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Documento BOE-J-2024-280289

MÁLAGA. Edicto de 13 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 171/2024.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 120, de 17 de mayo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - MÁLAGA
Referencia:
BOE-J-2024-280289

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Málaga

Dirección: Calle FISCAL LUIS PORTERO GARCÍA S/N

Localidad: Málaga

Código Postal: 29010

Provincia: Málaga

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 171/2024

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 25/04/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores e interesados en el concurso de SONIA GUERRERO BLANCO y JOSE ANTONIO BARRANCO POZO.

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

1º.- Que en el procedimiento número 171/2024 (NIG 2906742120240014508), por auto de fecha 25 de abril de 20254 se ha declarado en concurso voluntario a los deudores SONIA GUERRERO BLANCO y JOSE ANTONIO BARRANCO POZO, con SONIA GUERRERO BLANCO y JOSE ANTONIO BARRANCO POZO con DNI Nº 74926912L y 28781715K respectivamente, y domicilio en ARRIATE (MÁLAGA).

2º.- Que el deudor ha sido intervenido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la administración concursal.

3º.- ROMAN POPENKO LEBEDEV, provisto de DNI 04311214W, español, mayor de edad, con vecindad civil común, y domicilio en CALLE CERVANTES, NÚM. 8, 1ª PLANTA, OFICINA 1-3, MÁLAGA, C.P.: 29016, teléfono: 951325647, profesión: Abogado y con dirección de correo electrónico INFO@PYBALEGALSOLUTIONS.COM, que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los artículos 255 y siguientes del TRLC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º- Que durante el plazo para la comunicación de créditos cualquier acreedor o cualquiera que se persone en el concurso podrá remitir por correo electrónico a la administración concursal cuanto considere relevante para fundar la calificación del concurso como culpable, acompañando, en su caso los documentos que considere oportunos, conforme a lo establecido en el art. 447 del TRLC.

6º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 512.1 y 2 del TRLC). Se hace saber a los interesados que deberán personarse en los autos de concurso conforme al art. 512 del TRLC.

7º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 13 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, DAVINIA JIMENEZ CHAMIZO

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