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Documento BORME-C-2018-6083

LABORATORIO ECHEVARNE, S.A.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SEVILAB, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 133, páginas 7132 a 7132 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-6083

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante, "LME"), se hace público que el día 28 de junio de 2018, el socio único de LABORATORIO ECHEVARNE, S.A. (sociedad absorbente) y de SEVILAB, S.L. (sociedad absorbida), en ejercicio cada uno de ellos de las competencias propias de la Junta General Extraordinaria y Universal de Accionistas/Socios, han aprobado la fusión por absorción de la sociedad LABORATORIO ECHEVARNE, S.A. (sociedad absorbente) con SEVILAB, S.L. (sociedad absorbida) sobre la base del proyecto común de fusión de fecha 25 de junio de 2018. La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la sociedad absorbida a la sociedad absorbente y la disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma. Habiéndose aprobado asimismo los Balances de fusión de ambas compañías, cerrados a 31 de diciembre de 2017.

A los efectos anteriores se pone de manifiesto que a la presente fusión por absorción le resulta de aplicación el procedimiento simplificado previsto en el artículo 49 de la LME.

El acuerdo de fusión ha sido adoptado en los términos establecidos en el Proyecto de Fusión suscrito por los órganos de administración de las sociedades intervinientes en la fusión. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal por el accionista/socio único de cada sociedad. Se hace constar que LABORATORIO ECHEVARNE, S.A. es el socio único de SEVILAB, S.L.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades a fusionar, de solicitar y obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión por absorción adoptado y los balances de fusión, así como el derecho a oponerse a la fusión por absorción con los efectos legalmente previstos en el artículo 44 LME en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión por absorción.

Barcelona, 28 de junio de 2018.- Don Alfonso Echevarne Santamaría, Administrador solidario de SEVILAB, S.L. (sociedad absorbida) y don Fernando Echevarne Florence, Administrador único de LABORATORIO ECHEVARNE, S.A. (sociedad absorbente).

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