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Documento BORME-C-2023-3807

PROMOCIONES URBANAS VARA DE REY, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
ALCEX NOVA, S.L., NIBEJUAN, S.L. Y EXNER PRIME, S.L.
(SOCIEDADES BENEFICIARIAS DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 105, páginas 4686 a 4686 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2023-3807

TEXTO

A los efectos de lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de Abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que la Junta General de la sociedad PROMOCIONES URBANAS VARA DE REY, S.L. (Sociedad escindida) celebrada el 31 de Mayo de 2023, ha aprobado por unanimidad, la escisión total proporcional de PROMOCIONES URBANAS VARA DE REY, S.L., con división total de su patrimonio en tres partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque por sucesión universal a favor de tres sociedades beneficiarias de nueva constitución: 1ª la mercantil de nueva creación ALCEX NOVA, S.L., 2ª la mercantil de nueva creación NIBEJUAN, S.L. y 3ª la mercantil de nueva creación EXNER PRIME, S.L. (las Sociedades Beneficiarias).

La escisión total proporcional implicará la transmisión por sucesión universal de todo el patrimonio de la Sociedad Escindida, que quedará disuelta y extinguida, en tres bloques, a favor de las tres sociedades beneficiarias que se constituyen al efecto, con el consiguiente traspaso de los activos y pasivos de la Sociedad Escindida, en los términos del Proyecto de Escisión Total Proporcional suscrito en fecha 31 de Mayo de 2023 por el Órgano de Administración de la Sociedad Escindida.

La escisión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 de la LME al tratarse de una escisión total proporcional, por la que los accionistas participarán en el capital social de las Sociedades Beneficiarias en la misma proporción en la que participaban en la Sociedad Escindida.

Asiste a los socios y acreedores de la Sociedad Escindida el derecho a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión y, a los acreedores, el derecho a oponerse a la escisión durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión en los términos de los artículos 43.1 y 44 de la LME.

Madrid, 1 de junio de 2023.- El secretario y presidente del Consejo de Administración de Promociones Urbanas Vara de Rey, S.L, D. Daniel Exner Argüero y D. Jose Ignacio Exner Arízaga.

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