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Documento BORME-C-2017-607

JDA ASSESSORS CONSULTORS PROFESSIONALS,
SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
JDA VALLBONA LEGAL,
SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL UNIPERSONAL
ASSESSORIA LLORT,
SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL UNIPERSONAL
CONSULTORES DE ECONOMÍA Y TRIBUTOS,
SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 29, páginas 704 a 705 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-607

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 y 44 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que, en ejercicio de las competencias que le son propias, la totalidad del capital social de JDA Assessors Consultors Professionals, Sociedad Limitada Profesional, reunidos en Junta General Extraordinaria y Universal, celebrada el día 3 de febrero de 2017, en el domicilio social, acordó la fusión de la compañía con las sociedades JDA Vallbona Legal, Sociedad Limitada Profesional Unipersonal, Assessoria Llort, Sociedad Limitada Profesional Unipersonal, y Consultores de Economía y Tributos, Sociedad Anónima Unipersonal, por JDA Assessors Consultors Professionals, Sociedad Limitada Profesional. En consecuencia, JDA Assessors Consultors Professionals, Sociedad Limitada Profesional, adquiere, por sucesión universal, el patrimonio, derechos y obligaciones de las sociedades absorbidas, que quedan disueltas sin liquidación, conforme a los Balances de Fusión cerrados a 31 de diciembre de 2016.

Se hace constar a los efectos de lo previsto en el artículo 49 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, que el socio único de las sociedades absorbidas JDA Vallbona Legal, Sociedad Limitada Profesional Unipersonal, Assessoria Llort, Sociedad Limitada Profesional Unipersonal, y Consultores de Economía y Tributos, Sociedad Anónima Unipersonal, es la sociedad absorbente JDA Assessors Consultors Professionals,Sociedad Limitada Profesional.

Se hace constar expresamente que de conformidad con el artículo de la Ley de Modificaciones Estructurales, el acuerdo de fusión se ha adoptado sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley, al haberse adoptado en Junta Universal y por decisión unánime de todos los socios con derecho a voto.

Se hace constar, de conformidad con el artículo 43 y 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, el derecho que corresponde a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos Balances de Fusión. Asimismo, los socios y acreedores de las sociedades que participan en la fusión cuyo crédito haya nacido antes de la fecha de publicación del acuerdo de fusión, podrán oponerse a la fusión, dentro del plazo de un mes, a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en los citados artículos 43 y 44 de la Ley sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles.

Granollers, 4 de febrero de 2017.- Don Juan Diaz José, Administrador Único de JDA Assessors Consultors Professionals, Sociedad Limitada Professional, y como persona física designada por la Administradora Única JDA Assessors Consultors Professionals, Sociedad Limitada Profesional de JDA Vallbona Legal, Sociedad Limitada Profesional Unipersonal, Assessoria Llort, Sociedad Limitada Profesional Unipersonal, y Consultores de Economía y Tributos, Sociedad Anónima Unipersonal.

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