Está Vd. en

Documento BORME-C-2017-8055

RECTIFICADOS LAMPLE, S.L.
(SOCIEDAD PARCIALMENTE ESCINDIDA)
GESTIÓN INMOBILIARIA BALAITUS, S.L.
(SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

Publicado en:
«BORME» núm. 188, páginas 9332 a 9332 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
ESCISIÓN DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-8055

TEXTO

Anuncio de escisión parcial.

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en adelante "LME"), se hace público que la Junta General de Socios de RECTIFICADOS LAMPLE, S.L., celebrada en Huesca el día 29 de agosto de 2017, con el carácter de universal, acordó por unanimidad la escisión parcial de la compañía, mediante el traspaso en bloque por sucesión universal de una parte de su patrimonio, consistente en los elementos patrimoniales afectos a la unidad económica que conforman su actividad inmobiliaria actual, a favor de la sociedad de nueva creación GESTIÓN INMOBILIARIA BALAITUS, S.L. que adquirirá por sucesión universal todos los activos y pasivos asociados a esa unidad económica y en consecuencia todos los derechos y obligaciones, recibiendo los socios de RECTIFICADOS LAMPLE, S.L. un número de participaciones de GESTIÓN INMOBILIARIA BALAITUS, S.L. proporcional a su respectiva participación en RECTIFICADOS LAMPLE, S.L., y reduciendo ésta su capital social y reservas en la cuantía necesaria, equivalente al valor del patrimonio escindido, sin que la sociedad escindida se extinga como consecuencia de la escisión, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 70 LME y en los términos previstos en el Proyecto de Escisión, redactado por el Consejo de Administración a 30 de mayo de 2017 y sobre la base del Balance de escisión cerrado a 31 de diciembre de 2016.

Se hace constar expresamente a los socios y acreedores de RECTIFICADOS LAMPLE, S.L. el derecho que les asiste a obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del balance de escisión. Se hace constar asimismo que, durante el plazo de un mes a contar desde la fecha del último anuncio, los acreedores de RECTIFICADOS LAMPLE, S.L. podrán oponerse a la escisión en los términos previstos en los artículos 43 y 44, por remisión del artículo 73, de la LME y 334 de la Ley de Sociedades de Capital.

Huesca, 27 de septiembre de 2017.- El Secretario del Consejo, D. Alberto Lample Camparolas.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid