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Documento BORME-C-2017-3302

ARTÁ CAPITAL FUND II (B), SCR, S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 88, páginas 3906 a 3907 (2 págs.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
AUMENTO DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2017-3302

TEXTO

ANUNCIO DE OFERTA DE SUSCRIPCIÓN PREFERENTE EN EL AUMENTO DE CAPITAL DE ARTÁ CAPITAL FUND II (B), SCR, S.A.

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 305 de la Ley de Sociedades de Capital ("LSC") y demás disposiciones concordantes, se pone en conocimiento de los señores accionistas de ARTÁ CAPITAL FUND II (B), SCR, S.A. (la "Sociedad") lo siguiente:

1. Que la Junta General Extraordinaria de la Sociedad celebrada en Madrid, el día 17 de abril de 2017, acordó aumentar el capital social en la cuantía de 9.772.000 euros, a través de la emisión y puesta en circulación de 977.200 nuevas acciones ordinarias nominativas, numeradas correlativamente de la 120.001 a la 1.097.200, ambas inclusive, de la misma clase y serie que las actualmente en circulación, sin prima de emisión. El aumento de capital se desembolsará mediante aportaciones dinerarias, siendo desembolsado su importe en un 25% en el momento de la suscripción, esto es, 2,50 euros por acción.

2. Que el desembolso de las acciones deberá efectuarse mediante aportación dineraria, a través de transferencia bancaria libre de gastos y comisiones de transferencia a la cuenta que se indica a continuación:

Beneficiario: ARTÁ CAPITAL FUND II (B), SCR, S.A.

Entidad: BANCO INVERSIS, S.A.

Número de Cuenta: 0232-0105-00-0016990870

IBAN: ES28 0232 0105 0000 1699 0870

Código Swift: INVLESMM

3. Que el derecho de suscripción preferente se atribuye a los accionistas de la Sociedad que sean titulares de acciones que consten inscritas a su nombre en el Libro Registro de Acciones Nominativas de la Sociedad en el momento del ejercicio del derecho. A tales efectos, el derecho de suscripción preferente podrá ser ejercitado por los accionistas de la Sociedad a razón de una (1) acción nueva por cada una (1) de las antiguas.

4. Que el plazo para el ejercicio del derecho de suscripción preferente es de un (1) mes desde la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Registro Mercantil.

5. Que de conformidad con lo previsto en el artículo 311 de la LSC, se prevé expresamente la posibilidad de suscripción incompleta del aumento de capital, de manera que, si éste no fuera suscrito íntegramente, la cuantía del aumento de capital quedará limitada al valor nominal de las acciones efectivamente suscritas y desembolsadas dentro del correspondiente periodo de suscripción, quedando sin efecto en cuanto al resto.

6. Que se convino delegar en el Administrador Único la fijación de las condiciones del aumento de capital en todo lo no previsto en el acuerdo de ampliación, así como, la posterior ejecución del mismo tras la finalización del correspondiente periodo de suscripción.

Por último, se recuerda a los señores accionistas que en el domicilio social disponen del informe del Administrador Único que amplía la información aquí facilitada.

Madrid, 18 de abril de 2017.- El Administrador único, ARTÁ CAPITAL SGEIC, S.A.U., representada por D. Nicolás Jiménez-Ugarte Luelmo.

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