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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que en fecha 16 de junio de 2017, los respectivos socios únicos de las mercantiles COMERCIAL DE LAMINADOS IBÉRICA, S.A.U. y AÑÓN PARTICIPACIONES, S.A.U., decidieron proceder a la fusión por absorción de AÑÓN PARTICIPACIONES, S.A.U. por parte de COMERCIAL DE LAMINADOS IBÉRICA, S.A.U., y en consecuencia, a la disolución sin liquidación de AÑÓN PARTICIPACIONES, S.A.U., y a la transmisión en bloque, por sucesión universal, de todo su patrimonio, derechos y obligaciones a COMERCIAL DE LAMINADOS IBÉRICA, S.A.U., con efectos contables desde el 1 de enero de 2017. Todo ello en los términos previstos en el Proyecto Común de Fusión por Absorción, aprobado y suscrito por los órganos de administración de las dos sociedades implicadas en la operación de fusión con fecha 15 de junio de 2017.
A los efectos oportunos, se hace constar que la fusión se realiza al amparo de lo establecido en los artículos 42 y 49.1 de la citada Ley 3/2009 (éste último, por remisión del artículo 52.1 de la misma).
Por otra parte, se hace constar expresamente el derecho que corresponde a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la operación de fusión por absorción de obtener gratuitamente el texto íntegro de los acuerdos adoptados y los balances de fusión cerrados a 31 de diciembre de 2016.
Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades que intervienen en la operación de fusión por absorción a oponerse a ésta durante el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo, en los términos previstos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.
En Madrid, 17 de junio de 2017.- Edelmiro Manuel Añón Rey, Consejero Delegado de Comercial de Laminados Ibérica, S.A.U. y Administrador único de Añón Participaciones, S.A.U.
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