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Documento BORME-C-2018-1317

UNIÓN DEPORTIVA LAS PALMAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DEPORTIVA.

Publicado en:
«BORME» núm. 59, páginas 1602 a 1602 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2018-1317

TEXTO

El 27 de diciembre de 2017, la Junta General Extraordinaria de accionistas de la entidad UNIÓN DEPORTIVA LAS PALMAS, S.A.D., de conformidad con lo dispuesto en los artículos 304 y concordantes de la Ley de Sociedades de Capital, se aprobó la ampliación de capital y facultar al Consejo de Administración de la UD LAS PALMAS, S.A.D., para que fijen los términos y las condiciones de la ampliación de capital social de la entidad, por la cantidad de 1.061.448,00€, mediante la emisión de 11.292 acciones ordinarias de 94 euros de valor nominal, idénticas en derechos y obligaciones a las ya existentes, de su misma serie y clase, emitidas a su valor nominal, sin prima de emisión, o por la cantidad que finalmente se desembolse, así como para dar nueva redacción a los artículos de los estatutos relativos al capital social.

El contravalor de las acciones nuevas se hará efectivo mediante aportación dineraria. Las nuevas acciones deberán ser desembolsadas en un 100% en el momento de la suscripción, su importe deberá ser satisfecho en metálico o mediante cheque conformado nominativo a nombre de la sociedad en la cuenta de la entidad número ES91 3076 0760 2324 7056 2923 (CAJA 7 - Urbana1- Franchy Roca-Las Palmas). Indicando en el concepto de la transferencia/ingreso: "DESEMBOLSO DE AUMENTO DE CAPITAL".

Los actuales accionistas son titulares del derecho de suscripción preferente que la Ley les reconoce, y podrán ejercitarlo en el plazo de un mes desde el anuncio de la oferta de suscripción en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

Si transcurrido este plazo la ampliación no hubiera quedado suscrita en su totalidad, podrán los accionistas suscribir las acciones no suscritas en el plazo de quince días. Si transcurrido este último plazo no fueran suscritas todas las acciones emitidas, se abriría el periodo de suscripción a terceros no accionistas, por el plazo de un mes. Finalizado este plazo la ampliación se llevará a efecto por el importe finalmente suscrito. Si este importe fuera inferior a UN MILLÓN SESENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO EUROS (1.061.448 €), se llevará a efecto por el capital que resulte finalmente suscrito conforme al artículo 311 de la Ley de Sociedades de Capital

Aquellos accionistas que no ejerciten su derecho de suscripción preferente en los términos indicados en el párrafo anterior, se entenderán que renuncian irrevocablemente al mismo. Para el ejercicio del derecho de suscripción preferente, se establece, como relación de cambio, la de 6 acciones nuevas por cada 10 acciones antiguas. Para ejercitar el derecho será necesario figurar como titular de las acciones antiguas en el libro registro de acciones nominativas.

Las Palmas de Gran Canaria, 15 de marzo de 2018.- Miguel Ángel Ramírez Alonso, Presidente del Consejo de Administración de la entidad "UNIÓN DEPORTIVA LAS PALMAS, S.A.D.".

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