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Documento BORME-C-2016-7860

BEMASAR, SOCIEDAD LIMITADA
(SOCIEDAD ABSORBENTE)
SALBILLDAR, SOCIEDAD LIMITADA UNIPERSONAL
(SOCIEDAD ABSORBIDA)

Publicado en:
«BORME» núm. 147, páginas 9130 a 9130 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
FUSIONES Y ABSORCIONES DE EMPRESAS
Referencia:
BORME-C-2016-7860

TEXTO

Se hace púbico que la Junta General Extraordinaria y Universal de socios de la sociedad absorbente "Bemasar, Sociedad Limitada", celebrada con fecha treinta de junio de dos mil dieciséis, en el domicilio social y cumpliendo todos los requisitos del artículo 97 del Reglamento del Registro Mercantil, aprobó por unanimidad:

"La fusión por absorción, conforme determina el punto 2 del artículo 23 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, de "Bemasar, Sociedad Limitada" (como sociedad absorbente), con "Salbilldar, Sociedad Limitada Unipersonal" (como sociedad absorbida), estando esta última íntegramente participada por la sociedad absorbente, ya que ésta es titular del cien por cien del capital social de la sociedad absorbida. Adquiriendo la sociedad absorbente, por sucesión universal, el patrimonio de la sociedad absorbida, extinguiéndose ésta, y sin ser necesario realizar ampliación de capital social, tal y como determina el artículo 49.1.3º de la Ley 3/2009, de 3 de abril.

Se hace constar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.4º de la Ley 3/2009, de 3 de abril, no es necesario la aprobación de esta fusión por la Junta General de la sociedad absorbida, por ser la sociedad absorbente titular, de forma directa, de todas las participaciones sociales representativas del capital social de la sociedad absorbida".

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de ambas sociedades a obtener el texto íntegro de los acuerdos adoptados y de los balances de fusión, así como el derecho de los acreedores de las sociedades que se fusionan a oponerse a la fusión, en los términos establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles, durante el plazo de un mes, contado a partir de la publicación del último anuncio de fusión.

Santa Marta de Tormes (Salamanca), 1 de julio de 2016.- El Administrador, Santiago Rodrigo Martín.

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