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Boletín Oficial del Estado: viernes 1 de agosto de 1997, Núm. 183

Sumario BOE-S-1997-183:

I. Disposiciones generales

JEFATURA DEL ESTADO

Jefatura del Estado
  • Instrumento de ratificación del Convenio relativo a la determinación del Estado responsable del examen de las solicitudes de asilo presentadas en los Estados miembros de las Comunidades Europeas, hecho en Dublín el 15 de junio de 1990.

MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Impuestos especiales
  • Orden de 23 de julio de 1997 por la que se aprueba el modelo 567 de declaración-liquidación del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte para la aplicación de la deducción prevista en el artículo 70 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales y otras deducciones por inundaciones u otras circunstancias excepcionales.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA

Cinematográfia
  • Corrección de errores de la Orden de 7 de julio de 1997 por la que se dictan normas de aplicación del Real Decreto 81/1997, de 24 de enero, en las materias de cuotas de pantalla y distribución de películas, salas de exhibición, registro de empresas y calificación de obras cinematográficas y audiovisuales.

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

Productos petrolíferos. Precios
  • Orden de 31 de julio de 1997 por la que se establece el sistema de determinación automática de precios máximos de venta, antes de impuestos, de los gases licuados del petróleo.

  • Resolución de 31 de julio de 1997, de la Dirección General de la Energía, por la que se publican los precios máximos de venta al público de gasolinas aplicables en el ámbito de la península e islas Baleares a partir del día 2 de agosto de 1997.

  • Resolución de 31 de julio de 1997, de la Dirección General de la Energía, por la que se publican los precios máximos de gasolinas, sin incluir impuestos, aplicables en el ámbito de las ciudades de Ceuta y Melilla a partir del día 2 de agosto de 1997.

  • Resolución de 31 de julio de 1997, de la Dirección General de la Energía, por la que se publican los precios máximos de venta al público de gasolinas, Impuesto General Indirecto Canario excluido, aplicables en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias a partir del día 2 de agosto de 1997.

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Explotaciones agrarias
Sanidad vegetal

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Drogas. Bienes decomisados

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