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Documento BOE-A-2018-2871

Resolución de 20 de febrero de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad y Down España.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 1 de marzo de 2018, páginas 25392 a 25395 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2018-2871

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 12 de febrero de 2018 el Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Policía) y DOWN España procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 20 de febrero de 2018.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, P.S. (Real Decreto 770/2017, de 28 de julio), el Vicesecretario General Técnico del Ministerio del Interior, Antonio Cerrolaza Gómez.

ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Seguridad (Dirección General de la Policía) y Down España

Madrid, 12 de febrero de 2018.

De una parte, don José Antonio Nieto Ballesteros, Secretario de Estado de Seguridad, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 497/2016, de 18 de noviembre, en el ejercicio de las competencias que le están legalmente atribuidas.

De otra, don José Fabián Cámara Pérez, con documento nacional de identidad número 30.441.272-J, en nombre y representación de Down España, con domicilio en la calle Machaquito, 58, L-10, con C.I.F. G-80245780, actúa en su calidad de Presidente como representante legal de Down España, en virtud del nombramiento de la Asamblea General Extraordinaria, de fecha 26 de abril de 2014. La entidad figura inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones bajo el número 259/2ª y fue declarada de utilidad pública con fecha 12 de enero de 1996.

INTERVIENEN

En nombre y representación de los órganos citados se reconocen recíprocamente la capacidad y legitimación necesaria para obligarse por el presente convenio y a tal efecto

MANIFIESTAN

I. Que la Dirección General de la Policía (DGP) es el órgano encargado de dirigir y coordinar los servicios de la Policía Nacional, que tiene encomendada la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana, misión genérica en cuyo marco se encuadra, entre otras, la de auxiliar y proteger a las personas y asegurar la conservación y custodia de los bienes que se encuentren en situación de peligro por cualquier causa y de prevenir la comisión de actos delictivos.

II. Que la Policía Nacional prevé entre sus líneas estratégicas de actuación la prevención de la violencia contra las personas con discapacidad, desarrollando a tal efecto con instituciones, organismos y entidades públicas o privadas los protocolos de primera asistencia y atención.

III. Que Down España es una entidad sin ánimo de lucro, cuya finalidad es la mejora de la calidad de vida de las personas con síndrome de Down y de sus familias. Para ello ofrece apoyo a las personas con síndrome de Down a través de sus programas de Atención Temprana, Salud, Educación, Empleo y Vida Independiente en todas las áreas de su ciclo vital, hasta conseguir su plena inclusión educativa, laboral y social sin distinción alguna por motivos económicos, sociales, religiosos, políticos o de cualquier otra índole; haciendo especial énfasis en aquellas actividades dirigidas a su plena inclusión en la vida familiar, escolar, laboral y social.

IV. Que Down España es la única organización de síndrome Down de ámbito nacional, y en la actualidad cuenta con 92 instituciones federadas ubicadas en todas las Comunidades Autónomas y en la Ciudad Autónoma de Ceuta.

V. Que la colaboración con la Dirección General de la Policía se entiende altamente beneficiosa para la consecución de esos objetivos de protección e inclusión de las personas con síndrome de Down, en consideración a los medios, recursos y experiencia con la que cuenta en la lucha contra todo tipo de delincuencia y su especial sensibilidad en la protección de las personas más desfavorecidas o en riesgo de exclusión. Prueba de ello son los resultados obtenidos en la implementación del anterior Acuerdo de Colaboración existente entre el Ministerio del Interior (Dirección General de la Policía) y Down España, de fecha 16 de marzo de 2015, vigente hasta el pasado 16 de marzo de 2017.

En consecuencia con lo expuesto anteriormente, las partes manifiestan su interés en la firma del presente convenio con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre la Dirección General de la Policía y Down España en orden a mejorar la protección y seguridad del colectivo de personas con síndrome de Down y promover su inclusión educativa, laboral y social, así como la defensa de sus derechos.

Segunda. Ámbito de aplicación, compromiso de las partes.

1. En materia de formación.

• La Policía Nacional realizará, dentro de su ámbito territorial de competencia, actividades formativas dirigidas a dos grupos: por un lado a jóvenes y adultos con síndrome de Down y por otro, a sus familias:

– Formación para jóvenes y adultos con síndrome de Down: se establecerá una actividad de formación anual en las asociaciones federadas a Down España que se adscriban al presente convenio, con el objetivo de sensibilizar sobre temas relacionados con la protección frente al abuso y posibles delitos que se puedan cometer contra las personas con síndrome de Down.

– Formación a familias: se establecerán igualmente actividades de formación anuales –un mínimo de una actividad anual– en asociaciones federadas a Down España que se adscriban al presente convenio, con la finalidad de informar a las familias sobre posibles delitos y conductas lesivas que se puedan cometer contra las personas con síndrome de Down y adoptar pautas de prevención y seguridad.

– Por otro lado, la Dirección General de la Policía realizará, en el marco del Encuentro Nacional de Familias (anual) de Down España, una actividad de formación a las familias presentes en el evento.

• A su vez Down España realizará actividades de formación dirigidas a la Policía Nacional:

– Las actividades que se determinen estarán dirigidas por Down España de acuerdo con la División de Formación y Perfeccionamiento de la Policía Nacional, en el marco del Plan de Formación de la Dirección General de la Policía; al objeto de dar a conocer las características de las personas con síndrome de Down y cómo afrontar situaciones de especial vulnerabilidad.

2. Aspectos de naturaleza policial.

Se establecerán canales de colaboración con los órganos competentes de la Dirección General de la Policía, en aquellos aspectos de carácter policial que afecten particularmente a las personas con síndrome de Down y otras discapacidades intelectuales. En este sentido, Down España colaborará con la Dirección General de la Policía facilitándole aquellos datos que pudieran ser de interés para la investigación policial de delitos y faltas de los que sean víctima, y la Dirección General de la Policía les informará sobre nuevas técnicas, metodologías y cuantas cuestiones sean de interés para prevenir y proteger a dichas personas de las infracciones.

3. Acción social. Sensibilización.

Ambas partes se reafirman en su deseo de colaborar, estrechar lazos y promover la inclusión de las personas con discapacidad en la sociedad, que buscarán de forma proactiva.

En la medida de sus posibilidades, Down España prestará orientación y asesoramiento a la Dirección General de la Policía ante las necesidades que pueda tener en esta materia.

Igualmente, la Dirección General de la Policía facilitará la participación de las personas con síndrome de Down en las actividades y eventos que organice, sobre todo en la celebración del Día Mundial del Síndrome de Down.

Tercera. Aportaciones de las partes.

El presente convenio no supondrá coste económico alguno para la Dirección General de la Policía ni para Down España.

Cada una de las partes facilitará la participación del personal especializado requerido para llevar a buen término la finalidad del convenio en la parte de Formación y Participación Ciudadana.

Cuarta. Comisión de Seguimiento.

Con el fin de velar por el buen desarrollo y seguimiento del presente convenio se crea una Comisión de seguimiento integrada por dos representantes de la Dirección General de la Policía y dos representantes de Down España. Deberá quedar constituida dentro del mes siguiente al término del presente convenio.

A la Comisión le corresponde analizar el balance de la cooperación y la consecución de los objetivos fijados en el presente convenio; proponer la aplicación de estrategias coordinadas y planes de formación, así como la dirección y ejecución de los mismos; realizar propuestas sobre el intercambio de información; y resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse en el desarrollo del convenio.

La Comisión se reunirá con carácter ordinario o extraordinario, al menos una vez al año en sesión ordinaria y a la solicitud de cualquiera de las partes con carácter extraordinario. Se levantará acta al final de la reunión.

En lo no dispuesto en el presente convenio, la Comisión se regirá según lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público para los órganos colegiados.

Quinta. Vigencia.

El presente convenio se perfecciona con el consentimiento de las partes y entrará en vigor una vez suscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación y publicado en el «Boletín Oficial del Estado». Tendrá una vigencia inicial de un año, renovándose tácitamente por períodos sucesivos de un año, con un máximo de cuatro años.

El presente convenio se extinguirá por la conclusión del periodo máximo establecido para su vigencia y por resolución del mismo. Serán causas de resolución el mutuo acuerdo de las partes intervinientes, y la denuncia de cualquiera de las partes, siempre que se comunique con un plazo de preaviso mínimo de tres meses.

La resolución del convenio no impedirá la finalización de las actividades formativas que estuvieran comprometidas hasta la fecha en la que se produzcan.

Sexta. Naturaleza y resolución de conflictos.

a) El presente convenio tiene naturaleza administrativa y queda excluido del ámbito del Real Decreto Legislativo 3/2011 de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, por aplicación del artículo 4.1c) de dicho texto legal.

b) Las controversias sobre la interpretación y ejecución del presente convenio, de no ser resueltas por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula cuarta, serán de conocimiento y competencia de los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En prueba de conformidad firman el presente convenio en el lugar y fecha arriba indicados.–El Secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto Ballesteros.–El Presidente de Down España, José Fabián Cámara Pérez.

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