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Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido y se modifica el Real Decreto 1041/1990, de 27 de julio, por el que se regulan las declaraciones censales que han de presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios; el Real Decreto 338/1990, de 9 de marzo, por el que se regula la composición y la forma de utilización del número de identificación fiscal, el Real Decreto 2402/1985, de 18 de diciembre, por el que se regula el deber de expedir y entregar factura que incumbe a los empresarios y profesionales, y el Real Decreto 1326/1987, de 11 de septiembre, por el que se establece el procedimiento de aplicación de las Directivas de la Comunidad Económica Europea sobre intercambio de información tributaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 314, de 31/12/1992.
Entrada en vigor:
01/01/1993
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1992-28925
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1992/12/29/1624/con

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 29/12/1992
  • Fecha de publicación: 31/12/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1993

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE AÑADE el art. 74 bis, por Real Decreto 117/2024, de 30 de enero (Ref. BOE-A-2024-1771).
  • SE MODIFICA:
    • en la forma indicada, determinados preceptos y SE AÑADE el art. 62 ter y el capítulo III bis del título X, por Real Decreto 1171/2023, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-26454).
    • lo indicado del art. 33.2, por Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2023-26452).
    • con efectos desde el 1 de julio de 2023, los arts. 63 y 69.bis, por Real Decreto 249/2023, de 4 de abril (Ref. BOE-A-2023-8576).
    • lo indicado del art. 33.2, por Real Decreto-ley 31/2021, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2021-21654).
    • determinados preceptos y SE AÑADE el título III bis y los arts. 1, 1 bis y 62 bis, por Real Decreto 424/2021, de 15 de junio (Ref. BOE-A-2021-10026).
    • los arts. 66.2 y 69 bis.1, por Real Decreto 366/2021, de 25 de mayo (Ref. BOE-A-2021-8747).
  • SE DICTA EN RELACIÓN la aplicación, en la forma indicada, de los plazos de renuncias y revocaciones señalados del art. 33 para 2021: Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre (Ref. BOE-A-2020-16823).
  • SE MODIFICA:
    • con los efectos indicados, los arts. 13.4, 66, 79, 80 y 81, por Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero (Ref. BOE-A-2020-1651).
    • lo indicado del art. 33.2, por Real Decreto-ley 18/2019, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2019-18611).
  • SE DECLARA la nulidad de las disposiciones transitorias 4 y 5, en la redacción dada por el Real Decreto 529/2017, de 26 de mayo, por Sentencia del TS de 5 de julio de 2019 (Ref. BOE-A-2019-13563).
  • SE MODIFICA:
    • determinados preceptos y SE AÑADE el art. 68 ter, por Real Decreto 1512/2018, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-2018-17995).
    • determinados preceptos y SE AÑADE la disposición transitoria 6 al reglamento, por Real Decreto 1075/2017, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-15843).
    • el plazo previsto en el art. 33.2.2, por Real Decreto-ley 20/2017, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2017-15836).
  • SE AÑADE las disposiciones transitorias 4 y 5, por Real Decreto 529/2017, de 26 de mayo (Ref. BOE-A-2017-5857).
  • SE MODIFICA, con los efectos indicados en la disposición final 2, los arts. 9, 30, 61 ter, 62 al 68, 70, 71, la disposición adicional 4.a) y SE AÑADE los arts 68 bis, 69 bis y la disposición transitoria 3, con efectos desde el 1 de enero de 2017, por Real Decreto 596/2016, de 2 de diciembre (Ref. BOE-A-2016-11575).
  • SE DECLARA la nulidad del inciso indicado del art. 74.1, en la redacción dada por el art. 1.19 del Real Decreto 1073/2014, de 19 de diciembre, por Sentencia del TS de 9 de febrero de 2016 (Ref. BOE-A-2016-4778).
  • SE MODIFICA:
    • determinados preceptos y SE AÑADE el art. 24 quinquies en el título IV bis, el capítulo IX en el título VIII y las disposiciones adicionales 7 y 8, por Real Decreto 1073/2014, de 19 de diciembre (Ref. BOE-A-2014-13252).
    • el art. 71.1 y 7, por Real Decreto 410/2014, de 6 de junio (Ref. BOE-A-2014-6006).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con los arts. 11 y 12, y se aprueban los formularios indicados: Resolución de 13 de marzo de 2014 (Ref. BOE-A-2014-3204).
  • SE MODIFICA el art. 61.ter.3, por Real Decreto 1042/2013, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2013-13759).
  • SE DEROGA el art. 5, SE MODIFICA determinados preceptos y SE AÑADE el art. 24 quáter y el capítulo VIII al título VIII, por Real Decreto 828/2013, de 25 de octubre (Ref. BOE-A-2013-11216).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 9.1, 11.3, 12.1, 14.3, 19, 24.2, 63 y 64, por Real Decreto 1789/2010, de 30 de diciembre (Ref. BOE-A-2010-20142).
    • arts. 23.1, 31, 66.1, 71.7, 78, 79, 80, 81, 82.3 y SE AÑADE los arts. 30 ter, 31 bis, por Real Decreto 192/2010, de 26 de febrero (Ref. BOE-A-2010-3370).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, aprobando el modelo de certificado de exención del IVA y de los impuestos especiales en el ámbito diplomático y organizaciones de la OTAN: Orden EHA/1729/2009, de 25 de junio (Ref. BOE-A-2009-10753).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 30 y SE AÑADE el 30 bis, por Real Decreto 2126/2008, de 26 de diciembre (Ref. BOE-A-2008-20839).
    • los arts. 26 bis, 28.1, 30.4, 38.2, 63, 64 y 71.3 y SE AÑADE el capítulo VII del título VIII, por Real Decreto 1466/2007, de 2 de noviembre (Ref. BOE-A-2007-19883).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, sobre gastos de difícil justificación y plazo de renuncias a los regímenes especiales: Real Decreto 201/2006, de 17 de febrero (Ref. BOE-A-2006-3414).
  • SE MODIFICA los arts. 24, 30.4, 70, 73 y se suprime el art. 8 bis, por Real Decreto 87/2005, de 31 de enero (Ref. BOE-A-2005-1572).
  • SE DEROGA el art. 61.4, se modifican determinados preceptos y SE AÑADE los arts. 24 bis, 26 bis, 49 bis y una disposición adicional 6, por Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre (Ref. BOE-A-2003-21845).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 37, se desarrolla para el año 2003 el régimen especial simplificado: Orden HAC/225/2003, de 11 de febrero de 2003 (Ref. BOE-A-2003-2791).
    • con el art. 71.7, aprobando el modelo 309: Orden de 10 de octubre de 2001 (Ref. BOE-A-2001-18979).
  • SE DEROGA los apartados 3, 4 y 5 del art. 10, SE MODIFICA los arts. 27, 28, 31, 63, 71, disposición adicional 4 y SE AÑADE la disposición adicional 5, por Real Decreto 1082/2001, de 5 de octubre (Ref. BOE-A-2001-18665).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 31.1.1, aprobando modelo de solicitud de devolución de IVA: Orden de 28 de febrero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-5925).
  • SE DEJA SIN EFECTO en la forma indicada los apartados 3 a 5 del art. 10, por Real Decreto 3485/2000, de 29 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-24368).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 48, aprobando el modelo 341: Orden de 15 de diciembre de 2000 (Ref. BOE-A-2000-22794).
  • SE MODIFICA, por Real Decreto 3422/2000, de 15 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-22718).
  • SE DEROGA el apartado 6 del art. 10 y se modifica lo indicado del apartado 5, por Real Decreto 1967/1999, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-2000-644).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 68.1 y 80.1, por Real Decreto 1966/1999, de 23 de diciembre (Ref. BOE-A-1999-24788).
    • los arts. 23.1, 33.2 y 3, 36.1 y 2 y 43.1, por Real Decreto 215/1999, de 5 de febrero (Ref. BOE-A-1999-3252).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con los arts. 73.3 y 71.4, aprobando el modelo 380: Orden de 20 de enero de 1999 (Ref. BOE-A-1999-1915).
  • SE DEROGA los arts. 1, 26 y 27 y se modifican el 7, 24, 30, 38, 61, 71 y se añade el 8 bis, por Real Decreto 296/1998, de 27 de febrero (Ref. BOE-A-1998-4774).
  • SE MODIFICA:
    • los capítulos I y II del título VIII y arts. 43, 47 y 56, por Real Decreto 37/1998, de 16 de enero (Ref. BOE-A-1998-1000).
    • el art. 30.4, por Real Decreto 900/1997, de 16 de junio (Ref. BOE-A-1997-13085).
    • los arts. 10, 11, 14, 20, 24, 28, 30, 33, capítulo IV del título VIII, 73 y 82 y se añade una disposición adicional cuarta, por Real Decreto 703/1997, de 16 de mayo (Ref. BOE-A-1997-11655).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • sobre Tipo Reducido en las Ejecuciones de Obra para la Rehabilitación: Resolución de 5 de marzo de 1997 (Ref. BOE-A-1997-5352).
    • sobre Cuota de Intervención profesional Prevista en el Estatuto del Colegio de Aparejadores y Arquitectos Técnicos: Resolución de 5 de marzo de 1997 (Ref. BOE-A-1997-5351).
    • aprobando el modelo 380: Orden de 31 de octubre de 1996 (Ref. BOE-A-1996-24484).
    • con el art. 31.1.1, aprobando modelo de Solicitud de Devolución del Iva: Orden de 7 de octubre de 1996 (Ref. BOE-A-1996-22877).
    • sobre Devolución del Iva en el régimen de Viajeros a Residentes en Ceuta o Melilla: Resolución 2/1996, de 25 de septiembre (Ref. BOE-A-1996-21759).
    • con los arts. 79.1 y 80.1, aprobando el modelo 349 de Declaración Recapitulativa: Orden de 23 de febrero de 1996 (Ref. BOE-A-1996-4519).
  • SE DEROGA el apartado 8 del art. 10 y se modifican los arts. 9, 10, 30, 31, 66, 73 y 79, por Real Decreto 80/1996, de 26 de enero (Ref. BOE-A-1996-1924).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • fijando modelos e Indices Correctores: Orden de 28 de noviembre de 1995 (Ref. BOE-A-1995-25892).
    • con el art. 73.3, aprobando el modelo para Operaciones Asimiladas a las importaciones: Orden de 13 de octubre de 1995 (Ref. BOE-A-1995-22741).
  • SE MODIFICA:
    • los arts. 2, 30.4, 33, 38.3 y 4, 71.3 y 59.2.7, por Real Decreto 267/1995, de 24 de febrero (Ref. BOE-A-1995-5277).
    • los arts. 10, 12, 23, 24, 25.2 , 28, 30, 73 y 79, y deroga los arts 25.1.2 y 10.4 por Real Decreto 1811/1994, de 2 de septiembre (Ref. BOE-A-1994-19989).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, aprobando modelos para Justificar Exenciones Relacionadas con las importaciones: Orden de 18 de julio de 1994 (Ref. BOE-A-1994-18022).
  • SE INTERPRETA determinados preceptos, por Resolución 1/1994, de 10 de enero (Ref. BOE-A-1994-801).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • con el art. 10.5, regulan Do la Exención en las Adquisiciones Realizadas por Representaciones Diplomaticas: Orden de 15 de diciembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-31056).
    • aprobando modelos 390 y 341: Orden de 10 de noviembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-27373).
    • con el art. 9.1.1.B), sobre Devolución del Iva en el régimen de Viajeros a Residentes en Canarias: Resolución 4/1993, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-1993-14876).
    • con el art. 80.1, aprobando el modelo 349 de Declaración Recapitulativa: Orden de 16 de marzo de 1993 (Ref. BOE-A-1993-7732).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 33, de 8 de febrero de 1993 (Ref. BOE-A-1993-3300).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 71, aprobando los modelos 300, 310, 320, 330, 370, 308 y 309 de Declaración-Liquidación: Orden de 30 de diciembre de 1992 (Ref. BOE-A-1992-28932).

Referencias anteriores

Materias

  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Extranjeros
  • Facturas
  • Impuesto sobre el Valor Añadido
  • Número de Identificación Fiscal
  • Sistema tributario

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

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