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Documento BORME-C-2016-8914

TANDER INVERSIONES 2013, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
FOUND INVERSIONES 2014, S.L.U.
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 189, páginas 10360 a 10360 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-8914

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que en fecha 14 de septiembre de 2016 el socio único de Tander Inversiones 2013, S.L.U. ("Sociedad Absorbente") ha aprobado la fusión por absorción de Found Inversiones 2014, S.L.U. ("Sociedad Absorbida") por parte de la Sociedad Absorbente, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión elaborado por los órganos de administración de ambas sociedades en fecha 30 de junio de 2016 (el "Proyecto de Fusión").

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente a título universal, y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Puesto que ambas sociedades están íntegramente participadas de forma directa por el mismo socio único, se trata de un supuesto asimilado a la absorción de sociedades íntegramente participadas, que no tiene el carácter de transfronteriza, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.2.º y 4.º LME (por remisión expresa del artículo 52 LME), se hace constar que: (i) la fusión se ha aprobado sin necesidad del informe de los administradores o de expertos independientes sobre el Proyecto de Fusión, y (ii) la fusión ha sido únicamente aprobada por el socio único de la Sociedad Absorbente.

De igual modo, en la medida en que el acuerdo de fusión ha sido adoptado por el socio único de la Sociedad Absorbente, de acuerdo con el artículo 42 LME la fusión se ha acordado sin necesidad de publicar o depositar los documentos exigidos por la LME.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y a los acreedores de cada una de las sociedades intervinientes en la fusión de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión, en los correspondientes domicilios sociales.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes en la fusión de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

Barcelona y Madrid, 30 de septiembre de 2016.- D. Cono Andre Mea y D. Antoine Chawky, en su condición de Administradores solidarios de Tander Inversiones 2013, S.L.U., y D. Cono Andre Mea y D. Antoine Chawky, en su condición de Administradores solidarios de Found Inversiones 2014, S.L.U.

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