Está Vd. en

Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 23/09/2020.
Entrada en vigor:
13/10/2020
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-2020-11043
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rdl/2020/09/22/28/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto-ley
  • Fecha de disposición: 22/09/2020
  • Fecha de publicación: 23/09/2020
  • Fecha de entrada en vigor: 13/10/2020
  • Entrada en vigor, con la salvedad indicada en la disposicion final 14, el 13 de octubre de 2020.
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por la Ley 10/2021, de 9 de julio (Ref. BOE-A-2021-11472).
  • Fecha de derogación: 11/07/2021

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DICTA EN RELACIÓN su tramitación como Ley: Ley 10/2021, de 9 de julio (Ref. BOE-A-2021-11472).
  • SE PUBLICA Acuerdo de convalidación, por Resolución de 15 de octubre de 2020 (Ref. BOE-A-2020-12689).

Referencias anteriores

  • MODIFICA:
    • los arts. 44.1, 46.4, 47.d) y la disposición adicional 1 del Real Decreto-ley 25/2020, de 3 de julio (Ref. BOE-A-2020-7311).
    • los arts. 7, 19, 25, 33, las disposiciones transitorias 1 y 2 del Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo (Ref. BOE-A-2020-5493).
    • el art. 5 del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3434).
    • los arts. 13, 23.1.a) y 37.8 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • la disposición final 7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (Ref. BOE-A-2015-10565).
    • las disposiciones adicionales 2.3 y 10 de la Ley 3/2013, de 4 de junio (Ref. BOE-A-2013-5940).
    • el título de la sección 4, capítulo V, Título II del Libro segundo y AÑADE el art. 138 bis a la Ley 36/2011, de 10 de octubre (Ref. BOE-A-2011-15936).
    • la disposición transitoria 1 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo (Ref. BOE-A-2011-9280).
    • el art. 13 de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2003-23399).
    • el art. 54.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-21614).
    • el art. 7.1 de Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto (Ref. BOE-A-2000-15060).
  • AÑADE la disposición adicional 21 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre (Ref. BOE-A-2015-10440).
  • PRORROGA, hasta el 31 de enero de 2021, la vigencia del art. 6 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo (Ref. BOE-A-2020-3824).

Materias

  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Agencias estatales
  • Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia
  • Comisión Nacional del Juego
  • Contratos de trabajo
  • Créditos Presupuestarios
  • Delegación de atribuciones
  • Epidemias
  • Equipos informáticos
  • Estatuto de los Trabajadores
  • Exenciones
  • Ferrocarriles
  • Firma electrónica
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Impuesto sobre Sociedades
  • Jornada laboral
  • Juego
  • Material sanitario
  • Negociación colectiva
  • Organización de la Administración del Estado
  • Procedimiento administrativo
  • Procedimiento Laboral
  • Registros telemáticos
  • Renta Mínima de Inserción
  • Representación
  • Subvenciones
  • Telecomunicaciones
  • Trabajadores
  • Trabajo
  • Vehículos de motor

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid