De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la LME, se hace público que, en fecha 26 de abril de 2018, el Socio único de Karavan Line, S.L. unipersonal y Rent Alquiler de Autocaravanas Málaga, S.L. unipersonal ha decidido la fusión por absorción de sociedades íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio, conforme a lo previsto en los artículos 49 y 52 de la LME; fusión realizada entre Karavan Line, S.L. unipersonal, como sociedad absorbente, y Rent Alquiler de Autocaravanas Málaga,, S.L. unipersonal, como sociedad absorbida, con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida y traspaso en bloque a título universal de todos los bienes, derechos y obligaciones que componen su patrimonio a la sociedad absorbente. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las Sociedades de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los Balances de fusión, los cuales se encuentran a su disposición en el domicilio social de las sociedades participantes en la fusión. Los acreedores de las Sociedades que se fusionan podrán oponerse a la misma, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes contado desde la fecha del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la fusión.
Málaga, 8 de mayo de 2018.- Joaquín Nieto Adame, persona física representante del Administrador único de Karavan Line, S.L.U.
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