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Documento BORME-C-2022-7997

LOCALES AMIEL, S.L.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
LOCALES EMA, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE)
VEREDA DEL PILAR, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA PREEXISTENTE)

Publicado en:
«BORME» núm. 235, páginas 9527 a 9527 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2022-7997

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, por remisión del artículo 73, todos ellos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo la "Ley") y demás disposiciones aplicables, se hace público que, con fecha 22 de noviembre de 2022, la Junta General Extraordinaria y Universal de LOCALES AMIEL, S.L. (sociedad escindida), acordó, por unanimidad, aprobar la escisión total de la sociedad, con la extinción de la misma, mediante su disolución sin liquidación, y el traspaso en bloque de todo su patrimonio social a dos sociedades beneficiarias preexistentes, LOCALES EMA, S.L. y VEREDA DEL PILAR, S.L., (las Sociedades Beneficiarias).

Se hace constar que el acuerdo de escisión total ha sido igualmente adoptado por unanimidad de los socios de las Sociedades Beneficiarias mediante acuerdo de su junta general de fecha 22 de noviembre de 2022, conforme a los términos establecidos en el proyecto de escisión total común elaborado por los órganos de administración de las sociedades escindida y beneficiarias de la escisión, y aprobada de forma unánime por el 100 por 100 de sus capitales sociales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley, el acuerdo de escisión total ha sido adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, y sin informe de los administradores, al haberse adoptado por la decisión unánime de los socios de las sociedades participantes en la escisión total.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en el proceso de escisión a obtener gratuitamente el texto íntegro del acuerdo de escisión total adoptado y los balances de escisión.

Del mismo modo, se hace constar el derecho de oposición a la operación de escisión total que asiste a los acreedores de las sociedades participantes dentro del plazo de un mes desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de escisión total, todo ello en los términos previstos en los artículos 43 y 44 de la Ley.

Madrid, 22 de noviembre de 2022.- Don Gregorio Marañón y Bertrán de Lis, Administrador Solidario de Locales Amiel, S.L y Administrador Único de Locales Ema, S.L. y Doña Pilar de Solís y Martínez Campos, Administradora Única de Vereda del Pilar, S.L.

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