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Documento BOE-J-2024-279981

GIJÓN. Edicto de 10 de mayo de 2024 en procedimiento concursal número 725/2023.

Publicado en:
Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único del «BOE» núm. 120, de 17 de mayo de 2024
Sección:
A. Edictos judiciales de carácter general
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL - ASTURIAS
Referencia:
BOE-J-2024-279981

EDICTO

ÓRGANO JUDICIAL

Juzgado de lo Mercantil Nº 3 de Oviedo

Dirección: Plaza DECANO EDUARDO IBASETA S/N

Localidad: Gijón

Código Postal: 33207

Provincia: Asturias

Teléfono: 985176747

PROCEDIMIENTO

Concursal

Número: 725/2023

RESOLUCIÓN PROCESAL

Auto

Fecha: 09/05/2024

Objeto de la publicación edictal:

Notificación

DESTINATARIOS

Acreedores

Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.

INFORMACIÓN ADICIONAL

E D I C T O

Dª María José Alonso González, Letrada de la Administración de Justicia del Jdo. Mercantil nº 3 de Gijón,

HAGO SABER:

Que, en Concurso Voluntario Ordinario 725/2023 con N.I.G. 33024 47 1 2023 0000696, seguido en este órgano judicial, se ha dictado en el día de la fecha AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO de la mercantil FAMIGLIA GUGNIR, S.L. con CIF B-744343986, cuyo domicilio es en Gijón, calle Uría, número 43, piso 11 C, acordándose:

1º.- Tramitar el presente concurso como un concurso sin masa del artículo 37 bis 1 a) del Texto Refundido de la Ley Concursal.

2º.- Proceder al llamamiento de los acreedores, cuyos créditos representan, al menos, el 5 % del pasivo, a fin de que, en el plazo de 15 días a contar del siguiente a la publicación del edicto, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal para que presente informe razonado y documentado sobre los extremos a que se refiere el artículo 37 ter del Texto Refundido de la Ley Concursal.

3º.- Se advierte a los citados acreedores que, conforme dispone el artículo 37 quater 1, inciso final, del Texto Refundido de la Ley Concursal, la satisfacción de la retribución del administrador concursal por la emisión del informe encomendado corresponderá al acreedor o acreedores que lo hubieran solicitado.

En Gijón, a nueve de mayo de dos mil veinticuatro.

LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Gijón, 10 de mayo de 2024.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, MARIA JOSE ALONSO GONZALEZ

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