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Documento BORME-C-2018-3466

DRESSER-RAND HOLDINGS SPAIN, S.L. UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
GRUPO GUASCOR, S.L., UNIPERSONAL
GUASCOR WIND, S.L., UNIPERSONAL
Y
GUASCOR SOLAR CORPORATION, S.A. UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 93, páginas 4126 a 4127 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-3466

TEXTO

ANUNCIO DE FUSIÓN

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que el pasado 10 de mayo de 2018, el socio único de Dresser-Rand Holdings Spain, S.L. Unipersonal (Sociedad Absorbente) y los socios únicos y accionista único de Grupo Guascor, S.L. Unipersonal, Guascor Wind, S.L. Unipersonal y Guascor Solar Corporation, S.A. Unipersonal, respectivamente (Sociedades Absorbidas ) han decidido atendiendo a lo establecido en el artículo 42 de la LME, la fusión por absorción mediante la integración de la totalidad del patrimonio empresarial de Grupo Guascor, S.L. Unipersonal, Guascor Wind, S.L. Unipersonal Y Guascor Solar Corporation, S.A. Unipersonal, respectivamente a favor de Dresser-Rand Holdings Spain, S.L. Unipersonal (Sociedad Absorbente), quien adquiere por sucesión y a título universal todos los derechos y obligaciones integrantes de la misma, en los términos y condiciones del proyecto de fusión suscrito por los miembros de los órganos de administración de todas las sociedades absorbidas y absorbente de fecha 10 de abril de 2008, que ha sido aprobado por el socio único de la sociedad absorbente y los socios únicos y accionista único de las sociedades absorbidas respectivamente.

Dresser-Rand Holdings Spain, S.L. Unipersonal es la titular directa o indirecta (en este último caso, a través de Sociedades Absorbidas participantes en este proceso de fusión) de todas las acciones y participaciones sociales en que se divide el capital social de las Sociedades Absorbidas, Grupo Guascor, S.L. Unipersonal, Guascor Wind, S.L. Unipersonal Y Guascor Solar Corporation, S.A. Unipersonal, por lo que la fusión se realiza siguiendo los requisitos de fusión especial, por absorción de sociedades íntegramente participadas establecidos en el artículo 49 LME. En consecuencia, se procede a la disolución sin liquidación y traspaso en bloque de los patrimonios sociales de las sociedades absorbidas a la Sociedad Absorbente. La fusión tendrá sus efectos contables a partir del 1 de octubre de 2017.No se producirá, como consecuencia de la fusión, modificación estatutaria alguna en la Sociedad Absorbente.

El órgano de administración de la Sociedad absorbente y absorbidas, ha puesto a disposición de los trabajadores, en los domicilios sociales con el derecho a obtener la entrega y envío gratuito de los mismos, los documentos que resultan de aplicación a un proceso abreviado de fusión de entre los que se relacionan en el artículo 39.1 de la mencionada Ley 3/2009. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, en el domicilio social de las mismas, así como el derecho de oposición que asiste a los acreedores de las sociedades que se fusionarán por el plazo de un (1) mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión, todo ello, según lo previsto en los artículo 43 y 44 de la LME.

Vitoria-Gasteiz, 11 de mayo de 2018.- Daniel Peter McGrail en su calidad de Presidente del Consejo de la Sociedad Absorbente Dresser-Rand Holdings Spain, S.L. Unipersonal y de la Sociedad Absorbida Grupo Guascor, S.L. Unipersonal, Íñigo Abrisketa Benito y José María Hidalgo Casas en su calidad de Administradores Mancomunados de la Sociedad Absorbida Guascor Wind, S.L. Unipersonal y Jesús Ukar Angulo en su calidad de Presidente del Consejo de la Sociedad Absorbida Guascor Solar Corporation, S.A. Unipersonal.

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