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Documento BORME-C-2023-4978

ITMEE&MANTENIMIENTO, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBENTE)
ISAAC MARTÍNEZ CLIMATIZACIONES, S.L.U. (SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 6021 a 6021 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4978

TEXTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, LME), se hace público que por Decisión del Socio Único (NETCOOL CAPITAL, S.L.) de la mercantil ITMEE&MANTENIMIENTO, S.L.U (sociedad absorbente) y del Socio Único (ITMEE&MANTENIMIENTO, S.L.U) de la mercantil ISAAC MARTÍNEZ CLIMATIZACIONES, S.L.U. (sociedad absorbida), se acuerda la fusión por absorción de la segunda por la primera. Decisiones adoptadas en fecha 30 de junio de 2023 en Paterna (Valencia) y Málaga, respectivamente. La fusión por absorción se producirá con la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida (ISAAC MARTÍNEZ CLIMATIZACIONES, S.L.U.), y adquisición por sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente (ITMEE&MANTENIMIENTO, S.L.U.), de conformidad con el proyecto común de fusión redactado conjuntamente por los Órganos de Administración el día 29 de junio de 2023. Fueron aprobados asimismo los correspondientes balances de fusión.

La mencionada operación de fusión se acoge al régimen fiscal sobre fusiones, escisiones y canje de activos establecido en el capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto de Sociedades.

La fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 LME. En consecuencia, no resulta necesario para esta fusión publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, ni el informe de los administradores ni que tenga lugar el aumento de capital de la sociedad absorbente.

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 43.1 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión. Asimismo, se hace constar expresamente el derecho de oposición a la operación de fusión que asiste a los acreedores de las sociedades participantes dentro del plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, todo ello en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la LME.

Paterna (Valencia), 13 de julio de 2023.- El Administrador Único de ITMEE&Mantenimiento, S.L.U, D. Antonio Gutiérrez Alamán y la persona física designada por la mercantil ITMEE&Mantenimiento, S.L.U, Administrador Único de Isaac Martínez Climatizaciones, S.L., D. Antonio Gutiérrez Alamán.

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