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Documento BORME-C-2017-9363

SANZ DESARROLLOS URBANOS, S.L.U.
(SOCIEDAD ESCINDIDA)
SISTEMAS Y HOMOLOGACIONES DE PROMOCIÓN Y DESARROLLO, S.L.U.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA, ABSORBENTE Y SEGREGADA)
S.H. TERRAFIEL, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 220, páginas 10804 a 10805 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2017-9363

TEXTO

Anuncio de escisión parcial, fusión por absorción y segregación simultánea.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), por remisión, en el caso de las operaciones de escisión y segregación señaladas más adelante, del artículo 73.1 LME, se hace público que con fecha 13 de noviembre de 2017, las mercantiles (i) Inversiones y Actividades Empresariales Alfonso y José Juan, S.L. ("AJ"), en su condición de socio único de la sociedad Sistemas y Homologaciones de Promoción y Desarrollo, S.L., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Beneficiaria", la "Sociedad Absorbente" o la "Sociedad Segregada", según corresponda), y de S.H. Terrafiel, S.L., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Absorbida"); y (ii) Sanz Actuaciones Urbanas, S.L. Sociedad Unipersonal ("SAU"), a su vez sociedad íntegramente participada por AJ, en su condición de socio único de la sociedad Sanz Desarrollos Urbanos, S.L., Sociedad Unipersonal (la "Sociedad Escindida");ejerciendo las funciones de Junta General de las anteriores sociedades, al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Sociedades de Capital, adoptaron, respectivamente, en unidad de acto pero con carácter sucesivo, las decisiones relativas a (i) la escisión parcial de una unidad económica y de negocio de la Sociedad Escindida, mediante su traspaso en bloque sin disolución ni liquidación a la Sociedad Beneficiaria, quedando, por tanto, la Sociedad Beneficiaria subrogada en todos los derechos y obligaciones recibidos; (ii) la fusión por absorción de la Sociedad Absorbida, mediante disolución sin liquidación con aportación en bloque por sucesión universal de su patrimonio social a la Sociedad Absorbente, quedando ésta última subrogada en la titularidad de todos los activos, pasivos, derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida; y (iii) la segregación de una unidad económica y de negocio de la Sociedad Segregada mediante su traspaso en bloque sin disolución ni liquidación a una sociedad beneficiaria de nueva creación, quedando por tanto, la sociedad beneficiaria de nueva creación subrogada en todos los derechos y obligaciones recibidos; y todo ello con arreglo a los términos establecidos en el proyecto común de escisión parcial, fusión por absorción y segregación simultánea, formulado y firmado por el administrador único de cada una de las sociedades implicadas con fecha 30 de septiembre de 2017 (el "Proyecto").

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a AJ y SAU en su condición de socios únicos de las sociedades implicadas en las operaciones descritas anteriormente así como a los acreedores de éstas de obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión y de escisión. A los efectos oportunos se hace constar que, al amparo de lo dispuesto en el artículo 78 bis de la LME, no se ha elaborado el balance de segregación.

Asimismo, se informa a los acreedores de cada una de las sociedades implicadas en las operaciones anteriormente expuestas, que podrán oponerse a la fusión, a la escisión y/o a la segregación descritas en el plazo y en los términos del artículo 44 de la LME.

Lliria (Valencia), 14 de noviembre de 2017.- Ildefonso Sanz Pérez, en su condición de persona física representante de Inversiones y Actividades Empresariales Alfonso y José Juan, S.L., mercantil Administradora única de Sanz Desarrollos Urbanos, S.L., Sociedad Unipersonal, Sistemas y Homologaciones de Promoción y Desarrollo, S.L., Sociedad Unipersonal y S.H. Terrafiel, S.L., Sociedad Unipersonal.

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