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Documento BORME-C-2017-6884

GRUPO MUNTADAS, S.A., CORREDURÍA DE SEGUROS

Publicado en:
«BORME» núm. 140, páginas 8003 a 8004 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
CONVOCATORIAS DE JUNTAS
Referencia:
BORME-C-2017-6884

TEXTO

Se convoca a los accionistas a Junta General Extraordinaria, que se celebrará en Barcelona, 08038 Barcelona, Torre BCN, Gran Via de Les Corts Catalanes, 130-136, 9.ª planta, el día 14 de septiembre de 2017, a las 10.00 horas, en primera convocatoria, y en su caso, en segunda convocatoria, al día siguiente, en el mismo lugar y hora, bajo el siguiente

Orden del día

Primero.- Reducción de capital en la suma de 41.232,10 euros, fijándolo en adelante en 233.738,54 euros, mediante amortización de 598 acciones de la Clase E, números 1.179 a 1.776, ambas inclusive (anteriormente numeradas de 2.569 a 3.166), de valor nominal actual 68,95 euros cada una de ellas (anteriormente el valor nominal de cada acción era de 150,253033 euros), que la sociedad tiene en autocartera. La reducción no entrañará devolución de aportaciones a los accionistas y los acreedores sociales tendrán derecho de oposición en los términos de los artículos 334 y siguientes de la Ley de Sociedades de Capital. Consecuentemente, modificación del artículo 8 de los Estatutos sociales.

Segundo.- Modificación del artículo 8 de los Estatutos sociales consistente en la conversión de las acciones de la clase E -esto es, 320 acciones de la Clase E de la Serie A, números 859 a 1.178 ambas inclusive (anteriormente numeradas de 3.167 al 3.486)- en acciones ordinarias de la Serie A, con eliminación de las prestaciones accesorias que llevan aparejadas y con eliminación del régimen especial establecido para las mismas por las letras A, B y C del citado artículo estatutario.

Tercero.- Consecuentemente, modificación del artículo 11 in fine, de los referidos Estatutos, para adaptarlo a la indicada supresión de prestaciones accesorias y también, para ampliar el plazo para el ejercicio del derecho de adquisición preferente por parte de la Sociedad.

Cuarto.- Modificación del artículo 10 de los Estatutos de la sociedad consistente en la supresión del último párrafo del mismo, para la eliminación de la restricción de realizar directa o indirectamente actividades relacionadas con las de la sociedad por parte de los accionistas.

Quinto.- Modificación del artículo 24 de los Estatutos sociales para la adaptación de las materias y de los quórums reforzados de constitución y adopción de acuerdos por la Junta General de Accionistas a los establecidos en la Ley de Sociedades de Capital.

Sexto.- Modificación del artículo 29 de los Estatutos sociales en el sentido de reducir el mandato de los Administradores a un plazo de tres años.

Séptimo.- Modificación del artículo 30 de los Estatutos sociales en el sentido de adaptar el régimen de convocatoria del Consejo a instancia de Consejeros distintos del Presidente a lo establecido en la Ley de Sociedades de Capital; reducir el quórum de asistencia y votación para las reuniones y acuerdos del Consejo de Administración y establecer los regulados en la Ley de Sociedades de Capital; introducir la posibilidad de asistencia a los Consejos por medios telemáticos que garanticen la identidad del consejero; introducir la posibilidad de celebrar reuniones en lugar diferente al domicilio social, incluso en el extranjero; y eliminar la limitación en las facultades delegables en el Consejero Delegado prevista en la letra e) del citado artículo 30.

Octavo.- Modificación del artículo 33 de los Estatutos sociales en el sentido de unificar fechas para la confección y aprobación de los estados financieros de cierre del ejercicio y del Presupuesto del nuevo ejercicio; eliminar la elaboración de informe trimestral de seguimiento y la disponibilidad de dichos documentos por los accionistas; otras modificaciones menores derivadas del ajuste a la Ley de Sociedades de Capital de lo regulado por dicho artículo (concretamente, la enumeración correcta de los documentos que actualmente integran las Cuentas Anuales).

Noveno.- Acuerdos complementarios y delegación de facultades conducentes a la ejecución de los anteriores. Aprobación del acta de la Junta.

Se hace constar el derecho de todos los accionistas de examinar en el domicilio social el texto íntegro de las modificaciones estatutarias propuestas y los Informes del Consejo de Administración sobre las mismas, así como pedir la entrega y envío gratuito de dichos documentos, de conformidad con lo establecido en el artículo 287 Ley de Sociedades de Capital. En relación con la reducción de capital de las acciones prevista en el punto Primero se hace constar, en lo menester, la previsión de votación separada de los accionistas integrantes de la Serie A –y eventualmente, dentro de ella de los de la Clase E- y de los de la Serie B, acuerdos que deberán adoptarse con los mismos requisitos previstos para la modificación de Estatutos. En relación con la modificación relativa a la conversión de las acciones de la Clase E en acciones ordinarias, se hace constar la previsión de votación separada de los accionistas integrantes de la Serie A y de los de la Serie B (acuerdos que habrán de adoptarse con los mismos requisitos previstos para la modificación de Estatutos), así como la necesidad de consentimiento individual de los titulares de las acciones de Clase E.

Barcelona, 14 de julio de 2017.- El Secretario del Consejo de Administración, Tommaso Lucca.

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