0,17 0,03 0,03 0,06 0,07 11,00 1.509.139,00 11.314,00 133,39 0,61
ÓRGANOS CENTRALES. 4,3 % 0,17 0,04 0,00 0,00 0,13 2,00 1,23
TOTAL. 100 % 4         433,00 47.351.568,00 505.989,00 14.124,59 9,43

Los datos de la pendencia y partidos judiciales se encuentran en la «Estadística Judicial. La Justicia dato a dato año 2019», del Consejo General del Poder Judicial.

A partir de la tabla anterior se calcula la parte de los créditos que corresponden a cada Comunidad Autónoma:

Administración prestacional

B. Criterio variable por circunstancias concretas

Euros

ÁMBITO CC. AA. CON COMPETENCIAS ASUMIDAS.
ANDALUCÍA. 11,7 % 4.584.649
ARAGÓN. 3,8 % 1.476.942
PRINCIPADO DE ASTURIAS. 3,9 % 1.522.888
CANARIAS. 4,7 % 1.824.828
CANTABRIA. 3,2 % 1.235.496
CATALUÑA. 9,4 % 3.663.956
COMUNITAT VALENCIANA. 7,1 % 2.784.227
GALICIA. 6,7 % 2.601.797
COMUNIDAD DE MADRID. 7,2 % 2.804.030
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. 2,8 % 1.088.268
PAÍS VASCO. 4,4 % 1.716.699
LA RIOJA. 3,0 % 1.157.966
 I. SUBTOTAL (ÁMBITO CC. AA.). 67,8 % 26.461.746
ÁMBITO MINISTERIO DE JUSTICIA.
CEUTA. 1,8 % 705.117
MELILLA. 1,8 % 704.890
ILLES BALEARS. 3,7 % 1.448.850
CASTILLA Y LEÓN. 6,2 % 2.420.396
CASTILLA-LA MANCHA. 5,8 % 2.256.682
EXTREMADURA. 4,3 % 1.693.946
REGIÓN DE MURCIA. 4,3 % 1.692.765
ÓRGANOS CENTRALES. 4,3 % 1.669.679
 II. SUBTOTAL (ÁMBITO MINISTERIO). 32,2 % 12.592.325
  TOTALES. 100,0 % 39.054.071

El 10 % de los fondos se distribuirá por partes iguales para cada Comunidad Autónoma y para el propio Ministerio de Justicia.

Importe del criterio: 0,1 x 195.270.353 = 19.527.035 euros.

Sumando todos los criterios anteriores, para cada Comunidad Autónoma se obtiene el importe total que corresponde a cada Comunidad Autónoma:

Administración prestacional Importes asignados

A. Criterio proporcional por carga de trabajo

Euros

B. Criterio variable por circunstancias concretas

Euros

C. Criterio importe fijo

Euros

Total importe asignado

Euros

  ÁMBITO CC. AA. CON COMPETENCIAS ASUMIDAS.
ANDALUCÍA. 27.648.315 4.584.649 976.352 33.209.316
ARAGÓN. 3.427.500 1.476.942 976.352 5.880.794
PRINCIPADO DE ASTURIAS. 3.091.963 1.522.888 976.352 5.591.203
CANARIAS. 8.108.343 1.824.828 976.351 10.909.522
CANTABRIA. 1.694.630 1.235.496 976.352 3.906.478
CATALUÑA. 22.029.736 3.663.956 976.352 26.670.044
COMUNITAT VALENCIANA. 14.339.109 2.784.227 976.352 18.099.688
GALICIA. 7.170.411 2.601.797 976.351 10.748.559
COMUNIDAD DE MADRID. 19.245.384 2.804.030 976.352 23.025.766
COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. 1.401.059 1.088.268 976.352 3.465.679
PAÍS VASCO. 4.651.983 1.716.699 976.351 7.345.033
LA RIOJA. 612.534 1.157.966 976.352 2.746.852
 I. SUBTOTAL (ÁMBITO CC. AA.). 113.420.967 26.461.746 11.716.221 151.598.934
  ÁMBITO MINISTERIO DE JUSTICIA.
CEUTA. 345.915 705.117 976.352 2.027.384
MELILLA. 301.327 704.890 976.352 1.982.569
ILLES BALEARS. 3.461.429 1.448.850 976.352 5.886.631
CASTILLA Y LEÓN. 6.006.764 2.420.396 976.351 9.403.511
CASTILLA-LA MANCHA. 4.830.488 2.256.682 976.352 8.063.522
EXTREMADURA. 2.397.727 1.693.946 976.352 5.068.025
REGIÓN DE MURCIA. 4.375.225 1.692.765 976.352 7.044.342
ÓRGANOS CENTRALES. 1.549.405 1.669.679 976.351 4.195.435
 II. SUBTOTAL (ÁMBITO MINISTERIO). 23.268.280 12.592.325 7.810.814 43.671.419
  TOTALES. 136.689.247 39.054.071 19.527.035 195.270.353

El detalle por proyectos de este criterio de reparto «Proyecto 0» es el siguiente:

Criterio reparto «Proyecto 0»

Proyecto

I. Total asignación (II+III)

Euros

I. (Ámbito CC. AA.) con competencias asumidas

Euros

II. (Ámbito Ministerio)

+

MJUS

Euros

PROYECTO 0. 86.212.514 69.543.492 16.669.022
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 42.339.881 31.107.034 11.232.847
PROYECTO 1B. OPTIMIZACIÓN DE SISTEMAS. 14.000.000 10.868.957 3.131.043
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 3.756.197 1.832.764 1.923.433
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD. 2.204.110 665.364 1.538.746
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. 11.753.750 9.445.631 2.308.119
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 3.894.075 3.894.075 0
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 6.413.708 4.105.588 2.308.119
PROYECTO 8. MASC. 86.627 86.627 0
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 23.180.446 20.049.403 3.131.043
PROYECTO 15. JUSTICIA RECUPERACIÓN ECONÓMICA. 1.429.046 0 1.429.046
 TOTAL. 195.270.353 151.598.934 43.671.419

El importe que se transferirá a las Comunidades Autónomas con competencias transferidas por este criterio ascenderá a 151.598.934 euros.

B) Servicios Homogéneos

Se financiarán las necesidades de los sistemas de gestión procesal (SGP) para poder alcanzar un nivel de prestación de servicios homogéneos en todo el territorio del Estado.

Este criterio de financiación corresponde a los siguientes proyectos:

– Proyecto 1A. Interoperabilidad.

– Proyecto 2. Justicia orientada y basada en datos.

– Proyecto 7. Textualización.

– Proyecto 9. Registro Civil.

A continuación, se muestra la relación de los Sistemas de Gestión Procesal (7) por cada una de las CC. AA., considerando al Ministerio de Justicia como una CC. AA. adicional:

– Minerva: Ministerio de Justicia.

– Justicia.Cat: Cataluña.

– Adriano 2: Andalucía.

– IUSMadrid: Comunidad de Madrid.

– Atlante: Canarias.

– Justa: Comunidad Valenciana.

– Avantius: Comunidad Foral de Navarra, Cantabria, Aragón.

Como regla general, a cada SGP se le asignará el mismo importe permitiendo la correcta interoperabilidad de los diferentes sistemas con el nodo central. En este sentido, el reparto se realizará de la siguiente manera:

El importe se entregará al titular del SGP quien se encargará de realizar la licitación y gestión, coordinando las actuaciones con las Comunidades Autónomas usuarias del sistema.

Sistema gestión procesal

Total asignado

2022 - 2023

Euros

Proyecto 1A. Interoperabilidad

Euros

Proyecto 2. Justicia orientada y basada en datos

Euros

Proyecto 7. Textualización

Euros

Proyecto 9. Registro Civil

Euros

MINERVA. 4.170.000 2.820.000 150.000 900.000 300.000
JUSTICIA.CAT. 4.170.000 2.820.000 150.000 900.000 300.000
ADRIANO 2. 4.170.000 2.820.000 150.000 900.000 300.000
IUSMADRID. 4.170.000 2.820.000 150.000 900.000 300.000
ATLANTE. 4.170.000 2.820.000 150.000 900.000 300.000
JUSTA. 4.170.000 2.820.000 150.000 900.000 300.000
AVANTIUS. 4.170.000 2.820.000 150.000 900.000 300.000
 TOTAL. 29.190.000 19.740.000 1.050.000 6.300.000 2.100.000

Como excepción a la premisa expuesta en el párrafo anterior, el importe asignado al Sistema de Gestión Procesal «Avantius», que afecta a las Comunidades Autónomas de Aragón, Cantabria, la Comunidad Foral de Navarra y País Vasco (a partir de 2022), se realizará de la siguiente manera:

Proyectos país Desarrollos Aragón Cantabria Navarra, Comunidad Foral País Vasco Total
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. AGENDA SEÑALAMIENTOS. 300.000 300.000
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. PROYECTO COMÚN DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS BASE DEL NUEVO «LEXNET». 720.000 720.000
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. GESTIÓN DE ARCHIVOS JUDICIALES ELECTRÓNICOS ARCHIVE. 500.000 500.000
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. GESTIÓN SISTEMATIZADA Y DIGITALIZADA DE LOS EFECTOS JUDICIALES, DEPÓSITOS Y PIEZAS DE CONVICCIÓN. 300.000 300.000
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. GESTIÓN DE PERSONAL. 250.000 250.000 250.000 250.000 1.000.000
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. MODELO CALIDAD. 150.000 150.000
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. IA: ANONIMIZACIÓN. 300.000 300.000
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. IA: CLASIFICACIÓN DOCUMENTAL. 300.000 300.000
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. IA: BUSCADOR INTELIGENTE 360. 300.000 300.000
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. DICIREG. 300.000 300.000
 TOTAL. 1.050.000 1.000.000 1.870.000 250.000 4.170.000

Interoperabilidad Avantius. En el proceso de distribución de 2021 el SGP no recibió la cantidad de 1.500.000 euros para algunas interoperabilidades2. Estas pueden desarrollarse en este momento por lo que se incrementa su presupuesto para los desarrollos pendientes, por la misma cantidad que dejó de recibir en dicho ejercicio.

2 Interoperabilidad (SIR, DEHú, IIPP), Carpeta Justicia y MASC.

Su reparto se asignaría de la siguiente manera:

Proyectos país Desarrollos Aragón Cantabria Navarra, Comunidad Foral País Vasco Total
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. PARTE PDTE SEGUNDO REPARTO. 600.000 600.000
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. PARTE PDTE SEGUNDO REPARTO. 300.000 300.000
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. PARTE PDTE SEGUNDO REPARTO. 150.000 150.000
PROYECTO 8. MASC. PARTE PDTE SEGUNDO REPARTO. 450.000 450.000
 TOTAL. 600.000 150.000 450.000 300.000 1.500.000

El detalle por proyectos de este criterio de reparto «Servicios Homogéneos» es el siguiente:

Criterio reparto «Servicios Homogéneos»

Proyecto

I. Total asignación (II+III)

Euros

I. (Ámbito CC. AA.) con competencias asumidas

Euros

II. (Ámbito Ministerio)

+

MJUS

Euros

PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 20.640.000 17.820.000 2.820.000
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 1.050.000 900.000 150.000
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. 150.000 150.000 0
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 6.300.000 5.400.000 900.000
PROYECTO 8. MASC. 450.000 450.000 0
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 2.100.000 1.800.000 300.000
 TOTAL. 30.690.000 26.520.000 4.170.000

El importe que se transferirá a las Comunidades Autónomas con competencias transferidas por este criterio ascenderá a 26.520.000 euros.

C) Específicos consensuados por proyecto

Se aplican a aquellos que requieren criterio propio, pactado previamente, por sus características específicas:

C.1.) Proyectos de ámbito con competencias asumidas.

– Inmediación digital en instituciones penitenciarias y cuerpos y fuerzas de seguridad. En el año 2021 se firmó un convenio por valor de 9 millones de euros con el Ministerio del Interior para que en las prisiones y comisarías se instalasen sistemas que permitan declaraciones telemáticas, es decir, la inmediación digital. El convenio no cubría las instituciones penitenciarias de Cataluña, ni las fuerzas y cuerpos de seguridad de Cataluña, Euskadi y Navarra. Para asegurar un servicio homogéneo se propone destinar las cantidades proporcionales a estas comunidades para que se pueda dotar el servicio. La cantidad total es de 1.094.617 € distribuidos de la siguiente manera:

Cataluña:

– Instituciones penitenciarias: 788.081 euros.

Euskadi:

– Cuerpos y Fuerzas de seguridad: 235.584 euros.

Navarra:

– Cuerpos y Fuerzas de seguridad: 70.952 euros.

Estas cantidades tienen una función finalista y se incorporan en el proyecto de inmediación digital de las tres CC. AA.

C.2.) Proyectos de ámbito Ministerio de Justicia.

La ejecución de estos proyectos es realizada al 100 % por el Ministerio de Justicia a excepción de la Oficina de Transformación Pedagógica (OTP) que será desarrollada por el Centro de Estudios Jurídicos:

– Nodos Centrales de los proyectos País. La cantidad total es de 26.620.000 euros.

– Implantación. Para la realización de las actuaciones que permitan la implantación, en todo el territorio del Estado, de los Tribunales de Instancia, de la Oficina Judicial y de las Oficinas de Justicia en los municipios previstos en la Ley de Eficiencia Organizativa se destina una cantidad de 10.930.620 euros.

– Despliegue e implantación del Registro Civil. La cantidad total es de 9.797.134 euros.

– Integraciones. Distribución asignada en la Conferencia Sectorial del 3 de diciembre de 2021 a las Comunidades autónomas territorio Ministerio y al Ministerio de Justicia para la realización de las integraciones con el nodo común. La cantidad total es de 9.568.954 euros.

– Nodos comunes: Correspondientes a los proyectos definidos en la Conferencia Sectorial del 3 de diciembre de 2021 por importe de 9.350.000 euros. Estos nodos se refieren a los proyectos de interoperabilidad y optimización de SGP (3,6 millones de euros), justicia orientada y basada en datos (1,2 millones de euros), carpeta justicia (1,7 millones de euros), inmediación digital (1,2 millones de euros), textualización y expediente MASC (0,8 millones de euros respectivamente).

– Laboratorio de datos. La cantidad total es de 2.500.000 euros.

– OTP que desarrollará el Centro de Estudios Jurídicos. La cantidad total es de 2.475.367 euros.

– Registro de Titularidades Reales. La cantidad total es de 2.000.000 euros.

– Contratos Plurianuales: Realizados por el Ministerio de Justicia por importe de 1.311.941 euros (cabinas almacenamiento, Licencias en la nube, monitorización red, archivo judicial electrónico).

– Contratos realizados en 2021 que no han llegado a la Fase OK: Realizados por el Ministerio de Justicia por importe de 790.403 euros.

– Registro de tercero neutral. La cantidad total es de 500.000 euros.

Criterio reparto «Específico»

Proyecto

I. Total asignación (II+III)

Euros

I. (Ámbito CC. AA.) con competencias asumidas

Euros

II. (Ámbito Ministerio)

+

MJUS

Euros

PROYECTO 0. 2.761.419   2.761.419
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 24.029.880   24.029.880
PROYECTO 1B. OPTIMIZACIÓN DE SISTEMAS. 1.000.000   1.000.000
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 6.750.000 0 6.750.000
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD. 2.000.000   2.000.000
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. 1.850.000   1.850.000
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 2.594.617 1.094.617 1.500.000
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 5.100.000   5.100.000
PROYECTO 8. MASC. 1.750.000 0 1.750.000
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 13.697.134   13.697.134
PROYECTO 10. IMPLANTACIÓN. 10.930.620 0 10.930.620
PROYECTO 14. CEJ. 2.475.367   2.475.367
PROYECTO 15. JUSTICIA RECUPERACIÓN ECONÓMICA. 2.000.000 0 2.000.000
 TOTAL. 76.939.037 1.094.617 75.844.420

El importe que se transferirá a las Comunidades Autónomas con competencias transferidas por este criterio ascenderá a 1.094.617 euros.

A continuación, se muestran los resúmenes por proyecto, criterio y entidad ejecutora:

a) Resumen por proyecto, criterio y todas las entidades ejecutoras:

Resumen por criterios de reparto «Total»

Proyecto

Proyecto 0

Euros

Servicios homogéneos

Euros

Específico

Euros

Total

Euros

PROYECTO 0. 86.212.514 0 2.761.419 88.973.934
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 42.339.881 20.640.000 24.029.880 87.009.761
PROYECTO 1B. OPTIMIZACIÓN DE SISTEMAS. 14.000.000 0 1.000.000 15.000.000
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 3.756.197 1.050.000 6.750.000 11.556.197
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD. 2.204.110 0 2.000.000 4.204.110
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. 11.753.750 150.000 1.850.000 13.753.750
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 3.894.075 0 2.594.617 6.488.692
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 6.413.708 6.300.000 5.100.000 17.813.708
PROYECTO 8. MASC. 86.627 450.000 1.750.000 2.286.627
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 23.180.446 2.100.000 13.697.134 38.977.580
PROYECTO 10. IMPLANTACIÓN. 0 0 10.930.620 10.930.620
PROYECTO 14. CEJ. 0 0 2.475.367 2.475.367
PROYECTO 15. JUSTICIA RECUPERACIÓN ECONÓMICA. 1.429.046 0 2.000.000 3.429.046
 TOTAL. 195.270.353 30.690.000 76.939.037 302.899.390

b) Resumen por proyecto, criterio, entidad ejecutora las Comunidades autónomas con competencias transferidas en materia de Justicia:

Resumen por criterios de reparto «(Ámbito CC. AA.) con competencias asumidas»

Proyecto

Proyecto 0

Euros

Servicios homogéneos

Euros

Específico

Euros

Total

Euros

PROYECTO 0. 69.543.492 0 0 69.543.492
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 31.107.034 17.820.000 0 48.927.034
PROYECTO 1B. OPTIMIZACIÓN DE SISTEMAS. 10.868.957 0 0 10.868.957
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 1.832.764 900.000 0 2.732.764
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD. 665.364 0 0 665.364
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. 9.445.631 150.000 0 9.595.631
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 3.894.075 0 1.094.617 4.988.692
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 4.105.588 5.400.000 0 9.505.588
PROYECTO 8. MASC. 86.627 450.000 0 536.627
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 20.049.403 1.800.000 0 21.849.403
PROYECTO 10. IMPLANTACIÓN. 0 0 0 0
PROYECTO 14. CEJ. 0 0 0 0
PROYECTO 15. JUSTICIA RECUPERACIÓN ECONÓMICA. 0 0 0 0
 TOTAL. 151.598.934 26.520.000 1.094.617 179.213.551

c) Resumen por proyecto, criterio, entidad ejecutora las Comunidades autónomas Territorio Ministerio de Justicia y el propio Ministerio:

Resumen por criterios de reparto «(Ámbito Ministerio) + MJUS»

Proyecto

Proyecto 0

Euros

Servicios homogéneos

Euros

Específico

Euros

Total

Euros

PROYECTO 0. 16.669.022 0 2.761.419 19.430.442
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 11.232.847 2.820.000 24.029.880 38.082.727
PROYECTO 1B. OPTIMIZACIÓN DE SISTEMAS. 3.131.043 0 1.000.000 4.131.043
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 1.923.433 150.000 6.750.000 8.823.433
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD. 1.538.746 0 2.000.000 3.538.746
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. 2.308.119 0 1.850.000 4.158.119
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 0 0 1.500.000 1.500.000
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 2.308.119 900.000 5.100.000 8.308.119
PROYECTO 8. MASC. 0 0 1.750.000 1.750.000
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 3.131.043 300.000 13.697.134 17.128.177
PROYECTO 10. IMPLANTACIÓN. 0 0 10.930.620 10.930.620
PROYECTO 14. CEJ. 0 0 2.475.367 2.475.367
PROYECTO 15. JUSTICIA RECUPERACIÓN ECONÓMICA. 1.429.046 0 2.000.000 3.429.046
 TOTAL. 43.671.419 4.170.000 75.844.420 123.685.839
ANEXO I
Distribución de los créditos por CC. AA., proyecto y criterio de reparto
 

Cataluña

Euros

Andalucía

Euros

País Vasco

Euros

Asturias, Principado

Euros

Canarias

Euros

La Rioja

Euros

Comunidad Valenciana

Euros

Galicia

Euros

Comunidad de Madrid

Euros

Navarra, Comunidad Foral

Euros

Aragón

Euros

Cantabria

Euros

I. Total CC. AA. con

competencias transferidas

Euros

II. CC. AA. Ámbito Ministerio

+

Ministerio de Justicia

Euros

Total

Euros

PROYECTO 0. 10.179.737 13.444.955 3.941.448 3.305.598 4.164.075 1.048.451 12.293.118 4.634.073 11.473.495 1.322.821 2.244.651 1.491.071 69.543.492 19.430.442 88.973.933
PROYECTO 1. INTEROPERABILIDAD. 14.386.134 7.686.729 2.169.212 1.494.247 8.783.284 350.845 6.232.116 3.486.129 8.309.350 1.954.802 2.712.831 2.230.311 59.795.991 42.213.770 102.009.761
PROYECTO 1A. INTEROPERABILIDAD. 12.474.012 5.305.772 1.642.607 1.093.383 8.001.120 153.908 4.934.450 2.715.506 6.658.507 1.706.329 2.291.205 1.950.235 48.927.034 38.082.727 87.009.761
PROYECTO 1B. OPTIMIZACIÓN DE SISTEMAS. 1.912.122 2.380.958 526.606 400.864 782.163 196.937 1.297.666 770.623 1.650.843 248.474 421.626 280.077 10.868.957 4.131.043 15.000.000
PROYECTO 2. JUSTICIA ORIENTADA Y BASADA EN DATOS. 1.231.249 150.000 113.791 0 150.000 0 150.000 637.724 150.000 0 0 150.000 2.732.764 8.823.433 11.556.197
PROYECTO 4. CIBERSEGURIDAD. 0 0 0 0 0 0 461.538 0 0 43.313 160.512 0 665.364 3.538.746 4.204.110
PROYECTO 5. CARPETA JUSTICIA. 0 9.055.137 0 390.494 0 0 0 0 0 0 0 150.000 9.595.631 4.158.119 13.753.750
PROYECTO 6. INMEDIACIÓN DIGITAL. 788.081 2.307.692 235.584 0 0 0 19.865 1.220.010 0 417.459 0 0 4.988.692 1.500.000 6.488.692
PROYECTO 7. TEXTUALIZACIÓN. 2.830.802 2.053.846 405.555 0 900.000 0 1.515.385 0 900.000 900.000 0 0 9.505.588 8.308.119 17.813.707
PROYECTO 8. MASC. 0 0 0 0 0 0 0 0 0 536.627 0 0 536.627 1.750.000 2.286.627
PROYECTO 9. REGISTRO CIVIL. 2.212.121 2.680.958 1.265.028 400.864 1.082.163 1.347.556 1.597.666 770.623 6.362.920 681.608 2.412.800 1.035.096 21.849.403 17.128.177 38.977.580
PROYECTO 10. IMPLANTACIÓN. 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 10.930.620 10.930.620
PROYECTO 14. CEJ. 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 2.475.367 2.475.367
PROYECTO 15. JUSTICIA RECUPERACIÓN ECONÓMICA. 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 3.429.046 3.429.046
 TOTAL. 31.628.125 37.379.317 8.130.617 5.591.203 15.079.522 2.746.852 22.269.688 10.748.559 27.195.765 5.856.631 7.530.794 5.056.478 179.213.551 123.685.839 302.899.390

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