Está Vd. en

Documento BORME-C-2023-4785

SOL FACTOR, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
GRUPO OPTICALIA-SUN PLANET, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 134, páginas 5814 a 5814 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4785

TEXTO

Anuncio Acuerdo de Escisión Parcial

En cumplimiento con lo establecido en el artículo 43, por remisión del artículo 73, ambos de la Ley 3/2009 de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que el Socio Único común tanto de la mercantil Sol Factor, S.L.U. (Sociedad Escindida), cuya nueva denominación pasará a ser Sun Planet Eyewear, S.L.U., como de la mercantil Grupo Opticalia-Sun Planet, S.L.U. (Sociedad Beneficiaria), ejerciendo las competencias de la Junta General de ambas sociedades, acordó con fecha 6 de julio de 2023 la escisión parcial sin extinción de Sol Factor, S.L.U. mediante la transmisión en bloque de una parte de su patrimonio, que forma una rama de actividad, en concreto la rama de agencia de publicidad y marketing, a la sociedad beneficiaria preexistente Grupo Opticalia-Sun Planet, S.L.U., adquiriendo esta por sucesión a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de dicha rama de actividad económica autónoma.

El acuerdo de escisión parcial se ha adoptado con base en el Proyecto Común de Escisión Parcial de Sociedades gemelas, aprobado por el administrador único de ambas sociedades participantes en fecha 28 de junio de 2023, sirviendo de base para la operación los Balances auditados en ambas Sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2022. En el acuerdo de escisión parcial adoptado consta el detalle de los elementos del activo y pasivo que componen la rama de actividad escindida y que constituye una unidad económica autónoma.

Como consecuencia de la escisión parcial, la Sociedad Escindida ha reducido su capital social en el importe de 120,20 euros.

El acuerdo de escisión ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los administradores ni expertos independientes sobre el Proyecto de Escisión Parcial, dado que el acuerdo de escisión ha sido aprobado por el socio único común de ambas sociedades, siendo de aplicación los artículos 42, 49 y 52 de la mencionada LME, en relación con el artículo 73.1.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida y de la Sociedad Beneficiaria a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de situación que sirven de base a la escisión. Los acreedores de ambas sociedades pueden oponerse a la escisión en los términos establecidos en el art.44 LME durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de escisión.

Tres Cantos, Madrid, 6 de julio de 2023.- El Administrador Único de Sol Factor, S.L.U. y de Grupo Opticalia-Sun Planet, S.L.U, D. José Luis Carceller Uriarte.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid