Está Vd. en

Documento BORME-C-2017-1030

AGRICULTURAS DIVERSAS, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
DEHESA SERRANA, SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 44, páginas 1206 a 1206 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2017-1030

TEXTO

De conformidad con lo previsto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace público que las Juntas Generales Extraordinarias y Universales de Socios de AGRICULTURAS DIVERSAS, S.L.U. (Sociedad absorbente), y DEHESA SERRANA, S.A.U. (Sociedad absorbida), han acordado por unanimidad en fecha 20 de febrero de 2017, la fusión de las mencionadas sociedades mediante la absorción por parte de AGRICULTURAS DIVERSAS, S.L.U. (Sociedad absorbente), de DEHESA SERRANA S.A.U. (Sociedad absorbida).

Como consecuencia de la fusión por absorción, se producirá la extinción, mediante la disolución sin liquidación, de la Sociedad Absorbida, traspasándose en bloque, a título universal, su patrimonio a la Sociedad Absorbente, que adquirirá, por sucesión universal, los derechos y obligaciones de la Sociedad Absorbida en los términos y condiciones del Proyecto Común de Fusión redactado por los administradores de las sociedades participantes en la fusión de fecha 28 de octubre de 2016. Se han aprobado como balances de fusión los cerrados por las compañías en fecha 30 de abril de 2016.

Dado que las sociedades participantes de la fusión adoptan el acuerdo de fusión en Juntas Universales y por unanimidad de todos los socios y accionistas, la operación se estructura como una fusión por absorción mediante acuerdo unánime previsto en el artículo 42 de la Ley 3/2009, por lo que no procede la publicación ni el depósito previo de los documentos exigidos por la ley.

Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados, así como los Balances de fusión, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009. Asimismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de cada una de las sociedades a oponerse a la fusión en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009.

En Badajoz, 23 de febrero de 2017.- Don Francisco Rincón Jiménez Momediano, Secretario del Consejo de Administración de Agriculturas Diversas, S.L.U. (Sociedad absorbente); Don Francisco Ruiz de la Torre Esporrín persona física representante designada por Agriculturas Diversas, S.L.U., para ejercer el cargo de administrador único de Dehesa Serrana, S.A.U. (Sociedad absorbida).

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid