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Documento BOE-A-2017-9506

Resolución de 25 de noviembre de 2016, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación World Community for Prevention of Diabetes.

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 9 de agosto de 2017, páginas 79707 a 79708 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2017-9506

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación World Community for Prevention of Diabetes (WCPD), resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Rafael Gabriel Sánchez, don Jaakko Olavi Iivari Tuomilehto, don Segundo Nicolás Seclén Santiesteban y la Asociación para la Investigación y Prevención de la Diabetes y Enfermedades Cardiovasculares (PREDICOR), el 18 de marzo de 2016, según consta en la escritura pública número 617, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Gustavo A. Martínez de Diego, completado en el Plan de Actuación.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Madrid, Calle General Pardiñas, n.º 64, 4.º exterior Izquierda, C.P. 28001 Madrid, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español.

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil euros (30.000 euros). La dotación es dineraria y se ha procedido al desembolso de ocho mil doscientos cincuenta euros (8.250,00 €). El resto de la dotación por importe no desembolsado de veintiún mil setecientos cincuenta euros (21.750,00 €) deberá hacerse efectivo en un plazo no superior a cinco años desde el otorgamiento de la escritura pública número 617, otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid don Gustavo A. Martínez de Diego.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

Los fines de la Fundación son el fomento y potenciación de la investigación, formación, educación y divulgación sobre la prevención de la Diabetes y sus complicaciones.

Quinto. Patronato.

Presidente: Don Jaakko Olavi Iivari Tuomilehto.

Vicepresidente: Don Rafael Gabriel Sánchez.

Secretario: «Asociación para la Investigación y Prevención de la Diabetes y Enfermedades Cardiovasculares (PREDICOR)», representada por doña Helene Laura Avignon Roson.

Vocal: Don Segundo Nicolás Seclén Santiesteban.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero. 

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo. 

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 17 de octubre de 2016.

Tercero. 

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación World Community for Prevention of Diabetes (WCPD) y su Patronato.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 25 de noviembre de 2016.–El Director General de los Registros y del Notariado, Francisco Javier Gómez Gálligo.

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