Juzgado de lo Mercantil Nº 4 de València
Dirección: Plaza PLAZA DEL TURNO DE OFICIO 1
Localidad: València
Código Postal: 46013
Provincia: Valencia/València
Teléfono: 961927879
Correo electrónico: vamerca04_val@gva.es
Concursal
Número: 439/2024
Auto
Fecha: 10/05/2024
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
Acreedores de Yolanda Saldedo Bonifacio
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
D./Dña. Cristina María Valero Doménech, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 4 de VALENCIA, por el presente hago saber que en este Juzgado se tramitan como concurso sin masa los autos de Concurso de Acreedores num. 000439/2024, con NIG num. 46250-66-1-2024-0002292, habiéndose presentado en fecha 30 de abril de 2024 solicitud de declaración concursal, fue repartida 9 de mayo de 2024, habiéndose dictado en fecha 10 de mayo de 2024 auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de YOLANDA SALCEDO BONIFACIO con CIF/NIF Nº. 48388586J, con llamamiento al acreedor o a los acreedores que representen, al menos, el cinco por ciento del pasivo, que asciende a 242.527,42 euros, a fin de que, en el plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los siguientes extremos:1.º Si existen indicios suficientes de que el deudor hubiera realizado actos perjudiciales para la masa activa que sean rescindibles conforme a lo establecido en esta ley.2.º Si existen indicios suficientes para el ejercicio de la acción social de responsabilidad contra los administradores o liquidadores, de derecho o de hecho, de la persona jurídica concursada, o contra la persona natural designada por la persona jurídica administradora para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica y contra la persona, cualquiera que sea su denominación, que tenga atribuidas facultades de más alta dirección de la sociedad cuando no exista delegación permanente de facultades del consejo en uno o varios consejeros delegados.3.º Si existen indicios suficientes de que el concurso pudiera ser calificado de culpable.
Póngase en conocimiento de los acreedores que en caso de no solicitar el nombramiento de administrador concursal, se declarará la conclusión de concurso por insuficiencia de masa activa.
La dirección de correo electrónico donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/afectado/buscar
València, 13 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, CRISTINA MARIA VALERO DOMENECH
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid