Está Vd. en

Boletín Oficial del Estado: jueves 29 de mayo de 2014, Núm. 130

Sumario BOE-S-2014-130:

I. Disposiciones generales

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

Personal al servicio del Tribunal Constitucional. Retribuciones
  • Acuerdo de 27 de mayo de 2014, del Pleno del Tribunal Constitucional, por el que se modifica parcialmente el de 19 de diciembre de 2002, por el que se regula el régimen de retribuciones del personal al servicio del Tribunal Constitucional.

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Comunidad Autónoma del País Vasco. Concierto Económico
  • Real Decreto 335/2014, de 9 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de la Junta Arbitral prevista en el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por Real Decreto 1760/2007, de 28 de diciembre.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Formación Profesional Básica

MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Seguridad Social
  • Resolución de 21 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se establece el Plan general de actividades preventivas de la Seguridad Social, a aplicar por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social en la planificación de sus actividades para el año 2014.

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Organización. Cuerpo de la Guardia Civil
  • Orden PRE/875/2014, de 23 de mayo, por la que se modifican la Orden PRE/422/2013, de 15 de marzo, por la que se desarrolla la estructura orgánica de los servicios centrales de la Dirección General de la Guardia Civil, y la Orden INT/1176/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil.

TRIBUNAL DE CUENTAS

Rendición de cuentas. Gestión informatizada
  • Resolución de 22 de mayo de 2014, de la Comisión de Gobierno del Tribunal de Cuentas, por la que se amplía el ámbito de funcionamiento del registro telemático del Tribunal de Cuentas a la recepción de las cuentas anuales de los fondos carentes de personalidad jurídica a que se refiere el apartado 2 del artículo 2 de la Ley General Presupuestaria, y a la recepción de los documentos, escritos, bases de datos y comunicaciones relativas a los procedimientos fiscalizadores que se tramiten a través de su sede electrónica.

COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

Conservación de la naturaleza

COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

Profesorado

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid