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Real Decreto 817/2015, de 11 de septiembre, por el que se establecen los criterios de seguimiento y evaluación del estado de las aguas superficiales y las normas de calidad ambiental.

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 12/09/2015.
Entrada en vigor:
13/09/2015
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-2015-9806
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2015/09/11/817/con

Índice: «Modificación publicada el 29/12/2016»

[Preámbulo]

TÍTULO I. Disposiciones generales

TÍTULO II. Seguimiento del estado de las masas de agua superficiales

TÍTULO III. Evaluación del estado de las masas de agua superficiales

CAPÍTULO I. Evaluación del estado ecológico

CAPÍTULO II. Evaluación del estado químico

TÍTULO IV. Normas de calidad ambiental en el ámbito de la política de aguas

CAPÍTULO I. Normas de calidad ambiental

CAPÍTULO II. Zona de mezcla

CAPÍTULO III. Inventario de emisiones, vertidos y pérdidas

CAPÍTULO IV. Contaminación transfronteriza

TÍTULO V. Obligaciones de intercambio de información

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Criterios básicos de diseño e implantación de los programas de seguimiento

ANEXO II. Condiciones de referencia, máximo potencial ecológico y límites de clases de estado

ANEXO III. Criterios y especificaciones técnicas para el seguimiento y clasificación del estado de las aguas

ANEXO IV. Normas de calidad ambiental para las sustancias prioritarias y otros contaminantes

ANEXO V. Normas de calidad ambiental para sustancias preferentes

ANEXO VI. Relación de sustancias contaminantes

ANEXO VII. Procedimiento para el establecimiento de la norma de calidad ambiental


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