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Documento BORME-C-2018-9030

CLÍNICA SEAR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 227, páginas 10507 a 10508 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2018-9030

TEXTO

Convocatoria de Junta General Extraordinaria. De conformidad con lo establecido en el artículo 173 de la Ley de Sociedades de Capital, el órgano de administración convoca Junta General Extraordinaria de Accionistas de CLÍNICA SEAR, S.A., a celebrar en el domicilio social el próximo día 28 de diciembre de 2018, a las 11.00 horas, en primera convocatoria y, en su caso, el día siguiente, en el mismo lugar y hora, en segunda convocatoria, para deliberar y resolver los asuntos del siguiente

Orden del día

Primero.- Reducción y aumento del capital social simultáneos con la finalidad de restablecer el equilibrio entre el capital social y el patrimonio neto de la Sociedad, disminuido a consecuencia de las pérdidas acumuladas de ejercicios precedentes, en los siguientes términos: Aprobación del balance de la Sociedad cerrado a 30 de Septiembre de 2018. Aplicación de las reservas a la compensación de pérdidas. Reducción del capital social para compensar pérdidas de la Sociedad mediante la disminución del valor nominal de todas las acciones en la cantidad de 2,38 euros, dejando fijado su valor nominal en 0,63 euros. Ampliación del capital social hasta la cifra máxima de tres millones cuatrocientos dos mil euros mediante la emisión de 5.400.000 nuevas acciones, iguales, indivisibles y acumulables, serie primera 6 de 0,63 euros de valor nominal cada una de ellas, numeradas correlativamente de la 3066273 a 8466272 ambos inclusive, sin prima de emisión. El importe del aumento será satisfecho mediante aportaciones dinerarias y desembolsado íntegramente con la suscripción. Fijación de las condiciones de suscripción y desembolso, respetando el derecho de suscripción preferente de los actuales accionistas. Consiguiente modificación, en su caso, del artículo 7º de los estatutos sociales. Se prevé para el supuesto de suscripción incompleta del aumento de capital de conformidad con el art. 311 de la LSC que se ejecute por el importe de las suscripciones y desembolsos efectivamente obtenidos.

Segundo.- Delegación en el órgano de administración de las facultades para ejecutar el acuerdo a adoptar en la propia Junta de aumentar el capital social, y en especial para fijar las condiciones del mismo en todo lo no previsto en el acuerdo de la junta general y para modificar los estatutos sociales, dando nueva redacción al artículo 7 º a fin de reflejar la nueva cifra de capital social resultante de la ampliación y el número de acciones en que el mismo haya quedado dividido, conforme al art.297 LSC.

Tercero.- Redacción, lectura y, en su caso, aprobación del acta.

Se hace constar el derecho que corresponde a todos los accionistas de examinar en el domicilio social de la Compañía, y de obtener de la sociedad, de forma inmediata y gratuita todos los documentos que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta, especialmente los siguientes: el informe del órgano del administración sobre la reducción y aumento de capital simultáneos; el balance de situación verificado por el auditor de cuentas de la Sociedad; el texto íntegro de todas las modificaciones estatutarias propuestas.

Madrid, 23 de noviembre de 2018.- El Administrador único, Salvador Soler Fábregas.

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