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Documento BORME-C-2017-827

AGUAS DE BORINES, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 37, páginas 951 a 951 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-827

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 304 y 305 de la Ley de Sociedades de Capital, se hace público que en fecha 10 de febrero de 2017 el consejo de administración de la sociedad, en uso de las facultades delegadas por la junta general de la misma de fecha 18 de junio de 2016, acordó aumentar el capital social en cuatrocientos sesenta y un mil trescientos doce euros (461.312 euros), mediante la emisión de cincuenta y siete mil seiscientas sesenta y cuatro (57.664) nuevas acciones ordinarias, a la par, es decir a un precio de ocho euros (8 euros), libres de gastos.

Los señores accionistas podrán ejercitar el derecho a suscribir un número de acciones proporcional al valor nominal de las que posean. A tales efectos cada acción existente antes de la ampliación de capital incorpora un derecho de suscripción preferente, correspondiendo a los accionistas de la sociedad una (1) acción nueva por cada dos (2) derechos de suscripción preferentes de los que sean titulares, es decir, tienen derecho a suscribir una (1) acción nueva por cada dos (2) acciones antiguas. En caso de picos o fracciones, los accionistas podrán agruparse entre sí para la suscripción de las acciones que correspondan. Los derechos de suscripción preferente serán transmisibles conforme al artículo 306. 2 de la LSC.

Las condiciones de esta ampliación serán las siguientes:

El desembolso de dicha ampliación se realizará de forma inmediata a la suscripción.

Los accionistas que deseen ejercitar su derecho de suscripción preferente deberán, en el plazo de un (1) mes, a contar desde la publicación del anuncio del presente acuerdo, comunicárselo al órgano de administración de la sociedad indicando las acciones que pretenden suscribir y procediendo de forma inmediata al desembolso de las mismas. De igual forma los accionistas podrán manifestar su interés por la suscripción de las acciones que, una vez transcurrido este plazo, no hubieran sido suscritas.

Transcurrido el plazo de suscripción preferente, se abrirá un período de adjudicación adicional en el que los accionistas que hayan ejercido su derecho de suscripción preferente podrán suscribir y desembolsar, en el mismo modo que en el primer período de suscripción preferente, las acciones que hubieran quedado sin suscribir.

Si fueran varios los accionistas interesados en suscribir las acciones ofrecidas, las acciones no suscritas se adjudicarán entre ellos en proporción al número de acciones que, sobre el total de acciones suscritas durante el período de ejercicio del derecho de suscripción preferente, representan las acciones que cada uno de ellos hubiera suscrito. El período de adjudicación adicional tendrá una duración de 5 días, comenzando el mismo día en que finaliza el período de suscripción preferente.

Como consecuencia del aumento del capital social, quedarán modificados los estatutos sociales en su artículo 6º.

Piloña, 11 de febrero de 2017.- El Presidente del Consejo de Administración, Pedro A. Cepeda Fernández.

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