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Documento BORME-C-2018-164

GESTILAN ESTACIONES DE SERVICIO, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
ESTACIÓN DE SERVICIO ROCES, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 9, páginas 192 a 192 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2018-164

TEXTO

De conformidad con el articulo 49 y 51 de la ley 3/2009, de 3 de abril sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles (en adelante Ley), se hace público el Proyecto Común de Fusión mediante el cual la Sociedad Absorbida será absorbida por su sociedad matriz, la Sociedad Absorbente (en adelante el Proyecto de Fusión). La fusión por absorción se realizara mediante disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, con aportación de todo su patrimonio a la Sociedad Absorbente, la cual se subrogara con carácter universal en la titularidad de todos sus activos, pasivos, derechos y obligaciones, conforme al balance de fusión de la sociedad Adsorbida cerrado a 31 de diciembre de 2017 y al balance de fusión de la sociedad absorbente, cerrado el 31 de diciembre de 2017. Con efectos 1 enero 2018.

La fusión se efectuara atendiendo a lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley, al encontrarse la Sociedad Adsorbida íntegramente participada por la sociedad absorbente. En consecuencia no resulta necesaria para fusión la inclusión en el proyecto de fusión de las menciones 2ª, 6ª, 9ª y 10ª del artículo 31 de la Ley, ni el aumento de capital social de la Sociedad Absorbente, ni los informes de los administradores y expertos independientes, ni la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Adsorbida. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 de la Ley, no resulta tampoco necesaria la aprobación de la fusión por la Junta General de la Sociedad Absorbente.

Asiste a los acreedores, titulares de derechos especiales y representantes de los trabajadores de las sociedades participantes en la fusión el derecho de examinar en el domicilio social el contenido del Proyecto de Fusión, de las cuentas anuales y los informes de gestión de los tres últimos años de las sociedades intervinientes en la fusión, y del balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión, mientras no se les garanticen sus créditos, en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 de la Ley.

León, 3 de enero de 2018.- Joseba Clemente Alonso, Administrador Gestilan, S.L. y Joseba Barrenengoa, Administrador ES Roces, S.L.

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