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Documento BORME-C-2016-7301

FINANDUERO, S.V., S.A.

Publicado en:
«BORME» núm. 134, páginas 8485 a 8485 (1 pág.)
Sección:
SECCIÓN SEGUNDA - Anuncios y avisos legales
Apartado:
REDUCCIÓN DE CAPITAL
Referencia:
BORME-C-2016-7301

TEXTO

A los efectos previstos en el artículo 319 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (en adelante, LSC), se hace público que el socio único, ejercitando las competencias propias de la Junta General de "Finanduero, S.V., S.A.U.", ha aprobado con fecha 7 de julio de 2016 el acuerdo de reducir el capital social, con el fin de devolver el valor de las aportaciones, en un importe de ocho millones doscientos treinta y cuatro mil euros (8.234.000,00 €), quedando, en consecuencia, fijado el capital social tras la reducción en una cifra de tres millones setecientos ochenta y seis mil euros (3.786.000,00 €).

La reducción del capital social para devolver el valor de las aportaciones aprobada en virtud del indicado acuerdo, se ha efectuado sin exclusión del derecho de oposición de acreedores. Por consiguiente, los acreedores de la Sociedad tendrán el derecho de oponerse a la reducción en los términos y plazo previstos en los artículos 334 y 336 LSC.

Modificación del artículo 6 de los estatutos sociales, cuya redacción pasará a ser la siguiente:

"Artículo 6.-Capital social.

El capital social de la Sociedad queda fijado en tres millones setecientos ochenta y seis mil euros (3.786.000,00 €), dividido en doscientas mil (200.000) acciones nominativas de una única clase y serie, de dieciocho euros y noventa y tres céntimos (18,93 €) de valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al 200.000, ambos inclusive, representadas por medio de títulos.

El capital social se encuentra íntegramente suscrito y desembolsado.

Las acciones figurarán en un libro-registro en el que se inscribirán las sucesivas transmisiones con expresión del nombre, apellidos, denominación o razón social, en su caso, nacionalidad y domicilio de los sucesivos titulares, así como la constitución de derechos reales y otros gravámenes sobre aquéllas.

La Sociedad sólo reputará accionista a quien se halle inscrito en dicho libro".

Madrid, 11 de julio de 2016.- Ramón Hernández Sánchez, Secretario del Consejo de Administración.

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