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ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 06/06/2014
  • Fecha de publicación: 10/06/2014
  • Fecha de entrada en vigor: 11/06/2014

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE CORRIGEN errores del Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo, en BOE núm. 53 de 3 de marzo de 2023 (Ref. BOE-A-2023-5579).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 39.1, por Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre (Ref. BOE-A-2022-15354).
    • los arts. 4.1.c) y 49.1, por Real Decreto-ley 14/2022, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2022-12925).
    • los arts. 2, 7, 8, la disposición transitoria 3, y SE AÑADE el 33 bis y la transitoria 18, por Real Decreto 376/2022, de 17 de mayo (Ref. BOE-A-2022-8121).
    • el art. 22, por Real Decreto-ley 10/2022, de 13 de mayo (Ref. BOE-A-2022-7843).
    • el art. 22.1 y 3, por Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo (Ref. BOE-A-2022-4972).
    • los arts. 3, 4, 7, 25 y la disposición adicional 20, por Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-17278).
    • los arts. 7, 39.1, 40.1, 41, disposición adicional 12, anexos III y XV, por Real Decreto 647/2020, de 7 de julio (Ref. BOE-A-2020-7439).
    • los arts. 21.2 y 24.1, por Real Decreto-Ley 15/2018, de 5 de octubre (Ref. BOE-A-2018-13593).
  • SE DECLARA la nulidad de lo indicado, por Sentencia del TS de 20 de diciembre de 2017 (Ref. BOE-A-2018-1488).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 20, se actualizan los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a las instalaciones de tratamiento y reducción de purines: Orden ETU/555/2017, de 15 de junio (Ref. BOE-A-2017-6898).
  • SE DECLARA:
    • de forma reiterada, la nulidad del art. 49.1.m), por Sentencia del TS de 4 de mayo de 2017 (Ref. BOE-A-2017-6175).
    • de forma reiterada, la nulidad del art. 49.1 m), por Sentencia del TS de 16 de marzo de 2017 (Ref. BOE-A-2017-4486).
    • en el Conflicto 5958/2014, la constitucionalidad del art. 35.1.a).i), interpretado conforme al fj 5 y la desestimación en todo lo demás, por Sentencia 36/2017, de 1 de marzo (Ref. BOE-A-2017-3877).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD los arts. 13, 18 y 20, se actualizan los parámetros retributivos de las instalaciones tipo aplicables a determinadas instalaciones de producción de energía eléctrica: Orden ETU/130/2017, de 17 de febrero (Ref. BOE-A-2017-1793).
  • SE DECLARA la nulidad del art. 49.1 m), por Sentencia del TS de 20 de junio de 2016 (Ref. BOE-A-2016-6874).
  • SE MODIFICA la disposición adicional 2.6, transitoria 8 y lo indicado del anexo VI y XIII, por Real Decreto 1074/2015, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-2015-13140).
  • SE AÑADE la disposición adicional 20, por Real Decreto 1073/2015, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-2015-12896).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, y establece las condiciones, tecnologías e instalaciones que pueden optar al régimen retributivo específico de energías renovables: Real Decreto 947/2015, de 16 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11200).
  • SE MODIFICA las disposiciones adicional 14.2 y transitoria 8.1 y 5, por Real Decreto 738/2015, de 31 de julio (Ref. BOE-A-2015-8646).
  • SE DICTA EN RELACIÓN sobre instalaciones tipo y parámetros retributivos: Orden IET/1344/2015, de 2 de julio (Ref. BOE-A-2015-7593).
  • SE DEROGA la disposición transitoria 15 y SE MODIFICA los arts. 7, 21, 22, 34 y 53; disposiciones adicionales 7 y 12 y transitoria 8, por Real Decreto 1054/2014, de 12 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-12973).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con la disposición adicional 5, sobre parámetros y régimen retributivo en los territorios no peninsulares: Orden IET/1459/2014, de 1 de agosto (Ref. BOE-A-2014-8447).
    • aprobando los parámetros retributivos en la producción de energía a partir de fuentes renovables, cogeneración y residuos: Orden IET/1045/2014, de 16 de junio (Ref. BOE-A-2014-6495).

Referencias anteriores

  • DEROGA:
  • MODIFICA:
    • Art. 14.1.d) y e) del Real Decreto 1699/2011, de 18 de noviembre (Ref. BOE-A-2011-19242).
    • Art. 4.7 del Real Decreto 1544/2011, de 31 de octubre (Ref. BOE-A-2011-17891).
    • Arts. 3, 5, 6.2 del Real Decreto 1003/2010, de 31 de octubre (Ref. BOE-A-2010-12622).
    • Arts. 9.8, 28 y disposición transitoria 2.3 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto (Ref. BOE-A-2007-16478).
  • DE CONFORMIDAD con:

Materias

  • Aparatos de medida
  • Centrales eléctricas
  • Energía eólica
  • Energía solar
  • Gestión de residuos
  • Política energética
  • Políticas de medio ambiente
  • Producción de energía
  • Registros administrativos
  • Transporte de energía

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