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Documento BORME-C-2018-7824

AUTOESCUELAS TAMARAN, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
AUTOESCUELA LOS ALISIOS, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 201, páginas 9119 a 9119 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-7824

TEXTO

Anuncio de fusión impropia por absorción

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME"), se hace público que los socios de la sociedad Autoescuelas Tamaran, S.L (sociedad absorbente), en decisión adoptada el 17 de septiembre de 2018, acordó la fusión impropia por absorción de la sociedad Autoescuela Los Alisios, S.L.U. (sociedad absorbida) por parte de Autoescuelas Tamaran, S.L., con la entera transmisión en bloque del patrimonio social de las sociedades absorbidas, que se extinguirán, mediante la disolución sin liquidación, y consiguiente sucesión universal de sus derechos y obligaciones por la sociedad absorbente, todo ello en los términos del proyecto común de fusión impropia suscrito el día 17 de septiembre de 2018 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión, que fue aprobado por los socios de la sociedad absorbente.

La fusión tiene carácter de impropia por cuanto las sociedades absorbidas están íntegramente participadas por la sociedad absorbente y de acuerdo con la LEM, no procede establecer tipo de canje de las participaciones y acciones, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente, ni la aprobación del socio único de las sociedades absorbidas. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes del proyecto común de fusión impropia. No se producirá ninguna modificación estatutaria en la sociedad absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición de los acreedores de la fusión, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Vecindario, Santa Lucía, 15 de octubre de 2018.- Administradores Mancomunados, D. Gemán López Pérez, D. Pedro López Pérez y D. Néstor González Pérez.

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