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Documento BORME-C-2017-5920

A. PÉREZ Y CÍA, S.L.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
MUÑOZ CHÁPULI, S.A.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 113, páginas 6883 a 6883 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-5920

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de Modificaciones Estructurales ("LME"), se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de las sociedades A. PÉREZ Y CÍA, S.L. (Sociedad Absorbente), y MUÑOZ CHAPULI, S.A.U. (Sociedad Absorbida), celebradas el 12 de junio de 2017, acordaron por unanimidad la fusión por absorción de MUÑOZ CHÁPULI, S.A.U., por parte de la sociedad A. PÉREZ Y CÍA, S.L.

De esta manera MUÑOZ CHÁPULI, S.A.U., cuyo socio único es A. PÉREZ Y CÍA., S.L., se integrará en A. PÉREZ Y CÍA, S.L., la cual adquirirá por sucesión universal el patrimonio de MUÑOZ CHÁPULI, S.A.U., subrogándose en todos los derechos y obligaciones de esta última, que se extinguirá mediante su disolución sin liquidación.

El acuerdo de fusión ha sido acordado conforme al Proyecto Común de Fusión de 19 de mayo de 2017, el cual, de conformidad con el artículo 30.1 de la LME, ha sido redactado y suscrito por todos y cada uno de los miembros de los Órganos de Administración de las dos sociedades que participan en la fusión. Igualmente, se aprobaron como Balances de Fusión, los Balances de ambas sociedades cerrados a 31 de diciembre de 2016.

La citada fusión se realiza de conformidad a lo previsto en los artículos 21 y 49.1 de la LME.

De conformidad con los artículos 43 y 44 de la LME, se hace constar: El derecho que asiste a los socios y acreedores de las dos sociedades que participan en la fusión, de obtener el texto íntegro del acuerdo de fusión, así como los Balances de Fusión. Igualmente, se hace constar el derecho de oposición a la fusión que asiste a los acreedores de las dos sociedades que participan en la fusión, dentro del mes siguiente contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de fusión, en los términos previstos en el artículo 44 de la LME.

Madrid, 12 de junio de 2017.- D. Ángel Pérez-Maura García, Administrador único de MUÑOZ CHÁPULI, S.A.U., y D. Andrés Jiménez de Miguel, Secretario no Consejero del Consejo de Administración de A. PÉREZ Y CÍA, S.L.

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