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Documento BORME-C-2018-5250

AVALMADRID, S.G.R.

Publicado en:
«BORME» núm. 111, páginas 6154 a 6156 (3 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2018-5250

TEXTO

Convocatoria de Junta General Ordinaria De conformidad con el artículo 18 de los Estatutos Sociales de la sociedad Avalmadrid, S.G.R. (en adelante, la "Sociedad"), por acuerdo del Consejo de Administración, de fecha 7 de junio de 2018, se convoca Junta General Ordinaria para su celebración en el domicilio social, esto es, calle Jorge Juan 30, Madrid, el día 27 de junio de 2018, a las doce horas, en primera convocatoria y, a falta de quórum, en el mismo lugar y hora el día 28 de junio de 2018, en segunda convocatoria (se prevé su celebración en primera convocatoria), con arreglo al siguiente

Orden del día

Primero.- Examen y aprobación, en su caso, de las cuentas anuales de la Sociedad correspondientes al ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2017.

Segundo.- Examen y aprobación, en su caso, de la Propuesta de Aplicación del Resultado del ejercicio cerrado a 31 de diciembre de 2017.

Tercero.- Aprobación, en su caso, de la gestión del Consejo de Administración durante el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2017.

Cuarto.- Fijación del límite máximo de avales a otorgar por la Sociedad durante el ejercicio 2018.

Quinto.- Examen y aprobación, en su caso, de las modificaciones estatutarias propuestas por el Consejo de Administración. Aprobación, en su caso, de un nuevo texto refundido de los estatutos sociales de la Sociedad.

Sexto.- Dimisión, nombramiento, reelección y/o ratificación de Consejeros, previa fijación de su número dentro del mínimo y máximo previsto estatutariamente. Aprobación, en su caso, de la remuneración de los administradores.

Séptimo.- Ruegos y preguntas.

Octavo.- Delegación de facultades.

Noveno.- Redacción, lectura y, en su caso, aprobación del acta.

Contenido de la modificación estatutaria prevista bajo el punto quinto del orden del día. En relación con el punto quinto del orden del día, se hace constar a los efectos de lo previsto en el artículo 45 de la Ley 1/1994, de 11 de marzo, de Régimen Jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca, los artículos y materias cuya modificación se propone: - Artículo 1: Se denomina a la Ley 1/1994 de 11 de marzo sobre el Régimen Jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca como la "Ley 1/1994". Por tanto, todos aquellos artículos que hagan referencia a la Ley 1/1994 de 11 de marzo sobre el Régimen Jurídico de las Sociedades de Garantía Recíproca se modificaran por la expresión "Ley 1/1994". - Artículo 10: En el párrafo cuarto del artículo 10 se elimina la indicación de "en la persona del o de" los nuevos titulares. - Artículo 11: En el apartado A) se elimina la indicación "Derechos esenciales comunes a todos los socios" y se actualizan las referencias normativas de la Ley de Sociedades Anónimas por las de la Ley de Sociedades de Capital. Asimismo, el apartado B) relativo a los "Derechos adicionales de los socios partícipes" queda eliminado. - Artículo 12: Se propone reducir de seis a tres meses el plazo de preaviso con el que los socios deben comunicar a la Sociedad el ejercicio del derecho de reembolso de sus participaciones sociales. - Artículo 13: Se aclara que el restante "un quinto" podrá estar integrado por empresas que no sean ni pequeñas ni medianas y por socios protectores. Asimismo, en el apartado a) punto tercero, se suprime la indicación de "y desembolsar". - Artículo 17: En el último párrafo se cambia la palabra "tomarse" por la de "adoptarse". - Artículo 18: De conformidad con lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital, se aclara que los días son naturales, y se actualizan las referencias normativas de la Ley de Sociedades Anónimas por las de la Ley de Sociedades de Capital. - Artículo 20: Se eliminan las referencias normativas a la Ley de Sociedades Anónimas. - Artículo 21: Se propone reducir el número máximo de miembros del Consejo de Administración de veinticinco a veinte. Asimismo, se modifican los párrafos octavo, noveno y décimo al objeto de su adaptación a lo previsto en la Ley de Fomento para la financiación empresarial. - Artículo 23: Se introduce un nuevo artículo en el que se prevé la figura de los consejeros independientes ("Composición cualitativa del Consejo de Administración"). - Artículo 25: Se modifica la redacción de dicho artículo para su adaptación al contenido de la vigente Ley de Sociedades de Capital, haciendo constar que "el Consejo deberá ser convocado también cuando lo solicite un tercio, al menos, de sus componentes". Se elimina el párrafo séptimo relativo a la retribución, puesto que se propone crear un nuevo artículo relativo a la retribución de los Consejeros. Por último, se han actualizado las referencias normativas de la Ley de Sociedades Anónimas por las de la Ley de Sociedades de Capital. - Artículo 26: Se introduce un nuevo artículo 26 relativo a la "Retribución de los consejeros", en el que se prevé únicamente la remuneración a los consejeros independientes. - Artículo 27: El artículo 27 se ha modificado como consecuencia de las modificaciones establecidas por la Ley de Fomento para la financiación empresarial. - Artículo 34: Se actualizan las referencias normativas de la Ley de Sociedades Anónimas por las de la Ley de Sociedades de Capital. - Artículo 35: Se modifica el apartado f) de dicho artículo al objeto de adaptarlo a lo previsto en la Ley de Sociedades de Garantía Recíproca, quedando redactado de la siguiente forma: "Por declaración de concurso de acreedores de la Sociedad", cuando antes indicaba "Por quiebra de la Sociedad". Asimismo, se actualizan las referencias normativas de la Ley de Sociedades Anónimas por las de la Ley de Sociedades de Capital. - Artículo 38: Se modifica todo el artículo actualizando las referencias normativas de la Ley de Sociedades Anónimas por las de la Ley de Sociedades de Capital. Derecho de información. En relación con los puntos primero, segundo y tercero del orden del día, se hace constar que a partir de esta fecha los socios podrán obtener de la Sociedad, de forma inmediata y gratuita, los documentos relativos a las cuentas anuales de la Sociedad que han de ser sometidos a la aprobación de la Junta general, así como el informe de gestión y el informe de los auditores de cuentas. En relación con el referido punto quinto del orden del día y las modificaciones estatutarias en él propuestas, se hace constar expresamente el derecho de los socios a examinar en el domicilio social y, en su caso, a solicitar la entrega o el envío gratuito del Informe de los administradores en relación con las modificaciones estatutarias que se proponen, así como el texto íntegro de las mismas.

En Madrid, 8 de junio de 2018.- La Presidenta del Consejo de Administración, Doña Rosario Rey García.

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