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Documento BORME-C-2017-526

PREVISIÓN SANITARIA NACIONAL GESTIÓN, S.A.U.

Publicado en:
«BORME» núm. 25, páginas 608 a 609 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
OTROS ANUNCIOS Y AVISOS LEGALES
Referencia:
BORME-C-2017-526

TEXTO

Se hace público que el 14 de diciembre de 2016 el accionista único ejerciendo las funciones de la Junta General de Accionistas decidió:

Reducir el capital social en la cifra de 12,104384 € con el exclusivo objeto de redenominar su cifra al euro, mediante la disminución del valor nominal de las cien mil acciones que componen el capital social que pasarán a tener un valor nominal de 6,01 € cada una de ellas quedando fijada la cifra del capital social en 601.000 € creando una reserva indisponible sobre la cantidad objeto de reducción en los términos previstos en el art. 28 de la Ley Orgánica 10/1998 de 17 de diciembre, por lo que no ha existido devolución de aportaciones alguna y modificándose el artículo quinto de los estatutos sociales.

Reducir el capital social en la cifra de 350.984 € mediante la amortización de 58.400 acciones de valor nominal unitario de 6,01 €. La numeración de las acciones que se amortizan son las números 41.601 a 100.000, ambas inclusive con la finalidad de restablecer el equilibrio patrimonial de acuerdo con lo dispuesto en el art. 317 Ley de Sociedades de Capital, en adelante LSC.

Al ser el socio único titular dominical de la totalidad de las acciones de que se compone el capital social y ser todas las acciones de idéntica serie y clase, con idénticos derechos y ausentes de privilegios, no se quebranta el principio de paridad de trato previsto en el art. 320 LSC.

Se hace constar: (i) que tras la reducción de capital, la reserva legal no excede del diez por ciento de la nueva cifra de capital (ii) que sirvió de base para la operación y fue aprobado por el socio único el Balance cerrado a 30.09.2016, verificado por PricewaterhouseCoopers de conformidad con lo dispuesto en el art. 323 LSC (iii) que no existe el derecho de oposición de acreedores previsto en el artículo 334 y siguientes de la LSC por tener la reducción la finalidad de restablecimiento del equilibrio patrimonial por pérdidas (iv) la reducción de capital quedó ejecutada en el mismo momento de la decisión del socio único y, en consecuencia, quedó modificado el artículo quinto de los estatutos sociales pasando la sociedad a tener un capital social de 250.016 €.

- Reactivar la Sociedad poniendo fin a su estado de liquidación, reanudando su normal actividad social y retornando la Sociedad a la vida activa. Se hace constar que, de conformidad con el artículo 370 de la LSC, se han cumplido las condiciones legales y estatutarias necesarias para reactivar la Sociedad, esto es: (i) que ha desaparecido la causa de disolución, (ii) que el patrimonio contable es superior al capital social al haberse decidido y ejecutado por el socio único ampliar el capital social de la sociedad en la cantidad de 20.434 €, mediante la emisión de 3.400 acciones de 6,01 € de valor nominal e idéntica serie y contenido de derechos cada una de ellas que las que ya tenía la sociedad; dichas acciones han quedado totalmente suscritas y desembolsadas por medio de aportación dineraria por el socio único y, en consecuencia, se ha modificado el artículo 5º de los Estatutos Sociales, por lo que el capital social resultante es de 270.450 €, dividido en 45.000 acciones números 1 a 45.000, ambas inclusive, de 6,01 € de valor nominal cada una de ellas. También se hace constar que no se ha comenzado con el pago de la cuota de liquidación a los socios de la Sociedad y que previo cese de los liquidadores, se han nombrado a los administradores sociales. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores sociales a oponerse al acuerdo de reactivación en el plazo de un mes a contar desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo por el que se aprueba la reactivación en los términos establecidos en el artículo 370 de la LSC.

Madrid, 1 de febrero de 2017.- D. Miguel José Carrero López, Presidente del Consejo de Administración, y D. Esteban Ímaz Buenechea, Secretario del Consejo de Administración.

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