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Resolución de 22 de abril de 2020, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se modifica la de 13 de abril de 2020, por la que se garantiza durante el estado de alarma la continuidad del abono del subsidio por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural de los mutualistas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 114, de 24/04/2020.
Entrada en vigor:
25/04/2020
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2020-4610
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2020/04/22/(3)/con

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 22/04/2020
  • Fecha de publicación: 24/04/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 25/04/2020
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente a las 00:00 horas del día 21 de junio de 2020.

Referencias anteriores

  • MODIFICA el apartado 4 de la Resolución de 13 de abril de 2020 (Ref. BOE-A-2020-4449).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • las disposiciones adicionales 2 y 3 de la Orden PRE/1744/2010, de 30 de junio (Ref. BOE-A-2010-10424).
    • la disposición adicional 11 del Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo (Ref. BOE-A-2003-7527).

Materias

  • Asistencia sanitaria
  • Asistencia social
  • Ayudas
  • Enfermedades
  • Epidemias
  • Estado de alarma
  • Incapacidades laborales
  • Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado

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