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Documento BORME-C-2023-4788

GIESBERS, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 134, páginas 5817 a 5817 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2023-4788

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 319 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (TRLSC), se hace público que la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas de la sociedad Giesbers, S.A. celebrada con carácter universal el día 16 de junio del 2023, acordó por unanimidad, en dos acuerdos independientes, reducir el capital social en la cantidad total de 134.626,24 euros mediante la amortización de 224 acciones nominativas de 601,01 euros de valor nominal cada una de ellas, quedando fijada la cifra de capital de la sociedad en 225.979,76 euros, representada por 376 acciones nominativas de 601,01 euros de valor nominal. La finalidad de la reducción es devolver el valor de sus aportaciones a las dos accionistas titulares de las acciones objeto de amortización, mediante devolución no dineraria, cuya valoración total a recibir asciende a 1.109.203,20 euros.

a) En cuanto a la reducción de capital social para la devolución del valor de las aportaciones de Tania Castro Benítez, se acordó reducir el capital social en la cantidad de 39.065,65 euros, mediante la amortización de sus 65 acciones nominativas números 1 a 65.

b) En cuanto a la reducción de capital social para la devolución del valor de las aportaciones de Lorena Escalas Macías, se acordó reducir el capital social en la cantidad de 95.560,59 euros, mediante la amortización de sus 159 acciones nominativas números 442 a 600.

Al no afectar los dos acuerdos de reducción de capital por igual a todas las acciones de la Sociedad, los mismos han sido adoptados, además de por unanimidad de la propia Junta, por unanimidad de todos los accionistas interesados, mediante acuerdos separados, conforme a lo dispuesto en el artículo 329 del TRLSC.

Por lo que se refiere al plazo de ejecución de los acuerdos de reducción, dicha modificación estatutaria tiene eficacia inmediata por la sola voluntad de la Junta General (sin perjuicio de los actos de formalización que competen al órgano de administración), dado que no existe derecho de oposición de los acreedores a la reducción de capital, ya que conforme al artículo 335.c) del TRLSC se ha aprobado unánimemente lo siguiente: a) Efectuar la reducción íntegramente con cargo a reservas de libre disposición, y b) Destinar un importe equivalente al valor nominal de las acciones objeto de amortización (134.626,24 euros), a una reserva de la que solo será posible disponer con los mismos requisitos que los exigidos para la reducción del capital.

Palma de Mallorca, 20 de junio de 2023.- Administradora Solidaria, María del Pilar Sintes Ripoll.

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