Está Vd. en

Documento BORME-C-2020-1598

DOMINION SMART SOLUTIONS, S.A.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
DOMINION INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 90, páginas 2040 a 2040 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2020-1598

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, en relación al artículo 73 de la misma Ley y disposiciones concordantes, se hace público que el accionista y socio único de Dominion Smart Solutions, S.A.U. (NIF A48186415), y Dominion Investigación y Desarrollo, S.L.U. (NIF B95315412), ha acordado con fecha 14 de abril de 2020 la escisión parcial de la primera en favor de la segunda, beneficiaria preexistente, que adquiere, por sucesión universal, todos los derechos y obligaciones, activos, pasivos y relaciones jurídicas de todo tipo vinculadas al patrimonio escindido, consistente en la agencia de que la sociedad escindida es titular en Chile, que constituye una unidad económica y organizativa autónoma e independiente.

En aplicación de los artículos 42, 49, 73, y 78 y siguientes de la Ley 3/2009, siendo sociedades unipersonales (pertenecientes al mismo socio único), los acuerdos de escisión han sido unánimes y sin que en la beneficiaria de la escisión (sociedad de responsabilidad limitada) se prevea aumento de capital, no siendo necesario informe de administradores ni la intervención de expertos independientes para emitir informe sobre el proyecto de escisión (que no ha sido preciso depositar en el Registro Mercantil) ni para opinar sobre el patrimonio aportado, respetándose los derechos de información expresamente recogidos en dicho art. 42.

Se hace constar el derecho de todos los socios y acreedores de las sociedades que participan en la escisión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y el balance de escisión, así como el derecho que asiste (en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009) a los acreedores de las sociedades que intervienen en ella a oponerse a ésta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo.

Bilbao, 15 de abril de 2020.- El representante persona física designado por Global Dominion Access, S.A. (Administrador único de Dominion Smart Solutions, S.A.U., y Dominion Investigación y Desarrollo, S.L.U.), Mikel Félix Barandiarán Landín.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid