Está Vd. en

Documento BORME-C-2017-4542

CILLERLEX, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FREE STATE, S.L.U.
CONSTRUCCIONES ADENAR, S.L.U.
(SOCIEDADES ABSORBIDAS)

Publicado en:
«BORME» núm. 95, páginas 5309 a 5309 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-4542

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que el socio único de las sociedades Cillerlex Sociedad Limitada Unipersonal (sociedad absorbente) y de las sociedades Free State Sociedad Limitada Unipersonal y Construcciones Adenar Sociedad Limitada Unipersonal (sociedades absorbidas), ejerciendo las competencias que tiene atribuidas, ha decidido, con fecha 24 de marzo de 2017, aprobar la fusión por absorción de Free State SLU y de Construcciones Adenar SLU por Cillerlex SLU, con disolución sin liquidación de las sociedades absorbidas y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

La decisión de fusión ha sido adoptada conforme al proyecto común de fusión, redactado por los administradores de dichas sociedades, de fecha 24 de marzo de 2017, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49 y 52 LME, al tratarse de fusión por absorción en la que el socio único es idéntico en todas ellas, tanto la sociedad absorbente como de las sociedades absorbidas. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de los Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente y la aprobación de la fusión por la Junta general de la sociedad absorbida.

Habiéndose adoptado los acuerdos de fusión en dichas sociedades por decisión de sus socios, ejerciendo las facultades de la Junta General resulta que los acuerdos de fusión se decidió por los socios únicos en cada una de las sociedades participantes en la fusión, y, en consecuencia, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 42 de la LME, el acuerdo de fusión puede adoptarse sin necesidad de publicar o depositar previamente los documentos exigidos por la Ley y sin informe de los Administradores sobre el proyecto de fusión.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009 de 3 de abril sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Se hace constar igualmente que no existe representación de los trabajadores en ninguna de las sociedades.

Madrid, 24 de marzo de 2017.- El Administrador Único, de Cillerlex, S.L.U., Free State, S.L.U., y Construcciones Adenar, S.L.U., Alejandro García-Caro Caro,

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid