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Documento BORME-C-2020-2120

CAPELLA ATLÁNTICO, S.L.

Publicado en:
«BORME» núm. 101, páginas 2681 a 2682 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2020-2120

TEXTO

Doña Irina Selegenenko, en su calidad de Administradora única de la sociedad CAPELLA ATLÁNTICO, S.L., acuerda convocar Junta General Extraordinaria de socios, que se celebrará el próximo día 5 de agosto de 2020, a las 10:00 horas, en el domicilio social, sito en Las Palmas de Gran Canaria, calle Buenos Aires, número 3, con el siguiente

Orden del día

Primero.- Estudio y, en su caso, aprobación del Balance correspondiente al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2019, como balance que sirva de base en el traslado internacional de domicilio de la Sociedad.

Segundo.- Aprobación, si procede, del traslado internacional de domicilio social de la Sociedad a Chipre.

Tercero.- Determinación del nuevo domicilio social en Chipre.

Cuarto.- Aprobación, si procede, de la nueva denominación social.

Quinto.- Aprobación, si procede, de los nuevos Estatutos sociales que regirán la Sociedad una vez sea efectivo el traslado del domicilio social.

Sexto.- Ratificación o confirmación del cargo de Administrador único.

Séptimo.- Ruegos y preguntas.

Octavo.- Lectura y, en su caso, aprobación del acta de la Junta.

Conforme los artículos 196 y 287 de la Ley de Sociedades de Capital (LSC), se hace constar que los señores socios podrán solicitar por escrito, con anterioridad a la reunión de la Junta general o verbalmente durante la misma, los informes o aclaraciones que estimen precisos acerca de los asuntos comprendidos en el Orden del día. Asimismo, conforme al artículo 98 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace constar que: a) El domicilio social actual de la Sociedad radica en Las Palmas de Gran Canaria (España), calle Buenos Aires, n.º 3, 35002. b) El domicilio social que en el extranjero pretende tener la Sociedad es el sito en oficina/apartamento 302, Naousis Str 3, 2021 Strovolos, Nicosia, Chipre. c) Los socios y los acreedores tienen el derecho de examinar en el domicilio social actual el Proyecto de traslado internacional de domicilio social, depositado en el Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria con fecha 16 de abril de 2020, y el Informe formulado por la Administradora Única de Capella Atlántico, S.L., en relación con el proyecto de traslado internacional del domicilio social, así como de obtener gratuitamente, si así lo solicitaren, copias de dichos documentos. d) El socio que vote en contra del acuerdo de traslado del domicilio social al extranjero tendrá el derecho a separarse de la Sociedad conforme al artículo 99 de la LME y el Título IX de la LSC. e) Los acreedores de la Sociedad cuyo crédito hubiera nacido antes de la fecha de publicación del proyecto de traslado del domicilio social al extranjero, tendrán el derecho a oponerse al traslado hasta que se les garanticen tales créditos, en los términos establecidos para la oposición a la fusión conforme los artículos 44 y 100 de la LME. Podrán ejercitar este derecho durante el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se apruebe el traslado o, en caso de comunicación individual y por escrito a todos los socios y acreedores, del envío de la comunicación al último de ellos.

Las Palmas de Gran Canaria, 25 de mayo de 2020.- La Administradora única, Irina Selegenenko.

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