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Documento BORME-C-2016-8182

AUREN SERVEIS PROFESSIONALS BCN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
PREVENTIA IBÉRICA DE PROYECTOS Y SERVICIOS INTEGRALES,
DE PREVENCIÓN, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 155, páginas 9501 a 9501 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-8182

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción.

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (en lo sucesivo "LME") se hace público que el socio único de la sociedad Preventia Ibérica de Proyectos y Servicios Integrales de Prevención, Sociedad Limitada (sociedad absorbida) y la Junta general de socios, reunida con carácter extraordinario y universal, de Auren Serveis Professionals Bcn, Sociedad Limitada (sociedad absorbente), ejerciendo las competencias que tienen atribuidas, han adoptado en ambas sociedades, con fecha 28 de julio de 2016, la decisión de aprobar la fusión por absorción de sociedad Preventia Ibérica de Proyectos y Servicios Integrales de Prevención, Sociedad Limitada, por parte Auren Serveis Professionals Bcn, Sociedad Limitada (sociedad absorbente), con disolución sin liquidación de la sociedad absorbida, y adquisición por sucesión universal de su patrimonio por la sociedad absorbente.

En acuerdo de fusión ha sido adoptado conforme al proyecto común de fusión redactado por los Administradores de ambas sociedades con fecha 28 de julio de 2016, y la fusión se realiza de conformidad con lo previsto en el artículo 49, al tratarse de fusión por absorción en la que la sociedad absorbente es titular de forma directa de todas las participaciones sociales en que se divide el capital de la sociedad absorbida. En consecuencia no resulta necesaria para esta fusión (i) la inclusión en el Proyecto de Fusión de las menciones 2, 6, 9 y 10 del artículo 31 de la LME, (ii) los informes de Administradores y expertos sobre el Proyecto de Fusión, (iii) el aumento de capital de la sociedad absorbente, y (iv) la aprobación de la fusión por la Junta general de la sociedad absorbida.

Al haber sido adoptados los acuerdos de fusión de forma unánime por la totalidad de socios de la entidad absorbente es de aplicación a la presente fusión lo dispuesto en el artículos 42 de la Ley 3/2009.

De conformidad con lo establecido en el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las respectivas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y del Balance de fusión.

Los acreedores de cada una de las sociedades podrán oponerse a la fusión en el plazo de un mes a contar desde la publicación del último anuncio del acuerdo de fusión de acuerdo con el artículo 44 LME.

Barcelona, 2 de agosto de 2016.- Por Auren Serveis Professionals BCN, S.L., D. José Luis Galipienso Anglés, Administrador solidario Por Preventia Ibérica de Proyectos y Servicios Integrales de Prevención, S.L., D. Miguel Ángel Catalán Blasco, Administrador único.

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