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Documento BORME-C-2023-4601

ANDRÉS CARRASCO E HIJOS S.A.
(SOCIEDAD SEGREGADA)
TRIVIUM AGRONOMÍA Y MAQUINARIA S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA)

Publicado en:
«BORME» núm. 128, páginas 5610 a 5610 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-4601

TEXTO

ANUNCIO DE SEGREGACIÓN

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión expresa del artículo 73.1 del mismo texto legal, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias Universales de Socios de ANDRES CARRASCO E HIJOS, S.A. y TRIVIUM AGRONOMIA Y MAQUINARIA, S.L. celebradas los días 20 y 21 de junio de 2.023 respectivamente, acordaron, cada una de ellas, la segregación de una unidad económica de ANDRES CARRASCO E HIJOS, S.A. (sociedad Segregada) a favor de TRIVIUM AGRONOMIA Y MAQUINARIA, S.L. (Sociedad Beneficiaria).

La segregación ha sido acordada sobre la base del proyecto común de segregación formulado por los órganos de administración de ambas sociedades, con fecha 15 de junio de 2.023, no habiendo sido depositado ni publicado al haberse adoptado el acuerdo de segregación en junta universal y por unanimidad, según lo previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009.

La segregación implica el traspaso en bloque, por sucesión universal, de la parte del patrimonio de la Sociedad Segregada dedicada al negocio de distribución y venta de maquinaria agrícola y repuestos, así como el arrendamiento y reparación de aquella, constitutiva de una unidad económica, a favor de la Sociedad Beneficiaria y la atribución de las participaciones sociales de la sociedad beneficiaria a la sociedad segregada.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la segregación a obtener el texto íntegro de los acuerdos de segregación y de los balances de la segregación.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades participantes en la segregación a oponerse a la misma, durante el plazo de un mes, contando a partir de la publicación del último anuncio de segregación, conforme a lo establecido en el artículo 44 LME.

Málaga, 30 de junio de 2023.- Administrador Único, Juan Carlos Carrasco Ales.

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