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Documento BORME-C-2021-4484

DOCTORALIA INTERNET, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INGENIESIA DESARROLLO CLOUD, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 113, páginas 5583 a 5583 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4484

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles se hace público que, el día 1 de junio de 2021, el Socio Único de DOCTORALIA INTERNET, S.L.U. (Sociedad absorbente), y el socio único de INGENIESIA DESARROLLO CLOUD, S.L.U. (Sociedad absorbida), han acordado la fusión de las mencionadas sociedades mediante la absorción por parte de DOCTORALIA INTERNET, S.L.U. (Sociedad absorbente), de INGENIESIA DESARROLLO CLOUD, S.L. (Sociedad absorbida), con la transmisión a título universal de su patrimonio íntegro a la Sociedad absorbente y disolución sin liquidación de la Sociedad absorbida, todo ello de conformidad con el Proyecto Común de Fusión de fecha 1 de junio de 2021.

Se deja expresa constancia de que al pertenecer de forma directa la totalidad de las participaciones de INGENIESIA DESARROLLO CLOUD, S.L.U. (Sociedad absorbida), a la sociedad de nacionalidad española DOCTORALIA INTERNET, S.L.U. (Sociedad absorbente), de conformidad con lo establecido en el artículo 52 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, la fusión se lleva a cabo sin ampliación de capital en la Sociedad absorbente.

De conformidad con lo establecido en el mencionado artículo 43 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los respectivos Balances de Fusión, así como el derecho de los acreedores a oponerse a la fusión en los términos y con los efectos legalmente previstos, en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Asimismo, se ha dado cumplimiento a lo expuesto en el artículo 39 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, de forma que se ha comunicado a los trabajadores afectados de las sociedades intervinientes en el proceso de fusión, poniendo a su disposición la documentación e información exigida por la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Barcelona, 1 de junio de 2021.- El Administrador solidario de la entidad Doctoralia Internet, S.L.U., Sociedad Absorbente, Carlos José Villaverde Corominas.- El Administrador único de la entidad Ingeniesia Desarrollo Cloud, S.L.U., Sociedad Absorbida, Carlos José Villaverde Corominas.

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