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Orden de 19 de mayo de 1987 que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, por el que se dispuso la creación de un sistema de anotaciones en cuenta para la Deuda del Estado y por la que se delegan determinadas competencias en el Director general del Tesoro y Política Financiera.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 19/05/1987
  • Fecha de publicación: 20/05/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 21/05/1987

Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA la disposición adicional 2, por Orden ECC/1695/2012, de 27 de julio (Ref. BOE-A-2012-10335).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 2.1, por Orden EHA/2288/2011, de 2 de agosto (Ref. BOE-A-2011-13957).
    • el art. 17, por Orden EHA/4260/2004, de 27 de diciembre (Ref. BOE-A-2004-21835).
    • el apartado 2 del art. 2, por Orden de 24 de enero de 2002 (Ref. BOE-A-2002-1699).
    • el art. 2.1, por Orden de 29 de enero de 2001 (Ref. BOE-A-2001-2991).
  • SE DICTA EN RELACIÓN, sobre delegación de competencias: Orden de 8 de junio de 2000 (Ref. BOE-A-2000-10989).
  • SE MODIFICA:
    • el art. 2.2 , por Orden de 10 de febrero de 1999 (Ref. BOE-A-1999-3693).
    • la disposición adicional segunda, por Orden de 9 de mayo de 1995 (Ref. BOE-A-1995-11541).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD, aprobando el modelo 192 de Declaración en Soporte Magnetico, por Orden de 9 de febrero de 1994 (Ref. BOE-A-1994-3564).
  • SE MODIFICA el art. 8, por Orden de 26 de noviembre de 1993 (Ref. BOE-A-1993-28761).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 13, sobre Anotaciones en Cuenta de Deuda Publica: Orden de 16 de enero de 1992 (Ref. BOE-A-1992-2586).
  • SE MODIFICA:
    • determinados arts., por Orden de 31 de octubre de 1991 (Ref. BOE-A-1991-26996).
    • el art. 7.1, por Orden de 31 de julio de 1990 (Ref. BOE-A-1990-19681).
    • el número 4 del art. 19, por Orden de 22 de enero de 1990 (Ref. BOE-A-1990-1967).
  • SE AÑADE un segundo párrafo al apartado 1 del número 7, por Orden de 26 de mayo de 1989 (Ref. BOE-A-1989-12301).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD:
    • regulando Operaciones a plazo sobre Deuda del Estado Anotada: Resolución de 21 de marzo de 1989 (Ref. BOE-A-1989-6883).
    • publicando las características Esenciales de la Deuda del Estado: Resolución de 28 de septiembre de 1988 (Ref. BOE-A-1988-23297).
    • publicando las características Esenciales de la Deuda del Estado: Resolución de 26 de julio de 1988 (Ref. BOE-A-1988-19006).
  • SE AÑADE un párrafo al núm. 1 del art. 21, por Orden de 16 de junio de 1988 (Ref. BOE-A-1988-15636).
  • SE MODIFICA el núm. 3 del art. 5, por Orden de 7 de enero de 1988 (Ref. BOE-A-1988-667).
  • SE COMPLETA el art. 18, por Orden de 28 de diciembre de 1987 (Ref. BOE-A-1987-28772).
  • SE MODIFICA el núm. 3 del art. 5 y el núm. 6 del art. 10: por Orden de 31 de julio de 1987 (Ref. BOE-A-1987-18101).
  • CORRECCIÓN de erratas en BOE núm. 162 de 8 de julio de 1987 (Ref. BOE-A-1987-15728).
  • SE DICTA DE CONFORMIDAD con los arts. 8 y 15 sobre aplicación del sistema de anotaciones en cuenta para la Deuda del Estado: Orden de 24 de junio de 1987 (Ref. BOE-A-1987-14856).
  • CORRECCIÓN de erratas en BOE núm. 153, de 27 de junio de 1987 (Ref. BOE-A-1987-14854).
  • SE MODIFICA, por Orden de 11 de junio de 1987 (Ref. BOE-A-1987-13865).

Referencias anteriores

Materias

  • Banco de España
  • Bolsas de Comercio
  • Deuda Pública
  • Dirección General del Tesoro y Política Financiera
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Títulos valores

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