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Documento BORME-C-2016-8295

INMOBILIARIA LAGUARDIA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
INMOBILIARIA RIVEIRA, SOCIEDAD ANÓNIMA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 161, páginas 9631 a 9631 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-8295

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción de "INMOBILIARIA RIVEIRA, S.A." por parte de "INMOBILIARIA LAGUARDIA, S.A."

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles ("LME"), se hace público que la junta general extraordinaria de accionistas de "INMOBILIARIA LAGUARDIA, S.A." (la "Sociedad Absorbente"), celebrada con fecha 22 de agosto de 2016, y la junta general extraordinaria de accionistas de "INMOBILIARIA RIVEIRA, S.A." (la "Sociedad Absorbida"), celebrada con fecha 22 de agosto de 2016, han aprobado, en calidad de Sociedad Absorbente y Sociedad Absorbida (las "Sociedades a Fusionar"), respectivamente, la fusión por absorción de la segunda por parte de la primera, en los términos establecidos en el proyecto común de fusión insertado en las páginas web de las Sociedades a Fusionar, www.inmolag.com, para la Sociedad Absorbente, www.riveirasa.com, para la Sociedad Absorbida, con posibilidad de descargarlo e imprimirlo, con fecha 10 de junio de 2016.

La fusión implica la transmisión en bloque del patrimonio de la Sociedad Absorbida a la Sociedad Absorbente, la atribución de acciones de la Sociedad Absorbente a los accionistas de la Sociedad Absorbida y la disolución sin liquidación de la Sociedad Absorbida, circunstancia que conllevará la extinción de la misma.

Se hace constar el derecho que asiste a los accionistas y a los acreedores de cada una de las Sociedades a Fusionar de obtener el texto íntegro de los acuerdos de fusión adoptados, así como los respectivos balances de fusión.

Se hace constar igualmente el derecho que asiste a los acreedores de las Sociedades a Fusionar de oponerse a la misma en el plazo y en los términos previstos en el artículo 44 LME.

La Guardia (Pontevedra), 23 de agosto de 2016.- D. José Luis Moreira Carrero, Presidente del Consejo de Administración.

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