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Documento BORME-C-2021-4294

GELATS I TURRONS LLORENS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
LLORENS RAMBLA 51, S.L. UNIPERSONAL
VILANOVA HOLDING, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 109, páginas 5368 a 5369 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2021-4294

TEXTO

Anuncio de Fusión Impropia por Absorción.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 -por remisión del artículo 52- ambos de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales de Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que, el 7 de junio de 2021, tanto los Socios de Gelats i Turrons Llorens, S.L. (Sociedad absorbente), así como la Socia Única de las Sociedades "Llorens Rambla 51, S.L.U. (Sociedad absorbida), y de Vilanova Holding, S.L.U. (Sociedad absorbida), respectivamente, actuando en funciones de Junta General Extraordinaria de Socios, han acordado aprobar la fusión por absorción de "Llorens Rambla 51, S.L.U." y "Vilanova Holding, S.L.U.", respectivamente, con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de cada una de las Sociedades absorbidas, que se extinguirán mediante la disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la Sociedad absorbente, "Gelats i Turrons Llorens, S.L.", todo ello en los términos del Proyecto de Fusión formulado y suscrito el 7 de junio de 2021 por el Órgano de Administración de cada una de las Sociedades participantes en la fusión, respectivamente, que fue aprobado por la Junta General de Socios de la Sociedad absorbente y por la Socia Única de cada una de las Sociedades absorbidas, ejerciendo funciones de Junta General Extraordinaria y Universal de Socios.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto la Sociedad absorbente es la Socia Única de las dos (2) Sociedades absorbidas y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1. de la LME -por remisión del artículo 52-, no procede establecer ningún tipo de canje de las participaciones, ni ampliar el capital de la Sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los Administradores y Expertos Independientes sobre el Proyecto de Fusión, ni incluir en el mismo las menciones 2.ª, 6.ª, 9.ª y 10.ª del artículo 31 de la mencionada LME.

En consecuencia, se procede a la disolución y extinción sin liquidación y traspaso en bloque de todo el activo y pasivo de las dos (2) Sociedades absorbidas a la Sociedad absorbente.

Las operaciones de las Sociedades absorbidas se considerarán realizadas, a efectos contables, por cuenta de la Sociedad absorbente a partir del 1 de enero de 2021, fecha en la que se ha producido la incorporación de las Sociedades absorbidas al grupo empresarial de la Sociedad absorbente.

No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la Sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de Fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las Sociedades en el plazo de un (1) mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello, según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Vilanova i la Geltrú, 7 de junio de 2021.- Gelats i Turrons Llorens, S.L. (Sociedad Absorbente), la Presidenta del Consejo de Administración, Núria Nicolau Llorens.- Llorens Rambla 51, S.L.U. (Sociedad Absorbida), la Administradora única, M.ª Clara Villagarcía Nicolau.- Vilanova Holding, S.L.U. (Sociedad Absorbida), el Administrador único, Óscar Villagarcía Nicolau.

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