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Documento BORME-C-2018-6639

VENDOMAT INTERNATIONAL, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ESPRESSA SMART DISTRIBUTION CANARIAS, S.L.U.
DINAMIC VENDING, S.L.U.
CASMOCH, S.L.U.
ILLA COFFEE SYSTEMS, S.L.U.
PROGRESO DEL VENDING, S.L.U.
BLUMATIC, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 148, páginas 7751 a 7751 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6639

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 4 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (LME), se hace público que, en fecha 17 de julio de 2018, los accionistas de Vendomat International, S.A., en Junta General Extraordinaria y Universal, han acordado por unanimidad aprobar la fusión de Vendomat International, S.A., como sociedad absorbente, con las sociedades Espressa Smart Distribution Canarias, S.L.U., Dinamic Vending, S.L.U., Casmoch, S.L.U., Illa Coffee Systems, S.L.U., Progreso del Vending, S.L.U. y Blumatic, S.L.U., como sociedades absorbidas, mediante la absorción de Espressa Smart Distribution Canarias, S.L.U., Dinamic Vending, S.L.U., Casmoch, S.L.U., Illa Coffee Systems, S.L.U., Progreso del Vending, S.L.U. y Blumatic, S.L.U., que se disuelven y extinguen sin liquidación, por parte de Vendomat International, S.A., que adquiere en bloque y a título universal el patrimonio de las referidas sociedades absorbidas. La fusión se realiza (i) tomando como base los balances de fusión de las correspondientes sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2017, aprobados de forma previa al acuerdo de fusión, y (ii) conforme al Proyecto Común de Fusión, suscrito el día 26 de junio de 2018 por los órganos de administración de las sociedades participantes en la fusión y aprobado, por unanimidad, en la Junta General Extraordinaria de accionistas de Vendomat International, S.A. celebrada en fecha 17 de julio de 2018 con el carácter de Universal. La fusión tiene carácter de impropia por cuanto todas las sociedades absorbidas, están íntegramente participadas de forma directa por la sociedad absorbente y, de acuerdo con el artículo 49 de la LME, no procede establecer tipo de canje de las participaciones y acciones, ni ampliar el capital de la sociedad absorbente. Tampoco procede elaborar los informes de los administradores y expertos independientes sobre el proyecto común de fusión impropia. No se producirá ninguna modificación estatutaria en la Sociedad Absorbente.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los accionistas, socios y acreedores de cada una de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de las decisiones adoptadas y de los balances de fusión en el domicilio social de las mismas, así como de ejercer el derecho de oposición por los acreedores y obligacionistas de las sociedades participantes, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de la fusión, todo ello según lo previsto en los artículos 43 y 44 de la LME.

Sant Feliu de Llobregat, 30 de julio de 2018.- Por Vendomat International, S.A., como Presidente del Consejo de Administración, y por Espressa Smart Distribution Canarias, S.L.U., Dinamic Vending, S.L.U., Casmoch, S.L.U., Illa Coffee Systems, S.L.U., Progreso del Vending, S.L.U. y Blumatic, S.L.U., como Administrador único de todas ellas, Makalbe Consulting 2011, S.L., representada por don Alberto Cipelli, designado por éstas para el desempeño de dichos cargos.

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